Resolución 145
La Resolución No. 145 del Ministerio de la Industria Básica anula los derechos mineros sobre el área denominada Sabana Párraga. Esta medida se basa en la Ley 76 de Minas, que otorga al Ministro de la Industria Básica la facultad de disponer la anulación de derechos mineros otorgados. La anulación se refiere a los derechos otorgados a la Empresa de Materiales de Construcción No. 7, Pinar del Río.
- Se anulan los derechos mineros de reconocimiento otorgados a la Empresa de Materiales de Construcción No. 7, Pinar del Río, sobre Sabana Párraga (Artículo 1).
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras (Artículo 2).
- Se deroga la Resolución No. 77 de 22 de febrero de 2002, que otorgó el permiso de reconocimiento (Artículo 3).
- La Oficina Nacional de Recursos Minerales y la Empresa de Materiales de Construcción No. 7, Pinar del Río, deben ser notificadas.
- La resolución debe ser publicada en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 145
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministro de la Industria Básica disponer la anulación de los derechos mineros otorgados.
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POR CUANTO: Ha transcurrido el término dispuesto para inscribir en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales los derechos de reconocimiento sobre el área denominada Sabana Párraga, que le fueron otorgados a La Empresa de Materiales de Construcción No. 7, Pinar del Río, mediante la Resolución No. 77 de 22 de febrero del 2002, del que resuelve. .
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la anulación de los derechos mineros de reconocimiento otorgados a la Empresa de Materiales de Construcción No. 7, Pinar del Río, sobre el
- denominada Sabana Párraga, mediante la Resolución No. 77 de 22 de febrero del 2002, del que resuelve. .
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: Se deroga la Resolución No. 77 de 22 de febrero del 2002, del que resuelve, que otorgó el permiso de reconocimiento a la Empresa de Materiales de Construcción No. 7, Pinar del Río, sobre el área denominada Sabana Párraga.
NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y a la Empresa de Materiales de Construcción No. 7, Pinar del Río.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de mayo del 2003.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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