Resolución 51
El Consejo de Estado de la República de Cuba designa a una embajadora extraordinaria y plenipotenciaria. Esta norma emana del Consejo de Estado, según sus atribuciones constitucionales.
- Tania Diego Olite es designada Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Cuba (Artículo 1).
- Se acredita ante el Gobierno de la República de Trinidad y Tobago (Artículo 2).
- El ministro de Relaciones Exteriores vela por el cumplimiento de este Acuerdo (Artículo 3).
- Se ordena su publicación en la Gaceta Oficial de la República (Artículo 4).
Texto íntegro
GOC-2019-470-O38 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Designar a TANIA DIEGO OLITE en el cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba.
SEGUNDO: Disponer que TANIA DIEGO OLITE, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno de la República de Trinidad y Tobago.
589 GACETA OFICIAL28 de mayo de 2019
TERCERO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 29 días del mes de abril de 2019.Miguel Díaz - Canel Bermúdez Presidente del Consejo de EstadoCONSEjO DE MINISTROS______