Resolución 474/10

Aprobar el precio mayorista máximo en pesos cubanos (CUP) de los productos elaborados por las empresas de la Unión de Conservas de Vegetales

Organismo
Ministerio de la Industria Alimentaria
Fecha emisión
2010-08-23
Publicada en
Gaceta No. 41 Ordinaria de 2010 (2010-09-17)
Páginas
9
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La Resolución No. 474/10 del Ministerio de la Industria Alimentaria aprueba el precio mayorista máximo en pesos cubanos (CUP) de los productos elaborados por las empresas de la Unión de Conservas de Vegetales. Esta resolución es emitida por el Viceministro Primero de la Industria Alimentaria, Luis Orlando Paz López.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 474/10

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POR CUANTO: En virtud del Decreto-Ley No. 264 de fecha 2 de marzo de 2009 se creó el Ministerio de la Industria Alimentaria, el cual es continuador y se subroga en lugar y grado de los ministerios de la Industria Alimenticia y de la Industria Pesquera que, al amparo del mismo cuerpo legal, se extinguen.

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POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994 con número para control administrativo 2817, de conformidad con lo establecido por el Decreto-Ley No. 147 y mediante el inciso 4) de su Apartado Tercero faculta a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado a dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: La Resolución No. V-41/97 de fecha 27 de febrero de 1997 del Ministro de Finanzas y Precios, facultó al Ministerio de la Industria Alimenticia a formar, fijar y modificar los precios mayoristas máximos en pesos cubanos (CUP) de los productos que se establecen en su anexo, entre los cuales se encuentran los que se describen en la parte resolutiva de la presente.

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POR CUANTO: El

Artículo 33 del Decreto-Ley No. 67 autoriza a los viceministros primeros de los organismos de la Administración Central de Estado a suplir a los ministros en sus ausencias.

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POR TANTO: El que resuelve ha sido designado Viceministro Primero de la Industria Alimentaria en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 27 de octubre del 2009.

R e s u e l v o :

UNICO: Aprobar el precio mayorista máximo en pesos cubanos (CUP) de los productos elaborados por las empresas de la Unión de Conservas de Vegetales con destino al balance nacional y entidades autorizadas, tal como se describe a continuación:

Dese cuenta al Director de Bienes Agroindustriales de Finanzas y Precios y al Ministro del Comercio Interior.

Comuníquese al Director General de la Unión de Conservas y Vegetales, a los directores de las empresas de dicha Unión, a los viceministros y a los directores de este Organismo.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.

Archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 23 días del mes de agosto de 2010.

Luis Orlando Paz López

Viceministro Primero

de la Industria Alimentaria

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