Resolución 53/2005
La Resolución No. 53/2005 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente modifica el objeto empresarial de la Empresa de Transporte TRANSCITMA. Esta empresa, subordinada al Ministerio, ofrece servicios de transporte, reparación y mantenimiento de vehículos, entre otros. La resolución actualiza y amplia las actividades que puede realizar TRANSCITMA.
- Modificar el objeto empresarial de la Empresa de Transporte TRANSCITMA.
- Ofrecer servicios de reparación, mantenimiento y transportación de vehículos y cargas.
- Prestar servicios de taller móvil, auxilio, remolque y estacionamiento.
- Producir, recuperar y comercializar partes y piezas de transporte automotor.
- Brindar servicios de gestión, asesoría y consultoría en transporte.
- Comercializar productos agropecuarios excedentes para trabajadores del Ministerio.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 53/2005
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 9 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, "De la Organización de la Administración Central del Estado" en su artículo 33 establece que los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los Viceministros Primeros.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4002, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de abril del 2001, en su Apartado SEGUNDO numeral 9, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración Central del Estado, para “Evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia del Sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica, proponer o pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los Centros de Investigación y las Entidades de Servicios Científicos-Tecnológicos, incluyendo lo referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación”.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 108/02 de fecha 9 de octubre de 2002, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se establece el objeto empresarial de la Empresa de Transporte, en forma abreviada TRANSCITMA, integrada al Grupo Empresarial de Servicios Generales, SEGEN, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación mediante su Resolución No. 492/04 de 30 de diciembre de 2004, aprobó la modificación del objeto empresarial de la Empresa de Transporte, en forma abreviada TRANSCITMA, integrada al Grupo Empresarial de Servicios Generales, SEGEN, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Modificar el Apartado Primero de la Resolución Nro. 108/02 de fecha 9 de octubre de 2002, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en todo cuanto a objeto social se refiere, el cual queda redactado de la forma siguiente:
CREAR la Empresa de Transporte, en forma abreviada TRANSCITMA, integrada al Grupo Empresarial de Servicios Generales, SEGEN, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a partir de la conversión en empresa de la Organización Económica Estatal denominada Agrupación de Servicios al Transporte y con el objeto empresarial siguiente:
- a) Brindar servicios de reparación, mantenimiento, chapistería y pintura, y de remotorización de vehículos ligeros y pesados, a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros, en moneda nacional. A terceros cuando existan las capacidades eventualmente disponibles y sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
- b) Ofrecer servicios de transportación, distribución y entrega de cargas a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros, en moneda nacional. A terceros cuando existan las capacidades eventualmente disponibles y sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
- c) Brindar servicios de transporte de animales en condiciones requeridas, a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros, en moneda nacional. A terceros cuando existan las capacidades eventualmente disponibles y sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
- d) Ofrecer servicios de transportación de pasajeros, en moneda nacional.
- e) Prestar servicios de taller móvil, auxilio, remolque y estacionamiento, a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros, en moneda nacional. A terceros cuando existan las capacidades eventualmente disponibles y sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
- f) Ofrecer servicios de alquiler de transporte, a entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros en moneda nacional. A terceros cuando existan las capacidades eventualmente disponibles y sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
- g) Producir, recuperar y comercializar de forma mayorista, partes, piezas y accesorios de la actividad de transporte automotor, en moneda nacional.
- h) Prestar servicios de gestión y tramitación de documentación legal y de control técnico de la actividad del trans-
- porte automotor, al sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.
- i) Brindar servicios de asesoría y consultoría en la actividad de transporte, en moneda nacional.
- j) Brindar servicios de parqueo en moneda nacional.
- k) Prestar servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores, en moneda nacional.
- l) Comercializar de forma minorista, como parte de la atención al hombre, productos agropecuarios excedentes del autoconsumo, a los trabajadores de las entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.
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SEGUNDO: La Resolución No. 108/02 de fecha 9 de octubre de 2002, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se mantiene en vigor, en todo cuanto no se oponga a lo que por la presente se dispone.
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TERCERO: La presente Resolución surte efectos a partir de los tres días naturales posteriores a la fecha de su firma.
- Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, al Director de la Empresa de Transporte, en forma abreviada TRANSCITMA, al Director General del Grupo Empresarial de Servicios Generales, a los Viceministros de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los Ministerios del Comercio Interior y Exterior, de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social, al Banco Central de Cuba, a la Oficina Nacional de Estadísticas y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda conocer lo dispuesto. Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA, en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 12 días del mes de mayo del año 2005.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro P.S.R. de Ciencia, Tecnología
y medio Ambiente
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