Resolución 073/2003

Sobre la regulación de la captura del cangrejo de tierra

Organismo
Ministerio de la Industria Pesquera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 54 Ordinaria de 2003 (2003-12-16)
Páginas
14
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La Resolución No. 073/2003 del Ministerio de la Industria Pesquera regula la captura del cangrejo de tierra. Esta norma es emitida por el Ministerio de la Industria Pesquera con el objetivo de preservar los recursos pesqueros y el sistema ecológico.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 073/2003

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POR CUANTO: El que resuelve fue designado como Ministro de la Industria Pesquera mediante Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 23 de marzo de 2001.

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POR CUANTO: Al amparo del Decreto-Ley No. 147/94 denominado DE LA REORGANIZACION DE LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL ESTADO, se dictó el Acuerdo No. 2817/94 para control Administrativo del Comité Administrativo del Consejo de Ministros en el cual se establecen de forma provisional los deberes, las atribuciones y funciones comunes de los organismos de dicha administración, así como los de sus respectivos jefes.

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POR CUANTO: Entre las funciones y atribuciones del Ministerio de la Industria Pesquera se encuentra la de preservar los recursos pesqueros y el sistema ecológico de dichos recursos en nuestros mares, ríos, presas, lagunas y cuerpos de aguas artificiales estableciendo las medidas regulatorias para la debida conservación de la flora y fauna acuáticas.

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POR CUANTO: La especie. Cardisoma guanhumi, comúnmente conocida como cangrejo blanco o cangrejo de la tierra, constituye una especie que; ha adquirido interés comercial para la exportación a causa de la demanda, del consumo de la masa valorada por su calidad.

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POR CUANTO: La especie cangrejo de tierra ha sido objeto de la captura indiscriminada por la población en zonas aledañas a su hábitat natural especialmente en la Ciénaga de Zapata mediante la extracción de ejemplares de hembras fresadas, principalmente situación que ha afectado sensiblemente las producciones con fines comerciales de la especie.

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POR CUANTO: En atención a lo antes expuesto, la Comisión Consultiva de Pesca ha recomendado regular las capturas de la especie cangrejo de tierra en la zona que en la parte dispositiva de la presente resolución se indica con el objetivo de preservar las poblaciones que habitan el área, garantizar los niveles requeridos de captura para la explotación comercial por las entidades estatales autorizadas

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POR CUANTO: La TERCERA de las DISPOSI- CIONES FINALES del Decreto-Ley No 164, faculta al que RESUELVE a dictar otras normas complementarias a los efectos de su mejor cumplimento.

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POR CUANTO: El Apartado TERCERO, inciso 4) del