Resolución 16/2017
La Resolución No. 16/2017 del Ministerio de Energía y Minas modifica la concesión de explotación y procesamiento de mineral de arena sílice otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río. La modificación se realiza debido a la devolución de una parte del área de explotación.
- Se acepta la devolución de 35,76 hectáreas del área de explotación de la concesión La Tea.
- Se modifica el área de explotación a 22,6 hectáreas en el municipio de San Luis, provincia de Pinar del Río.
- El área devuelta se declara franca para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- Los términos y condiciones de la Resolución No. 13/1998 continúan aplicándose, salvo lo que se oponga a lo establecido en esta resolución.
- La resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 16/2017
POR CUANTO: Mediante el Decreto Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, seextinguió el Ministerio de la Industria Básica y se crea el Ministerio de Energía y Minas,como Organismo de la Administración Central del Estado, encargado de proponer, y unavez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectoresenergético, geológico y minero del país.
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley No. 76,Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieranpara la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 13 de 16 de enero de 1998, del Ministrodel extinto Ministerio de la Industria Básica, se le otorgó a la Empresa de Materiales de la Construcción No. 7, posteriormente denominada Empresa de Materiales de Construcciónde Pinar del Río una concesión de explotación y procesamiento en el área denominada La Tea, ubicada en el municipio de San Luis de la provincia de Pinar del Río, con el objetode explotar y procesar el mineral de arena sílice, por el término de veinticinco (25) añospara ser utilizado en hormigones hidráulicos y en la producción de cemento y mosaicos.
POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río, ha pre-sentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, la devolución de treinta y cincocoma setenta y seis (35,76) hectáreas correspondiente a una parte del área de explotaciónde la concesión de explotación y procesamiento antes mencionada lo cual fue certificadopor la Delegación Provincial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de Pinar del Río; siendo necesario actualizar los límites del área de explotación y modificarel párrafo segundo del Apartado Segundo de la mencionada Resolución No.13.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Aceptar la devolución de treinta y cinco coma setenta y seis (35,76) hectá-reas correspondientes a una parte del área de explotación de la concesión de explotacióny procesamiento La Tea y, modificar en el Apartado Segundo de la Resolución No. 13 de 16 de enero de 1998, del Ministro del extinto Ministerio de la Industria Básica, Segundopárrafo, el área de explotación de dicha concesión de explotación y procesamiento, el quequeda redactado como sigue:
El área objeto de la presente concesión de explotación, se ubica en el municipio de San Luis de la provincia de Pinar del Río, abarca un área total de veintidós coma seis (22,6) hec-táreas y, su localización en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Norte, esla siguiente:
SEGUNDO: Declarar franca el área que se devuelve, la que puede ser objeto de nuevassolicitudes para realizar actividades mineras:
(35,76) ha
TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones, fijados en la Resolución No. 13 de 16 de enero de 1998, del Ministro del extinto Ministerio de la Industria Básica, conti-núan siendo de aplicación en lo que corresponda, con excepción de lo que se oponga a loestablecido en los apartados anteriores.
CUARTO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Ga-ceta Oficial de la República de Cuba.
NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 3 días del mes de marzo de 2017.
Alfredo López Valdés
Ministro de Energía y Minas
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