Resolución 747
La Resolución No. 747 regula la certificación de viviendas en Cuba, emitida por el Instituto Nacional de la Vivienda. Establece procedimientos y requisitos para la certificación de descripción y tasación de viviendas.
- Los Jefes de las Oficinas del Arquitecto de la Comunidad están facultados para certificar la descripción y tasación de viviendas.
- El Departamento de Control del Fondo de las direcciones municipales de la Vivienda ejercerá control sobre la aplicación de los procedimientos vigentes.
- Las certificaciones de descripción y tasación tienen validez por un año a partir de su firma.
- Se establecen proformas para la certificación de descripción y tasación de viviendas.
- Las copias certificadas de las certificaciones pueden ser solicitadas dentro del año de vigencia.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 747
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POR CUANTO: La Ley No. 65, Ley General de la Vivienda, de 23 de diciembre de 1988, en su Disposición Final Primera, ratificó la creación del Instituto Nacional de la Vivienda como el Organismo de la Administración Central del Estado encargado de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la vivienda, y según lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto-Ley No. 147, de 21 de abril de 1994, se adscribe al Ministerio de la Construcción extinguiéndose como Organismo de la expresada Administración, pero con idénticas funciones.
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POR CUANTO: De conformidad con lo expuesto en el artículo 42 de la Ley 65, Ley General de la Vivienda, de 23 de diciembre de 1988, la Dirección Municipal de la Vivienda será la que fije el precio legal de acuerdo con las bases que establezca el Consejo de Ministros, a propuesta del Comité Estatal de Precios.
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POR CUANTO: La Resolución Conjunta No. 11, de 5 de julio del 2002, emitida por el Instituto Nacional de la Vivienda y el Ministerio de Finanzas y Precios, en su Apartado Primero dispone que en todos los casos que por su naturaleza se requiera la certificación del precio legal de la vivienda para cualquier trámite jurídico, se determinará previamente el estado técnico-constructivo del inmueble.
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POR CUANTO: En el artículo 2 de la Resolución No. 325, de 19 de junio del 2001, dictada por el Presidente del Instituto Nacional de la vivienda se reitera que el Programa del Arquitecto de la Comunidad es parte integrante del sistema de la vivienda y en su artículo 4 expresa que las oficinas provinciales y municipales del Arquitecto de la Comunidad están administrativamente subordinadas al Director provincial o municipal de la Vivienda correspondiente.
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POR CUANTO: En la actualidad el Departamento de Control del Fondo de las direcciones municipales de la Vivienda y el Arquitecto de la Comunidad están tramitando las certificaciones sobre la descripción y tasación para determinar el precio legal de las viviendas, pero sólo las certifica el primero, requiriéndose facultar a los jefes de las Oficinas del Arquitecto de la Comunidad para firmar las certificaciones que se emitan por éstas.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Facultar a los Jefes de las Oficinas del Arquitecto de la Comunidad para certificar la descripción y tasación de viviendas que se tramiten ante las referidas Oficinas, que será eficaz para todos los trámites y ante todos los funcionarios que lo requieran.
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SEGUNDO: El Departamento de Control de Fondo de las direcciones municipales de la Vivienda, a la vez que siguen prestando este servicio, ejercerán el control sobre la aplicación de los procedimientos vigentes para la determinación del precio legal de las viviendas por las Oficinas del Arquitecto de la Comunidad.
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TERCERO: Las Certificaciones de Descripción y Tasación de viviendas tienen validez por un año a partir de su firma. Dentro del año de su vigencia las personas que recibieron el servicio podrán solicitar a la oficina de Arquitecto de la Comunidad o al Departamento de Control de Fondo copias certificadas que surtirán todos los efectos legales, excepto que se hallan ejecutado nuevas acciones constructivas con posterioridad al cálculo original, en cuyo caso se requiere una nueva Certificación.
En el supuesto que se soliciten copias certificadas, el funcionario actuante exigirá que conste en la propia solicitud o contrato de servicio la declaración del solicitante donde exprese que con posterioridad a la última descripción y tasación no ha ejecutado acciones constructivas en la vivienda, lo que será verificado por los funcionarios actuantes.
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CUARTO: Poner en vigor las proformas para la “Certificación de descripción y tasación de vivienda”, que se anexan formando parte integrante de la presente Resolución.
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QUINTO: Comuníquese a las Direcciones provinciales y municipales de la Vivienda, a los Organismos de la Administración Central del Estado, y a cuantos corresponda para su cumplimiento.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la ciudad de La Habana, a los 13 días, del mes de diciembre del 2002.
Víctor Ramírez Ruíz
Presidente del Instituto Nacional
de la Vivienda
PROGRAMA ARQUITECTO DE LA COMUNIDAD
CERTIFICACION DE DESCRIPCION Y TASACION DE VIVIENDAS
PROVINCIA ___________________
No. ORDEN _______________
MUNICIPIO ____________________
No. CLIENTE ______________
El Jefe del Programa del Arquitecto de la Comunidad del Municipio de ______________ con domicilio legal en ________________________________________________ ___________
CERTIFICO: Que las características y Precio Legal de la vivienda sita en la Calle:
_________________ No. __________ Apto. ___________ e/___________ y ___________ Barrio_______________ son las siguientes:
- a) DESCRIPCION SEGUN DOCUMENTO LEGAL:
Tipo de inmueble:_____________________________ Cantidad de plantas_________
Distribución: _____________________________________
________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________
- b) DESCRIPCION FISICA DE LA VIVIENDA:
Tipo de inmueble:_______________________ Cantidad de plantas ___________
Distribución: _____________________________________
________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________
- c) CARACTERISTICAS DE LA CONSTRUCCION:
Muros_________________ Carpintería: ______________
Entrepisos: ______________ Pisos: ___________________ Cubiertas ________________________________________
Año de Construcción: _______________Area superficie útil: _______________ M2
Estado técnico: Bueno ________ Regular____________ Malo______________
- d) PRECIO LEGAL CALCULADO _________________ PESOS.
Dado en la ciudad de La Habana, a los ______ días del mes de ______________________________ del ________ “ Año de “
Confeccionado por:_____________ Cargo: _____________
Firma: ______________
Aprobado por: ________________ Cargo: _____________
Firma: ______________
Nota: Para su validez se requiere de un sello del timbre por valor de 5.00 pesos.
DIRECCION MUNICIPAL DE LA VIVIENDA
CERTIFICACION DE DESCRIPCION Y TASACION DE VIVIENDAS
PROVINCIA: ___________________
No. ORDEN : __________
MUNICIPIO: ___________________
No. CLIENTE: __________
El Jefe del Departamento de Control del Fondo de la Dirección Municipal de Vivienda de ____________________, con domicilio legal en ______________________________
CERTIFICO: Que las características y Precio Legal de la vivienda sita en la Calle:
_________________ No. __________ Apto. ___________ e/________________ y ____________________ Barrio________________________ son las siguientes:
- a) DESCRIPCION SEGUN DOCUMENTO LEGAL:
Tipo de inmueble:__________________________ Cantidad de plantas_________
Distribución: _____________________________________
________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________
- b) DESCRIPCION FISICA DE LA VIVIENDA:
Tipo de inmueble:_______________________ Cantidad de plantas ___________
Distribución: _____________________________________
________________________________________________ ________________________________________________ ________________________________________________
- c) CARACTERISTICAS DE LA CONSTRUCCION:
Muros________________ Carpintería: _______________ Entrepisos: ______________ Pisos: ___________________ Cubiertas ________________________________________
Año de Construcción: ______________ Area superficie útil: _______________ M2
Estado técnico: Bueno ________ Regular____________ Malo______________
- d) PRECIO LEGAL CALCULADO _________________
PESOS.
Dado en la ciudad de La Habana, a los ______ días del mes de _______________________________ de ________ “ Año de “
Confeccionado por: ______________ Cargo: ___________
Firma: ___________
Aprobado por: __________________ Cargo: ___________
Firma: ___________
Nota: Para su validez se requiere de un sello del timbre por valor de 5.00 pesos.