Resolución 52
Texto íntegro
GOC-2019-469-O38 MIGUEL DÍAZ - CANEL BERMÚDEZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93, inciso j) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto- Ley Número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”. SABED: Que el 8 de noviembre de 2018 fue firmado en la ciudad de Beijing, China, el Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Popular China para la cooperación en el marco de la iniciativa de la franja económica de la ruta de la seda y de la ruta marítima de la seda del siglo XXI. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch) del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha 16 de febrero de 2019, acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Popular China para la cooperación en el marco de la iniciativa de la franja económica de la ruta de la seda y de la ruta marítima de la seda del siglo XXI. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día 9 de marzo de 2019 acordó la ratificación de Cuba al citado Memorando de Entendimiento. QUE el día 19 de marzo de 2019, el Gobierno de la República de Cuba le comunicó al Gobierno de la República Popular China el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor del referido Memorando de Entendimiento y, a su vez, el día 2 de abril de 2019, el Gobierno de la República Popular China le comunicó al Gobierno de la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor ese propio día, conforme al apartado I) del artículo VI del mismo.
POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMAen la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 15 días del mes de abril de 2019.Miguel Díaz - Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________