Resolución 520
La Resolución No. 520 autoriza la inscripción de la Empresa de Producciones Metálicas COMETAL en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. Esta resolución es emitida por el Ministerio de la Construcción.
- Se autoriza a COMETAL para ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.
- La licencia otorgada tendrá un término de 18 meses a partir de su inscripción.
- Se avala la capacidad técnica de COMETAL para servicios de montaje, impermeabilización, mantenimiento constructivo e instalación de redes técnicas.
- La entidad no está certificada por la Norma NC ISO-9001 vigente.
- COMETAL debe formalizar su inscripción en 90 días naturales.
- La resolución se expide según el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República.
Texto íntegro
GOC-2019-191-O9 RESOLUCIÓN No. 504/2018
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641, de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras, que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328, de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184, de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licita-ciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscrita al ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa de Producciones Metálicas COMETAL, integrada al Grupo Empresarial GESIME, con domicilio legal en La Habana, ha solicitado autoriza-ción para registrarse y poder ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.
POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al ministro de la Cons-
385 GACETA OFICIAL1 de febrero de 2019 trucción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Con-sultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16, trasladó al presidente de la Comisión Nacional el expediente incoado, el que con sus recomendaciones ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Producciones Metálicas COMETAL, integrada al Grupo Empresarial GESIME, con domicilio legal en La Habana.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la inscripción de la Empresa de Producciones Metálicas COMETAL, integrada al Grupo Empresarial GESIME, con domicilio legal en La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyec-tos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, se avala que la Empresa de Producciones Metálicas COMETAL cuenta con la capacidad técnica necesaria para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados 1. Servicios de Constructor:a) Servicios de montaje de prefabricados de tecnología modular de paneles, elevadores, escaleras mecánicas, tejas metálicas, carpintería de aluminio, elementos prefabricados para falso techos y montaje del sistema constructivo TITAN STEEL. b) Servicios de impermeabilización de cubiertas, piscinas y áreas de parqueo. c) Mantenimiento constructivo a edificaciones. d) Instalación, reparación y mantenimiento de redes técnicas, hidráulico - sanitarias, gas, contra incendios. e) Montaje y mantenimiento constructivo a sistemas de climatización.1.1. Tipos de objetivos:a) Obras de arquitectura. b) Obras industriales. c) Viviendas.2. Servicios Técnicos:a) Servicios técnico profesionales de proyección y diseño. b) Servicios técnico profesionales de consultoría y asesoría técnica especializada.2.1. Tipos de objetivos:a) Aquellos en los que se utilicen los equipos y estructuras que se producen y comercializan por esta entidad y que requieran sus servicios especializados.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución se expedirá por un término de dieciocho (18) meses a partir de la vigencia de su inscripción.
CUARTO: Esta entidad presta sus servicios sin estar certificado ni avalado su Sistema de Gestión de la Calidad por la Norma NC ISO – 9001 vigente.
QUINTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consul-tores de la República de Cuba queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
SEXTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado se interpretará como el desisti-miento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el en-cargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado.
386 GACETA OFICIAL 1 de febrero de 2019 NOTIFÍQUESE la presente Resolución al encargado del Registro Nacional de Construc-tores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado.Comuníque Se al presidente y vicepresidente ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 5 días del mes de diciembre de 2018.René mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________