Resolución 59/2004
La Resolución No. 59/2004 del Banco Central de Cuba regula la cancelación de la licencia otorgada a InCreFin S.A. El Banco Central de Cuba emite esta resolución en virtud de las facultades conferidas por el Decreto-Ley No. 172.
- Se cancela la licencia específica otorgada a InCreFin S.A. (Artículo 1 de la Resolución)
- La cancelación se basa en la solicitud del Grupo Nueva Banca de absorber las funciones de InCreFin S.A. (considerando POR CUANTO)
- El Decreto-Ley No. 172 faculta al Banco Central de Cuba para cancelar licencias concedidas (Artículo 27)
- El Ministro Presidente del Banco Central de Cuba tiene la facultad de dictar resoluciones de cumplimiento obligatorio (Artículo 36, inciso b) del Decreto-Ley No. 172)
Texto íntegro
RESOLUCION No. 59/2004
-
POR CUANTO: La Empresa de Información Crediticia y Financiera S.A; a todos los efectos legales, “In Cre Fin S.A”, fue creada, a solicitud del Grupo Nueva Banca; mediante licencia general otorgada en la Resolución No. 71, del Banco Central de Cuba de fecha 16 de agosto del 2001.
-
POR CUANTO: El Grupo Nueva Banca; constituido en la República de Cuba mediante Escritura Pública No. 518, de fecha 8 de octubre de 1993; ha solicitado mediante escrito de fecha 13 de julio del 2004, la absorción de las funciones que actualmente realiza su Empresa de Información Crediticia y Financiera S.A, a todos los efectos legales, “In Cre Fin S.A” e interesa su incorporación al Grupo Nueva Banca, como una nueva Dirección; en cuyas nuevas circunstancias no es necesario que el Banco Central de Cuba mantenga vigente la Licencia otorgada a In Crefin S.A.
-
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 172 “Del Banco Central de Cuba”, de fecha 28 de mayo de 1997, en su artículo 27 faculta al Banco Central de Cuba para cancelar las licencias concedidas, de acuerdo con lo que establece este Decreto-Ley y las demás leyes y regulaciones vigentes.
-
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 172 “Del Banco Central de Cuba”, de fecha 28 de mayo de 1997, en su artículo 36, inciso b) establece entre las funciones del Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, la de dictar resoluciones de cumplimiento obligatorio para todas las instituciones financieras y las oficinas de representación.
-
POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de Gobierno y Presidente del Banco Central de Cuba por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 13 de junio de 1997.
-
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Cancelar la LICENCIA ESPECIFICA otorgada a la institución financiera “In Cre Fin S.A”; mediante la