Resolución 62
La Resolución No. 62 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de la concesión de explotación otorgada a la Empresa de Mármoles Cubanos para realizar trabajos mineros en el área del yacimiento Mármol Lagunillas. Esta resolución se emite en virtud de la Ley 76 de Minas, que establece la política minera y regulaciones jurídicas en la República de Cuba.
- Se extingue la concesión de explotación otorgada a la Empresa de Mármoles Cubanos mediante Resolución No. 332 de 14 de diciembre de 1998.
- El terreno que abarcaba la concesión queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La Empresa de Mármoles Cubanos debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- La Empresa debe realizar indemnizaciones por daños o perjuicios causados por actividades mineras.
- Se deroga la Resolución No. 332 de 14 de diciembre de 1998 que otorgó la concesión de explotación.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 62
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministro de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido el término para el cual fue otorgada la concesión de explotación a la Empresa de Mármoles Cubanos mediante la Resolución 332 de fecha 14 de diciembre de 1998, del que resuelve, para la realización de trabajos mineros en el área del yacimiento Mármol Lagunillas.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de explotación otorgada mediante Resolución No. 332 de 14 de diciembre de 1998, del que resuelve, a la Empresa de Mármoles Cubanos, para la realización de trabajos mineros de explotación en el área del yacimiento Mármol Lagunillas.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de explotación, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: La Empresa de Mármoles Cubanos, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de explotación si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras de explotación realizadas.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 332 de 14 de diciembre de 1998, del que resuelve, que otorgó la concesión de explotación a la Empresa de Mármoles Cubanos sobre el área del yacimiento Mármol Lagunillas.
NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y a la Empresa Mármoles Cubanos.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 16 días del mes de febrero del 2004.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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