Resolución 53

Renovación de licencia a la Empresa de Mantenimiento Vial y Construcciones de Santiago de Cuba

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2015-04-21
Publicada en
Gaceta No. 23 Ordinaria de 2015 (2015-05-18)
Páginas
34–35
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Texto íntegro

Resolución No. 399 de 11 de noviembre de 2013, para continuar ejerciendo como Constructor.

GACETA OFICIAL 18 de mayo de 2015760

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Mantenimiento Vial y Construcciones de Santiago de Cuba, del Ministerio del Transporte en la propia provincia.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa de Mantenimiento Vial y Construcciones de Santiago de Cuba, del Ministerio del Transporte en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa de Mantenimiento Vial y Construcciones de Santiago de Cuba, podrá ejercer como Constructor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Construcción, mantenimiento y conservación de la faja y calzada de la red vial. b) Colocación, mantenimiento y conservación de señales verticales y horizontales. c) Movimiento de tierra y chapea manual y mecanizada. d) Mantenimiento y conservación de áreas verdes y jardinería. e) Construcción civil, montaje, desmontaje, remodelación, reconstrucción, rehabilitación, reparación y mantenimiento constructivo a los objetivos autorizados. f) Construcción de redes tecnológicas.1.1.Tipos de Objetivos:a) Obras Viales. b) Obras Sociales. c) Viviendas hasta cinco niveles en altura.d) Obras de Arquitectura.

TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de abril de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción