Resolución 582/2015

Renovación de Licencia a Cooperativa de Construcción y Mantenimiento de Obras COCOMO LA TRINIDAD

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 52 Ordinaria de 2015 (2015-11-26)
Páginas
21–22
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La Resolución No. 582/2015 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de la licencia a la Cooperativa de Construcción y Mantenimiento de Obras COCOMO LA TRINIDAD. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción, Ing. René Mesa Villafaña, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 582/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptadopor el Consejo de Ministros, establece en-tre las funciones específicas del Ministeriode la Construcción, las de inscribir y otor-gar licencias a personas jurídicas, cubanasy extranjeras que pretendan actuar comocontratista, constructor, proyectista, con-sultor, administrador de proyectos, reali-zar investigaciones ingenieras, construir oparticipar en cualquier forma que material-mente signifique prestar servicios relacio-nados con la construcción en la Repúblicade Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modifica-da por esta propia autoridad por la Resolu-ción No. 184 de 29 de mayo de 2014, creóla Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba ypuso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Cooperativa de Construcción y Mantenimiento de ObrasCOCOMO LA TRINIDAD, con domiciliosocial en la provincia de Sancti Spíritus,ha solicitado la Renovación de la Licencia No. 880/14, vigente hasta el 30 de octubrede 2015, la que fue anteriormente renovadamediante la Resolución Ministerial No. 126 de 17 de abril de 2014, para continuar ejer-ciendo como Constructor.

POR CUANTO: Corresponde al Minis-tro de la Construcción resolver sobre lassolicitudes de Renovación de licencias pre-sentadas ante el Encargado del Registro,adscripto a la Comisión Nacional de Con-tratación y Licitaciones de Obras, Proyec-tos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Re-gistro Nacional de Constructores, Proyec-tistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud,trasladó al Presidente de la Comisión Na-cional el Expediente incoado, el que consus recomendaciones, ha elevado al queresuelve, en virtud de la solicitud presen-tada por la Cooperativa de Construccióny Mantenimiento de Obras COCOMO LATRINIDAD, con domicilio social en laprovincia de Sancti Spíritus.

POR TANTO: En el ejercicio de las fa-cultades que me están conferidas, en el ar-tículo 100, inciso a) de la Constitución dela República,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Autorizar la Renovación dela Licencia solicitada por la Cooperativa de Construcción y Mantenimiento de ObrasCOCOMO LA TRINIDAD, con domiciliosocial en la provincia de Sancti Spíritus, enel Registro Nacional de Constructores, Pro-yectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Pro-yectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovaciónde la Licencia otorgada, al amparo de lapresente Resolución, la Cooperativa de Construcción y Mantenimiento de ObrasCOCOMO LA TRINIDAD, podrá ejercercomo Constructor autorizada para la reali-zación de los siguientes servicios:

Alcance de los servicios autorizados:

1. Servicios de Constructor:

a) Construcción civil, montaje, instalación,demolición, desmontaje, remodelación,restauración, reconstrucción, rehabilita-ción, reparación y mantenimiento de losobjetivos autorizados.

1.1. Tipos de Objetivos:

a) Obras de Arquitectura.

b) Viviendas hasta tres niveles.

c) Obras Sociales.

TERCERO: La Renovación de la Licen-cia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término dedieciocho (18) meses, a partir del venci-miento de la vigencia de la Licencia ante-riormente otorgada.

CUARTO: Esta Entidad presta sus ser-vicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las NormasISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, que-da responsabilizado con el cumplimientode lo dispuesto.

NOTIFÍQUESE la presente Resoluciónal Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultoresde la República de Cuba, quien queda res-ponsabilizado de notificar al interesado.

Comuníquese al Presidente y Vicepresi-dente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras,Proyectos y Otros Servicios de la Construc-ción, a los viceministros del Ministerio dela Construcción, y al Director de la Unidadde Inspección Estatal de la Construcción.

Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 8 días delmes de octubre de 2015.

Ing. René Mesa Villafaña

Ministro de la Construcción

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