Resolución 506

Renovación de licencia a la Empresa de Producciones de Aluminio, Metálicas y Eléctricas, ALME

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2018-12-11
Publicada en
Gaceta No. 9 Ordinaria de 2019 (2019-02-01)
Páginas
27–28
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 506 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de la licencia a la Empresa de Producciones de Aluminio, Metálicas y Eléctricas, ALME. La licencia permite a la empresa ejercer como Constructor en Cuba.

Texto íntegro

GOC-2019-196-O9 RESOLUCIÓN No. 516/2018

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641, de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras, que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328, de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184, de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licita-ciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscrita al ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa de Producciones de Aluminio, Metálicas y Eléctricas, ALME, integrada al Grupo Empresarial de Materiales de Construcción (GEICON), con domicilio legal en La Habana, ha solicitado la renovación de la licencia No.1120/16, vigente hasta el 4 de abril de 2018, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución No. 876, de 10 de agosto de 2016, para continuar ejerciendo como Constructor.

POR CUANTO: Corresponde al ministro de la Construcción resolver sobre las solici-tudes de renovación de licencias presentadas ante el encargado del Registro, adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al presi-dente de la Comisión Nacional el expediente incoado, el que con sus recomendaciones ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Producciones de Aluminio, Metálicas y Eléctricas, ALME, integrada al Grupo de Materiales de Construc-ción (GEICON), con domicilio legal en La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia solicitada por la Empresa de Pro -ducciones de Aluminio, Metálicas y Eléctricas, ALME, integrada al Grupo de Materiales de Construcción (GEICON), con domicilio legal en La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscrito a la Comi -sión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

393 GACETA OFICIAL1 de febrero de 2019

SEGUNDO: Mediante la renovación de la licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución, se avala que la Empresa de Producciones de Aluminio, Metálicas y Eléctri-cas, ALME, cuenta con la capacidad técnica necesaria para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados 1. Servicios de Constructor:a) Montaje de productos y sistemas basados en la carpintería metálica (aluminio).1.1. Tipos de objetivos:a) Todo tipo de obras.2. Servicios de Constructor:a) Mantenimiento constructivo a los objetivos autorizados.2.1. Tipos de objetivos:a) Instalaciones propias de la empresa. b) Productos y sistemas basados en la carpintería metálica(aluminio).

TERCERO: La renovación de la licencia que se otorgue al amparo de la presente Re-solución se expedirá por un término de dieciocho (18) meses a partir del vencimiento de la vigencia de la licencia anteriormente otorgada.

CUARTO: Esta entidad presta sus servicios sin estar certificado ni avalado su Sistema de Gestión de la Calidad por la Norma NC ISO – 9001 vigente.

QUINTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consul-tores de la República de Cuba queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al encargado del Registro Nacional de Construc-tores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado.Comuníque Se al presidente y vicepresidente ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 11 días del mes de diciembre de 2018.René mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________