Resolución 60/2003

Sobre la acuñación de monedas conmemorativas del 75 Aniversario del Natalicio de Ernesto Che Guevara

Organismo
Banco Central de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 42 Ordinaria de 2003 (2003-10-13)
Páginas
3–4
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La Resolución No. 60/2003 del Banco Central de Cuba regula la acuñación de monedas conmemorativas del 75 Aniversario del Natalicio de Ernesto Che Guevara. La norma autoriza a la División de Acuñaciones de la Corporación CIMEX S.A. para acuñar y comercializar estas monedas.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 60/2003

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POR CUANTO: El Presidente de la Corporación CIMEX S.A. ha solicitado del Banco Central de Cuba se autorice la acuñación, con fines numismáticos, de una serie de monedas conmemorativas, con la temática “75 Aniversa-

- rio del Natalicio de Ernesto Che Guevara de la Serna”, integrada por seis piezas de igual diseño.

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POR CUANTO: Según lo dispuesto en la Disposición Especial Quinta del Decreto-Ley No. 172 “Del Banco Central de Cuba”, de fecha 28 de mayo de 1997, el Banco Central de Cuba aprueba y supervisa la acuñación con fines numismáticos de monedas conmemorativas y la comercialización de éstas.

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POR CUANTO: Conforme a lo establecido en el artículo 36, inciso a) del referido Decreto-Ley 172, corresponde al Ministro Presidente del Banco Central de Cuba en el ejercicio de sus funciones dictar resoluciones, instrucciones y demás disposiciones necesarias para la ejecución de las funciones del Banco Central de Cuba, de carácter obligatorio para todos los organismos, órganos, empresas y entidades económicas estatales, organizaciones y asociaciones económicas o de otro carácter, cooperativas, el sector privado y la población.

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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de Gobierno y Presidente del Banco Central de Cuba por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 13 de junio de 1997.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Autorizar a la División de Acuñaciones de la Corporación CIMEX S.A. para que proceda a la acuñación con fines numismáticos de una serie de monedas conmemorativas, con la temática “75 Aniversario del Natalicio de Ernesto Che Guevara de la Serna”, integrada por seis piezas de igual diseño, con año de acuñación 2003.

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SEGUNDO: Las monedas cuya acuñación se autoriza en el apartado anterior tendrán las siguientes características:

Anversos: Efigie del Comandante Ernesto Guevara al centro y al pie de la misma su firma Che. Alrededor del tema central se leen los años 1928, 2003 y la leyenda 75 ANIVERSARIO DE SU NATALICIO.

Reverso: Escudo Nacional al centro. Leyenda superior REPUBLICA DE CUBA. Debajo del escudo el valor facial en exergo: 1 PESO.

Reverso: Escudo Nacional al centro. Leyenda superior REPUBLICA DE CUBA, a la izquierda del escudo el peso (20 G) y a la derecha el metal y la ley (AG 0.999). Debajo del escudo el valor facial en exergo: 10 PESOS.

Reverso: Escudo Nacional al centro. Leyenda superior REPUBLICA DE CUBA, a la izquierda del escudo el peso (2 OZ) y a la derecha el metal y la ley (AG 0.999). Debajo del escudo el valor facial en exergo: 20 PESOS.

Reverso: Escudo Nacional al centro. Leyenda superior REPUBLICA DE CUBA, a la izquierda del escudo el peso (1/2 OZ) y a la derecha el metal y la ley (AU 0.999). Debajo del escudo el valor facial en exergo: 50 PESOS.

Reverso: Escudo Nacional al centro. Leyenda superior REPUBLICA DE CUBA, a la izquierda del escudo el peso (1 OZ) y a la derecha el metal y la ley (AU 0.999). Debajo del escudo el valor facial en exergo: 100 PESOS.

Detalles técnicos de las monedas:

Valor facial (pesos) 100 50 10 20 1 1

Metal AU 999 AU 999 AG 999 AG 999 Cobre Cuní

Calidad Proof Proof Proof Proof Bu Bu

Canto Estriado Estriado Estriado Estriado Liso Liso

Peso 1 OZ ½ OZ 20 G 2 OZ - -

Diámetro (mm) 38 30 38 45 38 38

Límite de emisión 250 500 5000 500 10000 10000

Año de emisión 2003 2003 2003 2003 2003 2003

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TERCERO: La División de Acuñaciones de la Corporación CIMEX S.A., reconocida comercialmente como Casa de la Moneda, queda autorizada para la comercialización de estas piezas.

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CUARTO: La División de Acuñaciones de la Corporación CIMEX S.A. queda encargada del cumplimiento y aplicación de lo dispuesto en la presente resolución.

NOTIFIQUESE al Vicepresidente Primero, a la Directora General de Tesorería y al Director de Emisión y Valores, todos del Banco Central de Cuba; al Presidente de CIMEX S.A. y al Director del Museo Numismático.

COMUNIQUESE a los Vicepresidentes, al Superintendente y al Auditor, del Banco Central de Cuba.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHIVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.

DADA en la ciudad de La Habana, a los tres días del mes de julio del 2003.

Francisco Soberón Valdés

Ministro-Presidente

Banco Central de Cuba

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