Resolución 181
Esta resolución regula la prórroga de una concesión minera de explotación otorgada por el Ministerio de la Industria Básica. La Ley No. 76 de Minas de 1995 y el Acuerdo No. 3190 de 1997 otorgan facultades al Ministro para otorgar y prorrogar concesiones mineras.
- La Ley No. 76 de Minas establece en su Artículo 47 que el Ministro de la Industria Básica puede otorgar prórrogas de concesiones mineras.
- El Acuerdo No. 3190 de 1997 otorga facultades al Ministro para gestionar recursos minerales de los Grupos I, III y IV.
- La Asamblea Provincial del Poder Popular de Ciego de Avila solicitó la prórroga de una concesión minera de explotación.
- La Oficina Nacional de Recursos Minerales está involucrada en el proceso de prórroga de la concesión minera.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 181
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POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su
Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministro de la Industria Básica el otorgamiento, traspaso o denegación y prórrogas de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el
Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.
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POR CUANTO: La Asamblea Provincial del Poder Popular de Ciego de Avila, ha solicitado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una prórroga a la concesión minera de explotación que le fuera otorgada mediante la