Resolución 553
La Resolución No. 553 del Ministerio del Comercio Exterior autoriza a la Empresa Comercializadora TESCA para realizar actividades de comercio exterior. Esta resolución es emitida por el Ministerio del Comercio Exterior en virtud de su facultad para dirigir y controlar la política de comercio exterior del Estado.
- Se autoriza a la Empresa Comercializadora TESCA para realizar actividades de comercio exterior (Artículo PRIMERO).
- La empresa TESCA está identificada con el Código No. 581 a efectos estadísticos.
- La empresa mantendrá su inscripción en el Registro Central de Aduanas por 90 días para ejecutar contratos pendientes (Artículo SEGUNDO).
- Se ratifica la Resolución No. 166 de 2001 en lo que no se oponga a la presente resolución (Artículo TERCERO).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 553 de 2002
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.
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POR CUANTO: Mediante Resolución No. 166 de fecha 20 de abril de 2001, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, se concedieron a la Empresa de Aseguramiento y Servicios de Agromecánica, TESCA, las facultades para realizar actividades de comercio exterior.
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POR CUANTO: Resulta necesario modificar la antes citada Resolución, en virtud de lo dispuesto por la Resolución No. 508 de fecha 21 de noviembre de 2001 emitida por el Ministerio de la Agricultura, la cual dispone el cambio de denominación empresarial de la mencionada entidad por EMPRESA COMERCIALIZADORA, TESCA.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas:
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Autorizar a la EMPRESA COMERCIA- LIZADORA, TESCA, identificada a los efectos estadísticos con el Código No. 581, para la realización de actividades de comercio exterior y que consiguientemente ejecute de forma directa, la importación de las mercancías correspondientes a la nomenclatura anexa a la Resolución No. 166 de fecha 21 de noviembre de 2001.
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SEGUNDO: A los efectos de la ejecución de contratos pendiente firmados por la Empresa de Aseguramiento y Servicios de Agromecánica, TESCA, la misma mantendrá vigente su inscripción en el Registro Central de Aduanas por el término de noventa días contados a partir de la fecha de la presente Resolución.
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TERCERO: Ratificar la Resolución No. 166 de fecha 20 de abril de 2001, en lo que no se oponga a lo dispuesto por la presente.
COMUNIQUESE la presente Resolución al interesado, a la Aduana General de la República, al Ministerio de Finanzas y Precios y demás Organismos de la Administración Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de Empresas. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba y archívese el original en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los once días del mes de diciembre de dos mil dos.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro de Comercio Exterior
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