Resolución 57/2005
Texto íntegro
RESOLUCION No. 57/2005
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 9 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley Nro. 67 de fecha 19 de abril de 1983, "De la Organización de la Administración Central del Estado" en su artículo 33 establece que los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los Viceministros Primeros.
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POR CUANTO: El Acuerdo Nro. 4002, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de abril del 2001, en su Apartado SEGUNDO numeral 9, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración Central del Estado, para “Evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia del Sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica, proponer o pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los Centros de Investigación y las Entidades de Servicios Científicos-Tecnológicos, incluyendo lo referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación”.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución Nro.101/01 de fecha 29 de octubre de 2001, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se modifica el objeto de la Unidad Presupuestada denominada “Centro de Protección e Higiene de las Radiaciones”, en forma abreviada CPHR, integrante de la Agencia de Energía Nuclear, perteneciente al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación mediante su Resolución Nro. 495/04 de 30 de diciembre de 2004, aprobó la modificación del objeto de la Unidad Presupuestada denominada “Centro de Protección e Higiene de las Radiaciones”, en forma abreviada CPHR, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Modificar el Apartado Primero de la Resolución No. 101/01 de fecha 29 de octubre de 2001, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en todo cuanto a objeto social se refiere, el cual queda redactado de la forma siguiente:
Modificar el objeto de la Unidad Presupuestada con esquema de autofinanciamiento denominada "Centro de Protección e Higiene de las Radiaciones" identificada a todos los efectos legales con las siglas CPHR, que mantiene su domicilio legal en Carretera Cantera "Victoria II", Km. 2½, Municipio Guanabacoa, provincia Ciudad Habana, dispone de patrimonio propio y personalidad jurídica independiente y es integrante de la Agencia de Energía Nuclear y Tecnologías de Avanzada, perteneciente a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, que en lo sucesivo, es el siguiente:
- a) Prestar servicios de vigilancia radiológica individual del personal ocupacionalmente expuesto a las radiaciones ionizantes, mediante la dosimetría externa e interna, en moneda nacional.
- b) Ofrecer servicios de vigilancia radiológica ambiental en el territorio nacional, en moneda nacional.
- c) Ofrecer servicios de ensayos de laboratorio para estimación del contenido de radioactividad y la vigilancia radiológica a las entidades que lo requieran, en moneda nacional y divisa.
- d) Brindar servicios de recogida, tratamiento y almacenamiento centralizado prolongado, de desechos radioactivos y fuentes radiactivas en desuso, en moneda nacional.
- e) Prestar servicios de calibración de las fuentes e instrumentos de medición de las radiaciones ionizantes, en moneda nacional y divisas, según las regulaciones de la Oficina Nacional de Normalización.
- f) Prestar servicios de verificación legal de las fuentes e instrumentos de medición de las radiaciones ionizantes, en moneda nacional, según las regulaciones de la Oficina Nacional de Normalización.
- g) Ofrecer servicios de asesoría a las instituciones médicas en la implantación de programas de garantía de calidad en medicina nuclear, radioterapia y radiodiagnóstico, en moneda nacional.
- h) Brindar servicios de asesoría sobre radiaciones ionizantes en materia de seguridad y protección radiológica, en moneda nacional.
- i) Prestar servicios de asesoría al sistema de atención médica de los trabajadores ocupacionalmente expuestos y de los afectados en situaciones de emergencia radiológica, en moneda nacional.
- j) Ofrecer servicios de dosimetría biológica en situaciones radiológicas o nucleares anormales en moneda nacional.
- k) Brindar servicios de asistencia científico técnica al órgano regulador nacional en la esfera de la protección y seguridad radiológica, en moneda nacional.
- l) Ejecutar proyectos de investigaciones para el desarrollo de la seguridad radiológica del país y de otros campos o servicios vinculados a la protección de las personas y el medio ambiente que requieran su implementación, en moneda nacional.
- m) Realizar proyectos o brindar servicios relacionados con la administración de riesgos y gestión e ingeniería ambiental, en moneda nacional.
- n) Brindar servicios productivos de química fina y su transportación para garantizar el aseguramiento material de la gestión de desechos radioactivos y la seguridad radiológica, en moneda nacional.
- o) Ofrecer servicios de fumigación y de aplicación de productos de química fina para la protección ambiental, vegetal o animal, en moneda nacional y divisa.
- p) Prestar servicios de asesoría técnica en la aplicación de productos de química fina y fumigación para la protección medioambiental, en moneda nacional.
- q) Realizar servicios de prospección de yacimientos de uranio, en moneda nacional.
- r) Ofertar y organizar cursos de postgrados y adiestramientos especializados en temáticas radiológicas y radiactivas, en moneda nacional.
- s) Ofrecer servicios como entidad empleadora de la Empresa Mixta ZELLSANID S.A., en moneda libremente convertible.
- t) Brindar servicios científico técnicos en el campo de la evaluación y remediación de impacto ambiental, la implantación de sistemas de garantía de la calidad, la implementación de sistemas de gestión de recursos humanos y el desarrollo de software en estos temas, en moneda nacional.
- u) Ofrecer servicios de ensayo de laboratorio empleando las capacidades disponibles en la organización, en moneda nacional y divisa.
- v) Prestar servicios de transportación para sus trabajadores, en moneda nacional y divisa.
- w) Brindar servicios de cafetería y comedor a sus trabajadores, en moneda nacional.
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SEGUNDO: La Resolución Nro. 101/01 de fecha 29 de octubre de 2001, de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, se mantiene en vigor, en todo cuanto no se oponga a lo que por la presente se dispone.
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TERCERO: La presente Resolución surte efectos a partir de los tres días naturales posteriores a la fecha de su firma.
- Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, al Director del Centro de Protección e Higiene de las Radiaciones, a los Viceministros de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los Ministerios del Comercio Interior y Exterior, de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social, al Banco Central de Cuba, a la Oficina Nacional de Estadísticas y a cuantas más personas naturales y jurídicas corresponda conocer lo dispuesto. Archívese, el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA, en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Ciudad de La Habana a los 12 días del mes de mayo del año 2005.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
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