Resolución 588/2015
La Resolución No. 588/2015 del Ministerio de la Construcción autoriza la inscripción de la Empresa de Mantenimiento Vial y Construcciones de Cienfuegos en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción, Ing. René Mesa Villafaña, en ejercicio de sus facultades.
- Se autoriza la inscripción de la Empresa de Mantenimiento Vial y Construcciones de Cienfuegos como Constructor.
- La licencia otorgada permite servicios de construcción civil, montaje, demolición, remodelación, restauración, reconstrucción, rehabilitación, reparación y mantenimiento constructivo.
- La licencia tiene un término de 18 meses a partir de la vigencia de su inscripción.
- La entidad presta sus servicios sin estar certificada su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.
- Se concede un plazo de 90 días naturales para formalizar su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 588/2015
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 defecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funcio-nes específicas del Ministerio de la Construcción,las de inscribir y otorgar licencias a personasjurídicas, cubanas y extranjeras que pretendanactuar como contratista, constructor, proyectista,consultor, administrador de proyectos, realizarinvestigaciones ingenieras, construir o participaren cualquier forma que materialmente signifiqueprestar servicios relacionados con la construc-ción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada poresta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comi-sión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Cons-trucción, adscripta al Ministro de la Construc-ción, el Registro Nacional de Constructores,Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa de Manteni-miento Vial y Construcciones de Cienfuegos,del Ministerio del Transporte en la propiaprovincia, ha solicitado autorización para Re-gistrarse y poder ejercer como Constructor.
POR CUANTO: El Reglamento del Re-gistro Nacional de Constructores, Proyectis-tas y Consultores de la República de Cuba,establece que corresponde al Ministro de la Construcción, resolver sobre las solicitudes deinscripción presentadas ante dicho Registro,adscripto a la Comisión Nacional de Contra-tación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Con-sultores de la República de Cuba, en cumpli-miento de lo dispuesto en el artículo 16, trasladóal Presidente de la Comisión Nacional el Expe-diente incoado, el que con sus recomendacio-nes, ha elevado al que resuelve, en virtud de lasolicitud presentada por la Empresa de Manteni-miento Vial y Construcciones de Cienfuegos, del Ministerio del Transporte en la propia provincia.
POR TANTO: En el ejercicio de las fa-cultades que me están conferidas, en el ar-tículo 100, inciso a) de la Constitución dela República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la Inscripción dela Empresa de Mantenimiento Vial y Cons-trucciones de Cienfuegos, del Ministerio del Transporte en la propia provincia, en el Re-gistro Nacional de Constructores, Proyectis-tas y Consultores de la República de Cuba,adscripto a la Comisión Nacional de Contra-tación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Licencia quese otorgue, al amparo de la presente Reso-lución, la Empresa de Mantenimiento Vialy Construcciones de Cienfuegos, podráejercer como Constructor autorizada parala realización de los siguientes servicios:
Alcance de los servicios autorizados:
1. Servicios de Constructor:
a) Construcción civil, montaje, demolición,desmontaje, remodelación, restauración,reconstrucción, rehabilitación, repara-ción y mantenimiento constructivo de losobjetivos autorizados.
b) Construcción, mantenimiento y conser-vación de la faja y calzada de la red vial.
c) Colocación, mantenimiento y conserva-ción de señales verticales y horizontales.
d) Trabajos de áreas verdes, jardinería y cés-ped asociados al proceso constructivo.
e) Sellado de grietas, bacheo y rectifica-ción de cunetas y paseos.
f) Movimiento de tierra.
1.1. Tipos de Objetivos:
a) Obras de Ingeniería.
b) Obras de Arquitectura.
TERCERO: La Licencia que se otorgue,al amparo de la presente Resolución, se expe-dirá por un término de dieciocho (18) meses,a partir de la vigencia de su inscripción.
CUARTO: Esta Entidad presta sus ser-vicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las NormasISO – 9000 vigentes.
QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, que-da responsabilizado con el cumplimientode lo dispuesto.
SEXTO: Se concede un plazo de no-venta (90) días naturales, contados a partir
de la fecha de notificación de la presente Resolución para que la entidad cuya ins-cripción se autoriza en el Apartado Prime-ro, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
El incumplimiento del plazo establecido eneste Apartado se interpretará como el desisti-miento de la entidad promovente para lo que hasido autorizada y, consecuentemente, el Encarga-do del Registro Nacional de Constructores, Pro-yectistas y Consultores de la República de Cubaprocederá al archivo del expediente incoado.
NOTIFÍQUESE la presente Resoluciónal Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultoresde la República de Cuba, quien queda res-ponsabilizado de notificar al interesado.
Comuníquese al Presidente y Vicepresi-dente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras,Proyectos y Otros Servicios de la Construc-ción, a los viceministros del Ministerio dela Construcción, y al Director de la Unidadde Inspección Estatal de la Construcción.
Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 8 días delmes de octubre de 2015.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
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