Resolución 56
La Resolución No. 56 regula la presentación adelantada del Manifiesto de Carga en formato electrónico para buques de travesía que se dirijan a puertos cubanos. La norma establece requisitos y plazos para la presentación del manifiesto y rectificaciones, y es emitida por el Jefe de la Aduana General de la República.
- Presentación adelantada del Manifiesto de Carga en formato electrónico para buques de travesía que se dirijan al Puerto de La Habana.
- Manifiesto adelantado en soporte magnético para el resto de los puertos del país.
- Términos para la presentación: 18 horas para buques procedentes de América, 6 horas para buques procedentes de Estados Unidos, México, Jamaica y Haití, y 48 horas para buques procedentes de cualquier otra región.
- Rectificaciones o modificaciones al manifiesto de carga se realizarán ante el consignatario del buque.
- El formato del manifiesto electrónico será un fichero texto estructurado según el Anexo No. 1 de la resolución.
Texto íntegro
Decreto-Ley No. 162, de Aduanas, de fecha 3 de abril de 1996, faculta al Jefe de la Aduana General de la República, para establecer los términos, plazos y formas en que deberán cumplimentarse las declaraciones, formalidades, entrega de documentos, notificaciones e informaciones a presentar a la Aduana.
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POR CUANTO: La Resolución No. 17, de fecha 16 de julio del 2001, del Jefe de la Aduana General de la República estableció como requisito la entrega del manifiesto de carga adelantado para los buques de travesía que se dirijan a puerto cubano, así como los términos para la presentación del mismo.
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POR CUANTO: La Aduana en aras de seguir conciliando la facilitación y el control, ha venido trabajando con la información adelantada de las cargas, la que ha permitido un control más efectivo y un servicio más eficiente.
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POR CUANTO: La República de Cuba es miembro de la Organización Marítima Internacional, la Organización Mundial de Aduanas y la Organización Mundial del Comercio todas ellas patrocinadas por la Organización de Naciones Unidas, las cuales promueven la Facilitación del Comercio a través de documentos estructurados EDIFACT, para el despacho de los buques, la carga y las personas.
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POR CUANTO: La Aduana ha aceptado la recomendación de la Comisión de Expertos del Puerto de la Habana de aplicar el estándar EDIFACT para la Declaración Sumaria de Carga IFCSUM D 93, el cual facilita los trámites documentales de las operaciones que se realicen en los puertos del país.
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POR CUANTO: Se hace necesario como parte de la automatización del proceso de despacho aduanero que las informaciones adelantadas que se reciban de las personas que intervienen en dicho proceso se entreguen en formato electrónico o en soporte magnético.
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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Jefe de la Aduana General de la República por Acuerdo No. 2867, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 2 de marzo de 1995.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas.
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Establecer como requisito obligatorio la presentación adelantada del Manifiesto de Carga en formato electrónico para los buques de travesía que se dirijan hacia el Puerto de La Habana, el cual deberá ser presentado por parte del consignatario del buque a la Aduana Puerto Habana.
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SEGUNDO: Para el resto de los puertos del país se presentará el manifiesto adelantado en soporte magnético, hasta tanto existan las condiciones necesarias para la transmisión y recepción electrónica del mismo.
La información en soporte magnético cumplirá los requerimientos del formato electrónico establecido.
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TERCERO: Se entregará, además, el manifiesto de carga adelantado en soporte documental a la Aduana en todos los puertos del país mientras la información del manifiesto en formato electrónico y en soporte magnético no se considere confiable.
La información de los campos del manifiesto de carga en formato electrónico coincidirá con la información del manifiesto en soporte documental.
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CUARTO: La presentación adelantada del manifiesto de carga no exime al capitán del buque de la obligación de presentar el manifiesto original en el despacho de entrada del buque, lo cual se establece en las Normas vigentes para el despacho y control aduanero de buques.
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QUINTO: Los términos para la presentación a la Aduana del manifiesto adelantado de carga en formato electrónico, o soporte documental o magnético serán:
- a) 18 horas, para los buques procedentes de América.
- b) 6 horas, para los buques procedentes de Estados Unidos, México, Jamaica y Haití;
- c) 48 horas, para los buques procedentes de cualquier otra región.
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SEXTO: Con independencia de que la Comunidad Portuaria utilice el formato estándar EDIFACT IFCSUM D 93 para la recepción del manifiesto de carga electrónico la Aduana exigirá las especificaciones que requiera del formato del manifiesto electrónico con que trabajará, según el Anexo No. 1 de la presente resolución.
Las especificaciones técnicas requeridas del formato del manifiesto serán satisfechas por el consignatario de buques o el proveedor de servicios.
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SÉPTIMO: El formato del manifiesto electrónico que se utilizará por la Aduana, así como el formato del mensaje de aceptación y rechazo de éste, la explicación de cada campo y los campos obligatorios dentro del mensaje forman parte del Anexo No. 1 y 2 de la presente resolución.
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OCTAVO: Las rectificaciones o modificaciones por cualquier motivo a un manifiesto de carga, se realizarán ante el consignatario de buque, el cual es responsable de presentarlas a la Aduana, en el término establecido.
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NOVENO: Las rectificaciones al manifiesto de carga serán presentadas a la Aduana del Puerto de La Habana en formato electrónico.
Para los restantes puertos del país se presentarán las rectificaciones del manifiesto en soporte documental hasta que existan las condiciones necesarias para su presentación en formato electrónico o soporte magnético.
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DÉCIMO: Se aceptarán rectificaciones completas del manifiesto de carga presentado en formato electrónico mientras no se presente en la Aduana de despacho la primera
- declaración de mercancías amparada en el manifiesto de que se trate o mientras no arribe el buque al puerto o mientras el manifiesto sea provisional.
Las rectificaciones posteriores a la presentación de la primera declaración de mercancías, o posteriores al arribo del buque, o cuando el manifiesto es definitivo se realizarán a cada una de la partida del manifiesto de carga que corresponda.
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UNDÉCIMO: El formato de las rectificaciones del manifiesto electrónico, así como el formato de los mensajes de aceptación o rechazo de éstas forman parte del Anexo No. 1 y 2 de la presente Resolución.
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DUODÉCIMO: El Manifiesto en formato electrónico o en soporte magnético se considera aceptado cuando el consignatario del buque recibe el mensaje de aceptación por parte de la Aduana.
Igualmente se consideran aceptadas las rectificaciones al manifiesto cuando el consignatario recibe el mensaje de aceptación a dicha rectificación por parte de la Aduana.
-
DECIMOTERCERO: Para el envío del manifiesto en formato electrónico o soporte magnético establecido por la Aduana, el consignatario del buque o el proveedor de servicio, según el caso, deberá poseer el certificado expedido por el Centro de Automatización de la Dirección y la Información (CADI) de la Aduana General de la República.
Será requisito para la referida certificación la existencia del software denominado “validador del mensaje”.
Además el interesado en obtener la certificación deberá demostrar que posee un soporte de comunicación confiable, estable y oportuno entre él y la aduana y entre él y los usuarios, cuando se trate de un proveedor de servicio.
Sólo se extenderá la certificación si se cumplen los referidos requisitos.
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DECIMOCUARTO: Los nomencladores utilizados en los mensajes de manifiestos, rectificaciones y respuestas de aduana, se corresponden con las tablas de control establecidas en el Sistema Automatizado para el Despacho a las Mercancías (SADEM), vigentes por la resolución No. 13, de fecha 5 de junio del 2000 del Jefe de la Aduana General de la República, la identificación a dichos nomencladores se detalla en el Anexo No. 3 de la presente resolución.
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DECIMOQUINTO: Se faculta al Vicejefe que atiende el área técnica de la Aduana General de la República para, en consulta con los Organismos afectados:
- a) dictar las disposiciones complementarias, para la mejor ejecución de lo dispuesto en esta Resolución;
- b) disponer el término para la eliminación del manifiesto de carga en soporte documental;
- c) establecer las actualizaciones del procedimiento;
- d) disponer modificaciones al formato establecido tanto para la entrega del manifiesto de carga como para las rectificaciones a esté;
- e) disponer la entrada en vigor en los demás puertos del país de la presentación adelantada del manifiesto de carga en forma electrónica y
- f) modificar los términos a que se refiere el resuelvo quinto y sexto de esta Resolución.
-
DECIMOSEXTO: La presente Resolución entrará en vigor a partir del 1 ro. de Enero del 2003.
Se realizarán las pruebas y ajustes necesarios para la transmisión y recepción de los manifiestos de cargas, y sus rectificaciones por vía electrónica a partir del 1 de enero del 2003 y hasta el 28 de febrero del 2003.
Se exigirá, a todos los efectos, estrictamente lo que se dispone en la presente resolución por parte de las Aduanas a partir del 1 de marzo del 2003.
-
DECIMOSÉPTIMO: Se deroga la Resolución No. 17, de 16 de julio del 2001 y la Resolución No. 9 de 23 de julio de 1998, ambas del Jefe Aduana General de la República.
- DECIMOCTAVO: Comuníquese a todo el Sistema de Organos Aduaneros, al Ministerio del Transporte, al Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, al Ministerio de Comercio Exterior y a cuantas más personas naturales y jurídicas corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba para general conocimiento. Archívese el original en la Dirección de Asuntos Legales de esta Aduana General de la República.
Dada en la Aduana General de la República, en Ciudad de La Habana, a los tres días del mes de diciembre del dos mil dos.
Pedro Ramón Pupo Pérez
Jefe de la Aduana General
de la República
ANEXO No. 1
METODOLOGIA PARA EL TRATAMIENTO
DE LOS MANIFIESTOS Y RECTIFICACIONES EN LA ADUANA
I.- Sobre los formatos de Manifiestos y Rectificaciones
- I.1- El formato electrónico de presentación a la ADUANA será un fichero texto estructurado, cuya descripción y estructura se anexa (Ver ANEXO 1)
- I.2- El primer campo de la sección de Datos Generales del fichero texto definirá el tipo de mensaje de acuerdo a los códigos expuestos en el ANEXO 3 nomenclador No. 3.
- I.3- El número de Manifiesto tendrá la siguiente estructura:TPPPAACEEEE.
Donde:
| T: | Código de Tipo de Manifiesto según el nomenclador No. 1 expuesto en el Anexo 3. | | - | - | | PPP: | Código de Puerto según el nomenclador No. 2 de Puertos y Aeropuertos expuesto en el Anexo 3. | | AA: | Ultimos dos dígitos del año en curso | | C: | Número consecutivo distintivo del puerto de origen del Manifiesto | | EEEE: | Número de escala del Buque |
Ejemplo:
Primer manifiesto de importación recibido el año 2002 de un puerto dado de un buque que arribará al puerto de La Habana con número de escala 0045 - 10310210045
- I.4- Los Manifiestos y Rectificaciones se presentarán en ficheros ASCII con nombre con la siguiente estructura:
| Nombre: | Número de Manifiesto + "-" + Consecutivo de mensaje | | - | - | | Extensión: | Código del Tipo de Mensaje del Nomenclador No. 3 expuesto en el Anexo No. 3 |
Ejemplo:
Primer Manifiesto presentado de tipo provisional:10310210045-1.46
- I.5- El número de Rectificación tendrá la siguiente estructura: AAEEEECCCC
Donde:
| AA: | Ultimos dos dígitos del año en curso | | - | - | | EEEE: | Número de escala del Buque | | CCCC : | Consecutivo de mensaje de Manifiesto/Rectificación (Igual al campo 19 del bloque DATOS GENERALES del fichero de Manifiesto) |
- I.6- Se podrán enviar en un único fichero varias rectificaciones del mismo tipo, excepto en el caso de Cambio en la sección de Cabecera y siempre y cuando no se violen las reglas de la norma EDIFACT que se utiliza para el número de repeticiones, expuestas en la guía de usuario correspondiente.
- I.7- En los casos de ficheros de Manifiestos, los campos correspondientes a las Rectificaciones se enviarán en blanco.
II .-Sobre los formatos para las respuestas de aceptación/rechazo de Manifiestos y Rectificaciones
- II.1- El formato electrónico de presentación de la ADUANA será un fichero texto estructurado, cuya descripción y estructura se anexa (Ver ANEXO 2)
- II.2- El primer campo de la sección de CABECERA del fichero texto definirá el tipo de mensaje de acuerdo a los códigos expuestos en el ANEXO 2.
- II.3- El campo 7 de la sección de Cabecera del fichero texto definirá el tipo de Respuesta de acuerdo a los códigos expuestos en el ANEXO 2.
- II.4- El número de la Respuesta (campo 2 de la sección CABECERA) tendrá la siguiente estructura: T-CCCC
Donde:
| T: | Es el código del que envía la respuesta (A en el caso del Inspector de MTI y B desde el Sistema SADEM) | | - | - | | CCCC: | es el consecutivo del mensaje que se responde o lo que es lo mismo, consecutivo de mensaje de Manifiesto/Rectificación (Igual al campo 19 del bloque DATOS GENERALES del fichero de Manifiesto) |
Ejemplo: A-5 corresponde a la respuesta del mensaje No. 5 por parte del Inspector de MTI.
- II.5- Se podrán enviar hasta cincuenta (50) líneas de error por mensaje de respuesta. En caso de que se detecten más de cincuenta (50) habrá que generar y enviar más de un mensaje.
III.-Sobre el procedimiento para la presentación y tramitación de los Manifiestos y Rectificaciones.
- III.1- Los Manifiestos y Rectificaciones se harán llegar a la ADUANA de forma digital desde las Agencias Consignatarias directamente o a través de un Proveedor de Servicios, ambos previamente autorizados por la Aduana.
- III.2- El Agente consignatario del buque es quien conforma el número de Manifiesto utilizando el número de escala otorgado al buque antes de su arribo al puerto.
- III.3- El Manifiesto se considera presentado a la Aduana en la fecha y hora que se retire del buzón (Sitio FTP) correspondiente el fichero, se entregue en disquetes o sea recibido el correo electrónico.
- III.4- Los Manifiestos y Rectificaciones serán recepcionados inicialmente por el Inspector de Aduana (MTI), donde se realizará una revisión de su estructura y sintaxis. En caso de errores el sistema del Inspector genera un mensaje de respuesta correspondiente.
- III.5- Luego de la revisión inicial el Inspector hará llegar el Manifiesto o Rectificación al lugar de despacho donde se realiza una revisión y validación del contenido de cada campo. Siempre se genera un mensaje de Respuesta correspondiente que se hace llegar al Inspector y posteriormente éste lo envía al remitente.
- III.6- Los Manifiestos podrán ser PROVISIONALES o DEFINITIVOS.
- — Los PROVISIONALES se consideran aquellos que se les pueden hacer sustituciones completas del manifiesto presentado con anterioridad.
- — El manifiesto DEFINITIVO no puede ser sustituido por otro y solo permite rectificaciones. El estatus de DEFI- NITIVO es irrevocable y tendrá prioridad sobre cualquier intento de sustitución, aun cuando el Inspector haya recibido ya el mensaje de sustitución o no haya llegado a su destino el correspondiente mensaje de cambio de estado.
- III.7- El Manifiesto podrá hacerse DEFINITIVO durante las siguientes condiciones:
- — A través del envío de un mensaje de Confirmación (código 6 del campo 1 del bloque Datos Generales)
- — Al recibirse la primera Declaración de Mercancía del mismo en la Aduana (en este caso la Aduana genera un mensaje de respuesta) y
- — Al arribar el buque.
- III.8- Los Manifiestos y Rectificaciones se consideran RECHAZADOS en las siguientes circunstancias:
- a) Si presentan errores de estructura y/o sintaxis que hacen imposible su recepción y procesamiento en el sistema informático de la Aduana.
- b) Si se intenta enviar una sustitución de un manifiesto DEFINITIVO.
- c) Si faltan campos obligatorios dentro del mensaje.
- d) Si la estructura del Número de Manifiesto es incorrecta.
- e) Si se intenta realizar la confirmación de un Manifiesto inexistente.
Cuando el Manifiesto es RECHAZADO no se considera presentado legalmente ante la Aduana.
- III.9- Los Manifiestos y Rectificaciones se consideran ACEPTADOS CON ERRORES en los casos que presenten errores de otro tipo a los descritos en III.8.
Cuando el Manifiesto es ACEPTADO CON ERRORES se considera presentado ante la Aduana, pero no se podrá realizar el despacho de los BL que contengan los errores
hasta tanto se realicen las Rectificaciones correspondientes.
- III.10- Los Agentes podrán realizar sustituciones de los Manifiestos completos teniendo en cuenta las siguientes reglas:
- a) Si un Manifiesto se envía como PROVISIONAL (código 46 en el campo 1 del bloque Datos Generales) se aceptarán sustituciones posteriores del mismo siempre y cuando no se haya convertido en DEFINITIVO.
- b) Si un Manifiesto es DEFINITIVO se rechazarán sustituciones posteriores del mismo. Para enviar sustituciones completas siempre y cuando no haya arribado el barco o se hayan presentado declaraciones de mercancías, será necesario enviar previamente un mensaje de cancelación del Manifiesto y posteriormente el nuevo manifiesto.
ANEXO No. 2
ESTRUCTURA DEL FICHERO PLANO
PARA PRESENTAR LOS DATOS
DEL MANIFIESTO DE CARGA
Y RECTIFICACIONES A LA ADUANA
- I.A - Estructura general del fichero
BEGIN
Total de Bloques
Separador de Bloque Separador de Datos
Separador de Bloque
Bloque Datos Generales
Separador de Bloque
Bloque Datos de los Conocimientos
Separador de Bloque
Bloque Datos de las Partidas
Separador de Bloque
Bloque Datos del Equipamiento
Separador de Bloque
Bloque Datos de Relaciones
Separador de Bloque
END
- I.B - Estructura de los campos por Bloque. (Se incluye para cada campo la longitud máxima en dígitos).
(Para conocer de los nomencladores vea el Anexo No. 3)
DATOS GENERALES
| - 1.
| Tipo de Mensaje (Nomenclador No.3). | 3 | | - | - | - | | - 2.
| Número del Mensaje EDI. | 11 | | - 3.
| Cantidad de Consignatarios | 2 | | - 4.
| Nombre del Buque | 17 | | - 5.
| Nacionalidad del Buque (Nomenclador No.4). | 3 | | - 6.
| Número del Buque | 9 | | - 7.
| Número del Viaje | 17 | | - 8.
| Nombre y Apellidos del Capitán | 35 | | - 9.
| Línea Naviera | 35 | | - 10.
| Puerto de Inicio (Nomenclador No.5). | 6 | | - 11.
| Puerto Escala Anterior (Nomenclador No.5). | 6 | | - 12.
| Puerto Siguiente (Nomenclador No.5). | 6 | | - 13.
| Fecha de Salida (dd/mm/aa). | 8 | | - 14.
| Terminal de Carga/Descarga (Nomenclador No. 6) | 25 | | - 15.
| Fecha de recepción del Mensaje (dd/mm/aa) | 8 | | - 16.
| Hora de recepción del Mensaje (hh:mm) | 5 | | - 17.
| Número del Manifiesto EDI de referencia | 11 | | - 18.
| Código Consignatario (Nomenclador No. 16) | 17 | | - 19.
| Número de Orden del Mensaje | 4 |
DATOS DE LOS CONOCIMIENTOS
| - 1.
| Número de Orden del BL | 4 | | - | - | - | | - 2.
| Número del BL | 35 | | - 3.
| Tipo de BL (Nomenclador No. 7) | 3 | | - 4.
| Lugar de Origen (Nomenclador No. 5) | 6 | | - 5.
| Puerto de Carga de la Mercancía (Nomenclador No. 5) | 6 | | - 6.
| Puerto de Descarga de la Mercancía (Nomenclador | 6 | | - 7.
| Lugar de Destino de la Mercancía (Nomenclador No. 5). | 6 | | - 8.
| Transporte Anterior de la Carga (Nomenclador No. 8). | 3 | | - 9.
| Nombre del Buque Anterior | 17 | | - 10.
| Número del Viaje Anterior | 17 | | - 11.
| Puerto Anterior de la Carga (Nomenclador No. 5). | 6 | | - 12.
| Número del BL Anterior. | 35 | | - 13.
| Transporte Posterior de la Carga (Nomenclador No. 8). | 3 | | - 14.
| Embarcador | 114 | | - 15.
| País del Embarcador (Nomenclador No. 4). | 3 | | - 16.
| Receptor | 114 | | - 17.
| País del Receptor (Nomenclador No. 4). | 3 | | - 18.
| Primera parte a notificar | 114 | | - 19.
| País de la primera parte a notificar (Nomenclador No. 4). | 3 | | - 20.
| Segunda parte a notificar | 114 | | - 21.
| País de la segunda parte a notificar (Nomenclador No. 4). | 3 | | - 22.
| Datos del BL (Observaciones). | 350 | | - 23.
| Número de Orden del BL de Referencia | 4 | | - 24.
| Número del BL de Referencia | 35 | | - 25.
| Nuevo Número de Orden del BL (Solo para desgloses y agréguense) | 4 |
DATOS DE LAS PARTIDAS
| - 1.
| Número de Orden de la Partida | 5 | | - | - | - | | - 2.
| Total de Bultos de la Partida | 8 | | - 3.
| Tipo de Empaquetamiento (Nomenclador No. 9). | 2 | | - 4.
| Descripción de la Mercancía | 1750 | | - 5.
| Genérico de la Partida | 4 | | - 6.
| Peso | 18 | | - 7.
| Unidad de Medida del Peso. (Nomenclador No. 20) | 3 | | - 8.
| Volumen. | 18 | | - 9.
| Unidad de Medida del Volumen. (Nomenclador No. 20) | 3 | | - 10.
| Marcas y Etiquetas | 350 | | - 11.
| Código IMO (Nomenclador No. 10). | 7 | | - 12.
| Página IMDG. | 7 | | - 13.
| Número de Versión del Libro. | 10 |
| - 14.
| Número ONU. (Nomenclador No. 10). | 5 | | - | - | - | | - 15.
| Número de orden de la Partida de Referencia | 5 |
DATOS DEL EQUIPAMIENTO
| - 1.
| Número de Orden del Equipamiento | 5 | | - | - | - | | - 2.
| Número del Equipamiento | 17 | | - 3.
| Tipo de Equipamiento (Nomenclador No. 11). | 3 | | - 4.
| Dimensiones del Equipamiento (Nomenclador No. 12, No. 13 y No. 14). | 4 | | - 5.
| Estado del Equipamiento (Nomenclador No. 15). | 3 | | - 6.
| Tara del Equipamiento | 18 | | - 7.
| Sello del Equipamiento | 10 |
DATOS DE RELACIONES
| - 1.
| Número de Orden del BL | 4 | | - | - | - | | - 2.
| Número de Orden de la Partida | 5 | | - 3.
| Número de Orden del Equipamiento | 5 | | - 4.
| Cantidad de Bultos de la Partida en el Equipamiento | 8 |
- I.C - Descripción de los campos del fichero de Manifiesto/Rectificaciones
Datos Generales
- 1. Tipo de Mensaje.
Este campo indica la función del mensaje, esto es, si es un Manifiesto Definitivo, Provisional, una Rectificación de Cabecera, etc, de acuerdo al siguiente nomenclador:
Para Manifiestos:
| 1 | Cancelación de Manifiesto | | - | - | | 5 | Reemplazo de Manifiesto anterior | | 46 | Manifiesto provisional | | 47 | Manifiesto definitivo | | 6 | Confirmación de Manifiesto |
Para las Rectificaciones:
| 33 | Cambio en la sección de Cabecera | | - | - | | 4 | Cambio en la sección de BL | | 40 | Baja o Cancelación de BL | | 2 | Adición de Partida | | 3 | Cancelación de Partida | | 36 | Cambio en la sección de Partida/Equipamiento | | Z1 | Adición de BL | | Z2 | Desglose de BL |
- 2. Número del Mensaje.
Es el número del Manifiesto o Rectificación que se asigna en la Consignataria y que tiene la estructura que ya se acordó.
- 3. Cantidad de Consignatarios.
Este es un campo incluido para el caso de que varios consignatarios de mercancía acuerden utilizar el mismo medio de transporte en lo que se llama comúnmente un joint service. Indica el total de Consignatarios de mercancía. Actualmente siempre es uno, aunque en nuestro país se está comenzando a utilizar esta práctica, por ejemplo con el caso de la alianza CORAL-MELFI-TADAY.
- 4. Nombre del Buque.
Nombre actual del buque
- 5. Nacionalidad del buque.
Es lo que se conoce como la Bandera del buque, que identifica el país que en ese momento tiene registrado el buque por alguna institución naviera y se responsabiliza con algunos aspectos relativos al mismo. No significa que el buque trabaje para alguna agencia de ese país. Es bastante variable, en general.
- 6. Número del Buque.
Es el Call Sign (Distintivo de Llamada) del buque, un número asignado por la OMI a cada buque, que lo identifica de forma única y sirve para identificarlo en las comunicaciones por radio, llamadas de auxilio, etc.
- 7. Número de viaje.
Los viajes de cada buque de las líneas regulares se identifican por un consecutivo que comúnmente se inicializa en 1 en la primera salida del punto tomado como origen de la travesía por la línea naviera en cada año.
- 8. Nombre y apellidos del capitán.
Nombre y apellidos del capitán.
- 9. Línea naviera.
Es el nombre de la agencia naviera que opera en ese momento el buque.
- 10. Puerto de Inicio.
El puerto inicial de la ruta, comúnmente donde se embarcaron las mercancías y desde donde se envía el mensaje.
- 11. Puerto de escala anterior.
Puerto de donde proviene el buque al llegar al Puerto de Inicio.
- 12. Puerto Siguiente.
Puerto hacia donde se dirige el buque cuando sale del Puerto de Inicio.
- 13. Fecha de salida.
Fecha de salida del buque del Puerto de Inicio.
- 14. Terminal de carga/descarga.
Terminal donde el buque realizará la carga o descarga de las mercancías.
- 15. Fecha de recepción del mensaje.
Fecha de recepción del mensaje en el proveedor de servicios.
- 16. Hora de recepción del mensaje.
Hora de recepción del mensaje en el proveedor de servicios.
- 17. Número de Manifiesto de Referencia.
Número del Manifiesto sobre el cual se realizará la Rectificación que indica el mensaje. En el caso de que el mensaje sea un manifiesto, será igual al campo 2.
- 18. Código del Consignatario.
Código asignado al Consignatario que tramitará los manifiestos y Rectificaciones ante la Aduana. Será el emisor del mensaje. Queremos usar aquí, como acordamos el código del contribuyente.
- 19. Número de orden del mensaje.
Todos los mensajes relativos a un mismo manifiesto (Manifiestos y Rectificaciones) se identificarán con un consecutivo que comienza por 1 para el primer manifiesto que se envíe.
DATOS DE LOS CONOCIMIENTOS
- 1. Número de orden del BL.
Número que identifica de forma unívoca a un BL dentro
del mensaje. Es un consecutivo que comienza por 1 y puede alcanzar hasta el valor 9999.
- 2. Número del BL.
El número asignado por el consignatario de origen al documento de embarque (BL). No tiene porqué ser un númeroen sí, puede ser una expresión alfanumérica. Para cada puerto de embarque es una expresión única.
- 3. Tipo de BL.
Un código que indica el tipo de carga que ampara el BL. Hasta ahora tenemos:
| ZZ1 | Mercancías | | - | - | | ZZ2 | Pasajeros y vehículos en régimen de pasaje | | ZZ3 | Contenedores vacíos | | ZZ4 | Cover |
- 4. Lugar de Origen.
El lugar de origen de la mercancías según el BL. Puede ser o no un puerto. Cuando no se conoce, o no se quiere especificar por razones comerciales u otras, se omite o se pone el lugar de embarque.
- 5. Puerto de Carga de la Mercancía.
Puerto donde se carga la mercancía en el buque del BL dado.
- 6. Puerto de Descarga de la Mercancía.
Puerto donde se descargará la mercancía del BL dado.
- 7. Lugar de Destino de la Mercancía.
Lugar de destino de la mercancía según el BL. Comúnmente se entiende el lugar donde se realizará el despacho aduanero de las mercancías.
- 8. Transporte anterior de la carga.
Código que indica el tipo de transporte en que arribó la mercancía del BL dado al puerto de Carga.
- 9. Nombre del Buque Anterior.
Nombre del Buque en que arribó la mercancía del BL dado al puerto de carga.
- 10. Número de viaje anterior.
Número del viaje del Buque en que arribó la mercancía del BL dado al puerto de carga.
- 11. Puerto anterior de la carga.
Puerto de donde se cargó la mercancía en el Buque que arribó al puerto de carga.
- 12. Número de BL anterior.
Número del BL que amparó la entrada de la mercancía al puerto de carga.
NOTA: Los cuatro campos anteriores se refieren a la mercancía que entró al puerto de carga vía marítima (campo 8=ZZ1)
- 13. Transporte posterior de la Carga.
Código que indica el tipo de transporte en que saldrá la mercancía del puerto de descarga. (Códigos igual que el campo 8)
- 14. Embarcador, (Shipper).
Nombre, dirección y otros datos de la empresa o persona que embarca la mercancía en el puerto de carga. (Comúnmente: Exportador)
- 15. País del Embarcador.
País donde opera el embarcador. (Comúnmente el país donde está el puerto de embarque)
- 16. Receptor, Consignee.
Nombre, dirección y otros datos de la empresa o persona a la que está consignada la mercancía. (Comúnmente: Importador, Transitario)
- 17. País del Receptor.
País donde opera el Receptor.
- 18. Primera parte a Notificar, Notify Party.
Nombre, dirección y otros datos de la empresa o persona a la que se debe notificar el arribo de la mercancía.
- 19. País de la primera parte a Notificar
País donde opera el Notificado No.1
- 20. Segunda parte a Notificar, Notify Party.
Nombre, dirección y otros datos de una segunda empresa o persona a la que se debe notificar el arribo de la mercancía.
- 21. País de la segunda parte a Notificar.
País donde opera el Notificado No.2
- 22. Datos del BL.
Observaciones u otros datos de interés relativos al BL dado.
- 23. Número de Orden del BL de Referencia.
Número de orden del BL, en el Manifiesto original, que se rectifica. Se utiliza siempre que el mensaje sea una Rectificación, excepto en los casos: Cambio a nivel de cabecera y Adición de BL.
- 24. Número de BL de Referencia.
Número de BL, en el Manifiesto original, que se rectifica. Se utiliza siempre que el mensaje sea una Rectificación, excepto en los casos: Cambio a nivel de cabecera y Adición de BL.
- 25. Nuevo número de orden del BL.
Es el nuevo número de orden del BL que se adiciona al manifiesto original, ya sea por una Adición de BL o por un desglose de un BL original. Se utilizará sólo en estos casos.
DATOS DE LAS PARTIDAS
- 1. Número de Orden de la partida.
Número consecutivo que identifica la partida dentro del mensaje. Puede haber hasta 999 partidas por cada BL, aunque la numeración no se inicializa por cada BL. Comúnmente cada partida dentro de un BL se identifica por un tipo de mercancía dada embalada de una forma dada.
- 2. Total de bultos de la partida.
Total de bultos que conforman la partida de mercancía.
- 3. Tipo de empaquetamiento.
Nomenclador que indica el tipo de embalaje de la partida dada.
- 4. Descripción de la mercancía.
Descripción literal de las mercancías.
- 5. Genérico de la partida.
Los cuatro primeros dígitos del código armonizado de la partida, éste se comenzará a utilizar cuando la Aduana lo indique.
- 6. Peso.
Es el peso bruto de la partida (Peso de las mercancías + embalaje) en Kilogramos.
- 7. Unidad de medida del peso.
Nomenclador para indicar la unidad de medida del peso.
- 8. Volumen
Volumen bruto de la partida.
- 9. Unidad de medida del Volumen
Nomenclador para indicar la unidad de medida del volumen.
- 10. Marcas y etiquetas.
Marcas, instrucciones inscritos en los bultos.
- 11. Código IMO.
Código internacional para la mercancía peligrosa, denominado comúnmente Clase IMO.
- 12. Página IMDG.
Número de página IMDG de la mercancía peligrosa
- 13. Número de versión.
Número de versión de la codificación para la mercancía peligrosa.
- 14. Número ONU.
Número ONU asignado a la mercancía peligrosa.
- 15. Número de orden de la partida de referencia.
Número de orden de la Partida, en el Manifiesto original, que se rectifica para el caso de Cambio en la Sección de Partida/Equipamiento y Cancelación de Partida. Para los casos Adición de BL, Adición de Partida y Desglose, indica el nuevo número de orden con que se agrega la partida al Manifiesto original.
DATOS DEL EQUIPAMIENTO
- 1. Número de Orden del equipamiento.
Es un número consecutivo.
- 2. Número del equipamiento.
Matrícula del contenedor u otro equipo donde viene la mercancía de la partida dada.
- 3. Tipo de equipamiento.
Código para identificar el tipo de equipamiento (Contenedor, etc.)
- 4. Dimensiones del equipamiento.
Para el caso de contenedores, código que identifica el tipo y tamaño.
- 5. Estado del equipamiento.
Código para identificar un indicador de Lleno/Vacío.
| 4 | Vacío | | - | - | | 7 | Lleno con varias partidas de BL diferentes (LCL) | | 8 | Lleno con una partida (FCL) | | Z | Equipamiento lleno con otro equipamiento |
- 6. Tara del equipamiento.
Peso del equipamiento vacío.
- 7. Sello del equipamiento
Sellos del equipamiento.
DATOS DE RELACIONES
- 1. Número de Orden del BL
Número de Orden del BL referido al Bloque de BL
- 2. Número de Orden de la Partida
Número de Orden de la Partida referido al Bloque de Partidas
- 3. Número de Orden del Equipamiento
Número de Orden del Equipamiento referido al bloque de Equipamientos
- 4. Cantidad de bultos de la Partida en el Equipamiento.
Cantidad de bultos de la partida que vienen en el equipamiento. Si la partida viene en varios equipos, la suma de todos los bultos incluidos en ellos será igual al valor del campo 2 del Bloque de Partidas. (Total de bultos de la partida).
- I.D - ESTRUCTURA DE LOS FICHEROS PLANOSPOR TIPO DE MENSAJE
Manifiesto de carga contenerizada (Provisional, Definitivo, Reemplazo)
BEGIN
Total de Bloques (5)
Separador de Bloque, Separador de Datos
Separador de Bloque
Bloque Datos Generales
Separador de Bloque
Bloque Datos de los Conocimientos
Separador de Bloque
Bloque Datos de las Partidas
Separador de Bloque
Bloque Datos del Equipamiento
Separador de Bloque
Bloque Datos de Relaciones
Separador de Bloque
END
Manifiesto de carga sin equipamientos (Provisional, Definitivo, Reemplazo)
BEGIN
Total de Bloques (4)
Separador de Bloque Separador de Datos
Separador de Bloque
Bloque Datos Generales
Separador de Bloque
Bloque Datos de los Conocimientos
Separador de Bloque
Bloque Datos de las Partidas
Separador de Bloque
Bloque Datos de Relaciones
Separador de Bloque
END
Cancelación de Manifiesto, Confirmación de Manifiesto
BEGIN
Total de Bloques (1)
Separador de Bloque Separador de Datos
Separador de Bloque
Bloque Datos Generales
Separador de Bloque
END
Cambio en la sección de Cabecera
BEGIN
Total de Bloques (1)
Separador de Bloque Separador de Datos
Separador de Bloque
Bloque Datos Generales
Separador de Bloque
END
Cambio en la Sección de BL, Cancelación de BL
BEGIN
Total de Bloques (2)
Separador de Bloque Separador de Datos
Separador de Bloque
Bloque Datos Generales
Separador de Bloque
Bloque Datos de los Conocimientos
Separador de Bloque
END
Cambio en la Sección de Partida/Equipamiento, Adición de Partida, Cancelación de Partida, Adición de BL, Desglose de BL
BEGIN
Total de Bloques (5)
Separador de Bloque Separador de Datos
Separador de Bloque
Bloque Datos Generales
Separador de Bloque
Bloque Datos de los Conocimientos
Separador de Bloque
Bloque Datos de las Partidas
Separador de Bloque
Bloque Datos del Equipamiento
Separador de Bloque
Bloque Datos de Relaciones
Separador de Bloque
END
- I.E - EJEMPLO DE FICHERO
BEGIN
5
+;
+
47;70310210002;1;NENÚFAR ATLANTICO;AG;V2 BA5;V- 01;;VARIAS;ESVLC;ESBCN;ESBCN;19/08/02;TCH;27/0 8/02;14:40;70310210002;AGH;1;
+
1;3;ZZ1;ESVLC;ESVLC;MXPGO;MXPGO;;;;;;ZZ2;STON E & EQUIPMENT-7168 SW 47 TH STREETMIAMI, FL 33155 TEL: 305--ES;;PRIMA FREE TRADE CANCUNM S.A.DE C.V.-ATTN:DINO PRIMATESTA BLVD. LUIS DNALDO COLOSIO KM. 11.5 B LOCAL 1,EJIDO ALFMEXICO RFMX;;PRIMA FREE TRADE CANCUNM S.A.DE C.V.-ATTN:DINO PRIMATESTA BLVD. LUIS DNALDO COLOSIO KM. 11.5 B LOCAL 1,EJIDO ALFMEXICO RFMX;;;;FREIGHT PREPAID.FINAL DESTINATION: CANCUN64;;;;
2;4;ZZ1;ESVLC;ESVLC;MXPGO;MXPGO;;;;;;ZZ2;STON E & EQUIPMENT-7168 SW 47 TH STREETMIAMI, FL 33155 TEL: 305--ES;;PRIMA FREE TRADE CANCUNM S.A.DE C.V.-ATTN:DINO PRIMATESTA BLVD. LUIS DNALDO COLOSIO KM. 11.5 B LOCAL 1,EJIDO ALFMEXICO RFMX;;PRIMA FREE TRADE CANCUNM S.A.DE C.V.-ATTN:DINO PRIMATESTA BLVD. LUIS DNALDO COLOSIO KM. 11.5 B LOCAL 1,EJIDO ALFMEXICO RFMX;;;;FREIGHT PREPAID.FINAL DESTINATION: CANCUN64;;;;
+
1;24;FR;S.T.C. 24 PALLETSMARMOL;1001;20500;KGM;;;;;;;;;
2;24;FR;S.T.C. 24 PALLETSMARMOL;1001;20500;KGM;;;;;;;;;
+
1;CLHU2042413;CN;2200;8;2000;106766;
2;CLHU2281803;CN;2200;8;2000;106715;
+
1;1;1;24;
2;2;2;24;
+
END
ESTRUCTURA DEL FICHERO PLANO
PARA PRESENTAR LAS RESPUESTAS
A LOS MANIFIESTOS Y RECTIFICACIONES DESDE LA ADUANA
- 2.A - ESTRUCTURA GENERAL DEL FICHERO
BEGIN
Total de Bloques
Separador de Bloque Separador de Datos
Bloque de Cabecera
Separador de Bloque
Bloque de Errores
Separador de Bloque
END
- 2.B - ESTRUCTURA DE LOS CAMPOS POR BLOQUE. (SE INCLUYE PARA CADA CAMPO LA LONGITUD MAXIMA EN DIGITOS).
CABECERA
| - 1.
| Tipo de Documento (Nomenclador No. 3). | 3 | | - | - | - | | - 2.
| Número del Documento | 11 | | - 3.
| Número del Documento de referencia | 11 | | - 4.
| Código del Consignatario (Nomenclador No. 16). | 17 | | - 5.
| Fecha de Aceptación/Rechazo | 8 | | - 6.
| Hora de Aceptación/Rechazo. | 5 | | - 7.
| Tipo de Respuesta (Nomenclador No. 17). | 3 |
ERRORES
| - 1.
| Sección donde ocurre el error (Nomenclador No. 18). | 2 | | - | - | - | | - 2.
| Número de línea donde ocurre el error | 5 | | - 3.
| Número de campo donde ocurre el error | 2 | | - 4.
| Número de orden del BL de referencia | 4 | | - 5.
| Número de orden de la partida de referencia. | 5 | | - 6.
| Código de error (Nomenclador No. 19). | 3 |
- 2.C - DESCRIPCION DE LOS CAMPOS DEL FICHERO DE RESPUESTAS.
CABECERA
- 1. Tipo de documento.
Nomenclador para indicar el tipo general de respuesta.
| 962 | Respuesta | | - | - | | 963 | Respuesta de error |
- 2. Número del Documento.
Número identificativo del mensaje de respuesta.
- 3. Número de Documento de Referencia.
Número del Manifiesto o Rectificación que se responde.
- 4. Código del Consignatario.
NIF del Consignatario que tramitó el Manifiesto o Rectificación que se responde.
- 5. Fecha de Aceptación/Rechazo.
Fecha en que el mensaje de respuesta llega al Proveedor de Servicios.
- 6. Hora de Aceptación/Rechazo.
Hora en que el mensaje de respuesta llega al Proveedor de Servicios.
- 7. Tipo de Respuesta.
Nomenclador para especificar el tipo específico de respuesta.
| 2 | Manifiesto Rechazado | | - | - | | 9 | Manifiesto Aceptado | | 15 | Rectificación Aceptada | | 16 | Rectificación Rechazada | | ZZ | Cambio de estado del Manifiesto |
ERRORES
- 1. Sección donde ocurre el error.
Identificación del bloque en el fichero de Manifiestos o Rectificación donde se detectó el error. Se identificarán de la siguiente forma:
| 0 | Fichero | | - | - | | 1 | Sección Cabecera | | 2 | Sección de BLs | | 3 | Sección de Partidas | | 4 | Sección de Equipamiento | | 5 | Sección de Relaciones |
- 2. Número de Línea donde ocurre el error.
Número ordinal de la línea dentro del bloque dado donde se detecta el error. Las líneas comienzan a numerarse por 1 (uno) dentro de cada sección.
- 3. Número del campo donde ocurre el error.
Número ordinal del campo, en la línea dada, donde se detecta el error. Los campos comienzan a numerarse por 1 (uno) dentro de cada línea.
- 4. Número de Orden del BL de referencia.
En los casos que los errores se detecten dentro de las secciones de Conocimiento, Partidas, Equipamiento o Relaciones, se indicará el número de orden de BL correspondiente.
- 5. Número de Orden de la Partida de referencia.
En los casos que los errores se detecten dentro de las secciones de Partidas, Equipamiento o Relaciones, se indicará el número de orden de la Partida correspondiente.
- 6. Código de error.
Nomenclador que indica el tipo de error encontrado.
- 2.D - ESTRUCTURA DE LOS FICHEROS PLANOS POR TIPO DE MENSAJE
RESPUESTA
BEGIN
Total de Bloques (1)
Separador de Bloque Separador de Datos
Bloque de Cabecera
Separador de Bloque
END
RESPUESTA DE ERROR
BEGIN
Total de Bloques (2)
Separador de Bloque Separador de Datos
Bloque de Cabecera
Separador de Bloque
Bloque de Errores
Separador de Bloque
END
ANEXO 3
TABLAS Y REFERENCIAS
DE LOS NOMENCLADORES UTILIZADOS
EN LOS MENSAJES DE MANIFIESTOS, RECTIFICACIONES Y RESPUESTAS
DE ADUANA
| No. | Descripción del Nomenclador | Nombre de la tabla | | - | - | - | | 1 | Tipo de Manifiestos | T_Manifiesto | | 2 | Puertos y Aeropuertos | Puertos | | 3 | Tipo de Mensaje | T_Mensaje | | 4 | Países | País | | 5 | Localidades | L_Embarque | | 6 | Terminales de Carga o Descarga | Atraques | | 7 | Tipos de BL | T_BL | | 8 | Tipo de Transporte | Modo_Tpte | | 9 | Tipo de Empaquetamiento | Embalaje | | 10 | Sustancias peligrosas | IMO | | 11 | Tipo de Equipamiento | T_Equipamiento | | 12 | Longitud de los contenedores | L_Contenedor | | 13 | Altura de los contenedores | A_Contenedor | | 14 | Características de los contenedores | C_Contenedor | | 15 | Estado del Equipamiento | E_Equipamiento | | 16 | Entidades | Entidad | | 17 | Tipo de respuesta | T_Respuesta | | 18 | Sección donde ocurre el error | Seccion_Mfto | | 19 | Códigos de errores | Errores | | 20 | Unidades de Medidas | Unidad |
Estas tablas pueden descargarse de los Sitios previstos para las tablas de control del Sistema de Despacho Comercial (SADEM).