Resolución 55/2005

Modificación de la Resolución No. 109/02

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 44 Ordinaria de 2005 (2005-09-05)
Páginas
3–5
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Texto íntegro

RESOLUCION No. 55/2005

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 9 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, "De la Organización de la Administración Central del Estado" en su artículo 33 establece que los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los Viceministros Primeros.

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POR CUANTO: El Acuerdo Nro. 4002, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de abril del 2001, en su Apartado SEGUNDO numeral 9, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración Central del Estado, para “Evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia del Sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica, proponer o pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los Centros de Investigación y las Entidades de Servicios Científicos-Tecnológicos, incluyendo lo referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación”.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 109/02 de fecha 9 de octubre de 2002, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se modifica el objeto empresarial de la Empresa de Aseguramiento y Servicios Generales, integrada al Grupo Empresarial de Servicios Generales, SEGEN, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

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POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación mediante su Resolución No. 488/04 de 30 de diciembre de 2004, aprobó la modificación del objeto empresarial de la Empresa de Aseguramiento y Servicios Generales, integrada al Grupo Empresarial de Servicios Generales, SEGEN, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, así como se aprobó que se le agregara la forma abreviada EASEGEN, a la denominación de esta Empresa.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Modificar el Apartado Primero de la Resolución No. 109/02 de fecha 9 de octubre de 2002, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, el cual queda redactado de la forma siguiente:

PRIMERO: Fusionar la Organización Económica Estatal denominada Gerencia de Desarrollo y Comercialización de Peces Ornamentales en la Empresa de Aseguramiento y Servicios Generales, SEGEN, integrada al Grupo Empresarial de Servicios Generales, en forma abreviada SEGEN, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

La Empresa de Aseguramiento y Servicios Generales es continuadora y se subroga en lugar y grado de la entidad que se autoriza fusionar.

A la Empresa de Aseguramiento y Servicios Generales se le elimina la forma abreviada SEGEN, se le agrega la forma abreviada EASEGEN a todos los efectos legales y se le modifica el objeto empresarial por el siguiente:

- 1. Brindar servicios de instalación, ensamblaje, reparación, mantenimiento y verificación de equipos e instrumentos para la investigación científica a entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en todas las provincias, con excepción de Ciudad de La Habana, en moneda nacional.

- 2. Prestar servicios de reparación, mantenimiento y remotorización de vehículos ligeros y pesados, así como servicios de chapistería y pintura, a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en todas las provincias con excepción de Ciudad de La Habana, en moneda nacional.

- 3. Producir, recuperar y comercializar de forma mayorista, partes, piezas y accesorios de la actividad de transporte automotor, así como de postventa, en moneda nacional y divisas.

- 4. Ofrecer servicios de transportación, distribución y entrega de cargas a las entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

- 5. Brindar servicios de transportación de pasajeros al sistema de entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

- 6. Ofertar servicios de alquiler de transporte, en moneda nacional.

- 7. Prestar servicios de gestión y tramitación de documentación legal y de control técnico de la actividad del transporte automotor, en moneda nacional.

- 8. Producir y comercializar de forma mayorista, estructuras metálicas, muebles, envases de madera, piezas y accesorios de metales ferrosos y no ferrosos, en moneda nacional y divisas.

- 9. Ofrecer servicios de reparación, montaje e instalación de equipos industriales, de refrigeración y climatización, a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en todas las provincias, con excepción de Ciudad de La Habana, en moneda nacional.

- 10. Brindar servicios de mantenimiento, instalación y ejecución de obras constructivas menores y medianas a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en todas las provincias, con excepción de Ciudad de la Habana, en moneda nacional.

- 11. Producir, montar y comercializar de forma mayorista cajas fuertes, en moneda nacional y divisas.

- 12. Prestar servicios de tapicería de autos y muebles, pintura, herrería y conformado de metales a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

- 13. Prestar servicios de carpintería en blanco a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y programas sociales priorizados por encargo del Gobierno, en moneda nacional.

- 14. Prestar servicios de restauración constructiva y arqueológica, en moneda nacional.

- 15. Llevar a cabo la colocación y el mantenimiento de áreas verdes, para entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

- 16. Brindar servicios de mantenimiento y reparaciones telefónicas y electrónicas a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

- 17. Ofrecer servicios de montaje de plantas de tratamiento de residuales industriales y potabilizadoras en moneda nacional.

- 18. Brindar servicios de instalación, mantenimiento y reparación de sistemas y equipos informáticos, a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

- 19. Ofrecer servicios de alojamiento no turístico para el turismo científico y ambiental a extranjeros; así como de alimentación y transfer asociados al alojamiento, en todas las provincias con excepción de Ciudad de La Habana, en moneda libremente convertible.

- 20. Prestar servicios de alojamiento no turístico y de alimentación asociados a éste, a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a personas naturales y jurídicas en funciones de trabajo, en moneda nacional.

- 21. Brindar servicios de alquiler de locales o espacios, temporalmente disponibles, con servicios gastronómicos asociados, en moneda nacional.

- 22. Ofrecer servicios de alimentación en todas las provincias a los trabajadores del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

- 23. Producir, acopiar y comercializar de forma mayorista en moneda nacional y divisas y minorista en moneda libremente convertible, peces ornamentales y otras producciones y especies de la fauna y la flora, peceras, alimentos y accesorios relacionados con la actividad, así como garantizar los servicios de postventa y puesta en marcha.

- 24. Comercializar de forma mayorista, excepto en Ciudad de La Habana, equipos y medios técnicos, muebles, materiales de oficina, artículos de consumo e insumos, productos varios agropecuarios, piezas y repuestos, productos veterinarios y de sanidad e instrumentos, todos relacionados con la Actividad Científica, para el sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

- 25. Ofrecer servicios de almacenaje de mercancías, en moneda nacional.

- 26. Brindar servicios de administración de locales a las entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, consistentes en recepción, limpieza, jardinería y parqueo, en moneda nacional.

- 27. Prestar servicios de cerrajería al sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

- 28. Brindar servicios de parqueo en moneda nacional.

- 29. Brindar servicios especializados de mantenimiento, reparación y desarrollo del Sistema RODAS en moneda nacional.

- 30. Prestar servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores, en moneda nacional.

- 31. Brindar servicios de organización y aseguramiento de eventos, en moneda nacional.

- 32. Comercializar de forma minorista, como parte de la atención al hombre, productos agropecuarios excedentes del autoconsumo, a los trabajadores de las entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en moneda nacional.

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SEGUNDO: La Resolución No. 109/02 de fecha 9 de octubre de 2002, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se mantiene en vigor, en todo cuanto no se oponga a lo que por la presente se dispone.

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TERCERO: La presente Resolución surte efectos a partir de los tres días naturales posteriores a la fecha de su firma.

- Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, al Director de la Empresa de Aseguramiento y Servicios Generales, al Director General del Grupo Empresarial de Servicios Generales, a los Viceministros de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los Ministerios del Comercio Interior y Exterior, de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social, al Banco Central de Cuba, a la Oficina Nacional de Estadísticas y a cuantas más personas naturales o jurídicas corresponda conocer lo dispuesto.

- Archívese, el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADA, en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana a los 12 días del mes de mayo del año 2005.

Dr. Fernando Mario González Bermúdez

Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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