Resolución 5/2025

Sobre la norma técnica ramal para figuras bañadas

Organismo
Ministerio de la Industria Alimentaria
Fecha emisión
2025-01-24
Publicada en
Gaceta No. 25 Ordinaria de 2025 (2025-03-26)
Páginas
2–3
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución 5/2025 del Ministerio de la Industria Alimentaria establece la norma técnica ramal para figuras bañadas. Regula las especificaciones de estos productos y su cumplimiento es obligatorio para el Ministerio, sus grupos empresariales y entidades relacionadas.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 5/2025

POR CUANTO: El Decreto 19, de fecha 31 de agosto de 2020, “Reglamento de la Normalización, Metrología, Calidad y Acreditación” establece las regulaciones que posibiliten tener sistemas efectivos para potenciar la Infraestructura Nacional de Calidad, en correspondencia con lo dispuesto en el Decreto-Ley 8 “De Normalización, Metrología, Calidad y Acreditación”.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 111, de fecha 20 de octubre de 2021, dictada por el entonces ministro de la Industria Alimentaria, se reestructuraron los Comités Técnicos Ramales de Normalización de este Ministerio, encargados de analizar y elaborar las normas ramales, con el objetivo de garantizar que la normalización en el sector alimentario esté en correspondencia con las regulaciones nacionales e internacionales, siendo necesario dejar sin efecto la Resolución 88, de fecha 18 de septiembre de 2019, dictada por la entonces ministra de la Industria Alimentaria que establece el carácter obligatorio de la norma técnica ramal 6:2019: figuras bañadas, a los efectos de actualizar la nueva norma para estos productos, disponiéndose lo que se expresa en la parte resolutiva de la presente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas, en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVOPRIMERO: Establecer con carácter obligatorio para el Ministerio de la Industria Alimentaria, sus grupos empresariales, así como para aquellas entidades no subordinadas a este organismo cuyas actividades están relacionadas con su cumplimiento, la norma técnica ramal que se relaciona a continuación: Código: 207:2024 Título: Figuras bañadas. EspecificacionesSEGUNDO: Dejar sin efecto la Resolución 88, de fecha 18 de septiembre del 2019, ala que se refiere el Segundo Por Cuanto de la presente,que establece el carácter obligatorio de la norma técnica ramal 6:2019,TERCERO: La revisión, modificación, sustitución o derogación de la norma a la que secontrae la presente, se solicitará conforme a la metodología establecida por la Dirección de Calidad y Tecnologías de este organismo, la que luego del estudio y análisis de la solicitud y con su dictamen, los someterá a la consideración del ministro o del funcionario en quien este delegue expresamente.

CUARTO: La directora de Calidad y Tecnologías de este organismo queda responsabilizada con la publicación y distribución de la norma técnica ramal que se establece por medio de la presente.

QUINTO: Esta Resolución entrará en vigor tres días después de su publicación en la Gaceta Oficial.NOTIFÍQUESE a la directora de Calidad y Tecnologías de este Ministerio, a la que se re-fiere el apartado Tercero de la presente, al director de la Oficina Nacional de Inspección Estatalsubordinada a este organismo, a los presidentes de los grupos empresariales y a las entidades no subordinadas al mismo cuyas actividades están relacionadas con su cumplimiento. COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales, directores y jefes de departamentos independientes del organismo y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocer de la misma.DESE CUENTA a la Oficina Nacional de Normalización.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.

ARCHÍVESE el original en el Departamento Independiente de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 24 días del mes de enero de 2025.Alberto López Díaz Ministro