Resolución 57/2020

Modificación temporal del precio minorista de tanques para agua

Organismo
Ministerio del Comercio Interior
Fecha emisión
2020-05-08
Publicada en
Gaceta No. 26 Extraordinaria de 2020 (2020-05-15)
Páginas
3–4
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Resumen generado por IA

La Resolución 57/2020 del Ministerio del Comercio Interior modifica temporalmente el precio minorista de tanques para agua en pesos cubanos (CUP) para damnificados en los municipios de Florida y Céspedes de la provincia de Camagüey.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 57/2020

POR CUANTO: La Resolución 399, del 12 de diciembre del 2011, dictada por laministra de Finanzas y Precios, faculta a la ministra del Comercio Interior, para aprobarlos precios a la población en pesos cubanos (CUP), de los materiales para la construccióny otros materiales para la construcción, reparación y conservación de viviendas, que secontraten por las empresas del Sistema del Comercio Interior con los diferentes sumi-nistradores, para las ventas liberadas a la población y que sean circulados en más de unaprovincia.

POR CUANTO: Teniendo en cuenta los severos daños provocados por el paso de latormenta local severa del 30 de abril de 2020, en los municipios de Florida y Céspedesde la provincia de Camagüey y con el objetivo de brindar protección económica a las fa-milias afectadas, el acuerdo No. 8836, de 2 de mayo de 2020, del Consejo de Ministros,aprobó la rebaja del setenta por ciento (70%) a los precios minoristas de los tanques deagua que se venden a los damnificados, por el paso de la tormenta local severa que azotóa los mencionados municipios, que conlleva a multiplicadores entre tres (3) y seis (6) paralos diferentes surtidos.

POR CUANTO: Por lo referido anteriormente, resulta necesario efectuar una modi-ficación temporal del precio minorista en pesos cubanos CUP, del producto tanque paraagua de plástico y asbesto cemento, que se comercializa en las tiendas de ventas de ma-teriales para la construcción y los mercados de artículos industriales, con destino a losdamnificados de los municipios afectados por este evento meteorológico.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el inciso d),del artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Aprobar la modificación temporal del precio minorista en pesos cubanosCUP, para su comercialización en las tiendas de ventas de materiales para la construcción

300

y los mercados de artículos industriales, con destino a los damnificados de los municipiosde Florida y Céspedes de la provincia de Camagüey, afectados por el paso de la tormentalocal severa del 30 de abril de 2020; de los productos siguientes:

SEGUNDO: Encargar a las direcciones de Venta Minorista y de Economía de este Organismo, evaluar mensualmente la necesidad de mantener la vigencia de estos precios,e informar a quien resuelve su resultado.

DESE CUENTA al gobernador de la provincia de Camagüey y a la ministra de Finanzasy Precios.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo.

DADA en La Habana, a los 8 días del mes de mayo de 2020.

Betsy Díaz Velázquez

Ministra del Comercio Interior