Resolución 59/2005

Sistema salarial del Instituto Nacional de Deportes

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 20 Ordinaria de 2006 (2006-04-17)
Páginas
5–8
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La Resolución No. 59/2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece el sistema salarial para los trabajadores del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación. Esta norma regula los salarios de los trabajadores en las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes. El objetivo es implementar un sistema salarial basado en el principio de distribución socialista.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 59/2005

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, quien resuelve fue designado para desempeñar el cargo de Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de 25 de noviembre de 1994, establece entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.

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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 2 de julio del 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar sistemáticamente la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.

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POR CUANTO: El salario mínimo se elevó de 100 pesos a 225 pesos mensuales mediante la Resolución No. 11 de 23 de abril de 2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a lo que siguió la aplicación en los sectores de la educación y la salud de aumentos con un sistema salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”.

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POR CUANTO: En cumplimiento del Decreto del Presidente del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros de 22 de noviembre de 2005, es procedente la aplicación de los incrementos salariales pendientes, por lo que corresponde dictar la disposición específica para el Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Establecer el sistema salarial del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación, que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.

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SEGUNDO: El sistema salarial que la presente Resolución establece, es de aplicación a los trabajadores del organismo central, unidades presupuestadas del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación y las direcciones provinciales y municipales de deportes.

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TERCERO: Se aprueba para los dirigentes del organismo central del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación los sueldos mensuales siguientes:

Cargos Sueldos

Presidente $ 600.00

Vicepresidente Primero 550.00

Vicepresidente 525.00

Jefe de Despacho 500.00

Asesor 500.00

Director 500.00

Jefe de Departamento 475.00

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CUARTO: Establecer para los dirigentes de las unidades presupuestadas del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación los sueldos mensuales siguientes:

Dependencia Interna

Cargos Sueldos

Director $ 440.00

Subdirector 400.00

Jefe de Departamento 385.00

Administrador 325.00

Jefe de Centro de Elaboración 315.00

Director Ejecutivo del Comité Olímpico 365.00

Jefe de Despacho del Comité Olímpico 325.00

Director del Centro de Informática 440.00

Jefe de Departamento 425.00

Aseguramiento al Deporte

Cargos Sueldos

Director $ 440.00

Subdirector 400.00

Jefe de Departamento 385.00

Administrador 325.00

Administrador de Casa de Visita 315.00

Instituto Nacional de Medicina del Deporte

Cargos Sueldos

Subdirector $ 425.00

Jefe de Departamento 400.00

Administrador 315.00

Unidades Presupuestadas Docentes Nacionales (cargos no docentes)

Cargos Sueldos

Subdirector con centros subordinados $ 440.00

Jede de Departamento con centros

subordinados 400.00

Subdirector de centro 400.00

Jefe de Departamento de centro 385.00

Administrador 315.00

Direcciones Provinciales de Deportes (cargos no docentes)

Cargos Sueldos

Subdirector en Ciudad de La Habana $ 455.00

Subdirector en otras provincias 425.00

Jefe de Departamento en Ciudad de

La Habana 425.00

Jefe de Departamento en otras provincias 400.00

Unidades Presupuestadas Docentes Provinciales (cargos no docentes)

Cargos Sueldos

Subdirector con centros subordinados $ 425.00

Jefe de Departamento con centros

subordinados 400.00

Subdirector de centro 365.00

Jefe de Departamento de centro 325.00

Administrador 315.00

Unidades Provinciales (cargos no docentes)

Cargos Sueldos

Director $ 400.00

Director de Sala Polivalente 385.00

Jefe de Departamento 385.00

Administrador 315.00

Centros Provinciales de Informática del Deporte

Cargos Sueldos

Director $ 400.00

Jefe de Departamento 385.00

Centros Provinciales de Medicina Deportiva

Cargos Sueldos

Jefe de Departamento $ 385.00

Administrador 315.00

Direcciones Municipales de Deporte (cargos no docentes)

Para el cargo de Administrador se establece el sueldo mensual de 315.00 pesos.

Unidades Municipales (cargos no docentes)

Cargos Sueldos

Director $ 365.00

Director de Sala Polivalente 325.00

Jefe de Departamento 325.00

Administrador 315.00

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QUINTO: Aprobar para los dirigentes de los Estadios de Béisbol los sueldos mensuales siguientes:

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SEXTO: Aprobar para los dirigentes de los estadios deportivos, centros náuticos, centros de alojamiento, club de caza, campos de tiro al plato, bases de transporte y hoteles deportivos provinciales, los sueldos mensuales siguientes:

Estadios Deportivos

Centros Náuticos

Centros de Alojamiento

Club de Caza y Campos de Tiro

Bases de Transporte

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SÉPTIMO: Establecer para los dirigentes de los hoteles deportivos provinciales los sueldos mensuales siguientes:

Cargo Sueldo

Director $ 385.00

Subdirector 365.00

Jefe de Departamento 325.00

Jefe de Carpeta 315.00

Ama de Llave 285.00

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OCTAVO: Los sueldos mensuales de los dirigentes de las empresas se establecen de acuerdo a las categorías de éstas, las que aparecen en el Anexo 1.

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NOVENO: Establecer para los técnicos que laboran en las unidades presupuestadas los pagos adicionales mensuales siguientes:

- a) Nivel Nacional $ 50.00

- b) Nivel Provincial 40.00

- c) Nivel Municipal 30.00

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DÉCIMO: Se establece para los operarios, trabajadores de servicios y trabajadores administrativos de las unidades presupuestadas un pago adicional mensual de $ 20.00.

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UNDÉCIMO: Para la aplicación de lo que se establece en la presente se crea una Comisión en el organismo integrada por un Vicepresidente, el Director de Recursos Humanos, el Director Jurídico, con la participación del Sindicato Nacional correspondiente. La Comisión elabora un programa de trabajo, en el cual se explican las medidas salariales a aplicar, así como los mecanismos que se van a utilizar para su implementación y control posterior. También se incluyen dentro del programa la realización de una asamblea en cada entidad laboral comprendida en esta medida, con la explicación correspondiente.

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DUODÉCIMO: Lo dispuesto en la presente Resolución comienza a aplicarse con los pagos de salarios que se realicen en el mes de diciembre del año 2005.

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DECIMOTERCERO: Se faculta al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que modifique cuando resulte necesario el Anexo y dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece; así como para modificar las categorías de las empresas y estadios que aparecen en los anexos, cuando se requiera.

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PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. Dada en Ciudad de La Habana, a los 27 días del mes de noviembre del 2005.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

ANEXO 1

RELACION DE LAS CATEGORIAS

DE LAS EMPRESAS DEL INDER

Entidad Categoría

Cubadeportes S.A. I

Empresa Productora y Comercializadora de

Artículos Deportivos II

Empresa de Construcción y Mantenimiento III

ANEXO 2

CATEGORIA DE LOS ESTADIOS DE BEISBOL

Categoría I

Estadio Provincia

Capitán San Luis Pinar del Río

Nelson Fernández La Habana

Latinoamericano Ciudad de La Habana

Victoria de Girón Matanzas

Augusto César Sandino Villa Clara

5 de Septiembre Cienfuegos

José Antonio Huelga Sancti Spíritus

José Ramón Cepero Ciego de Avila

Cándido González Camagüey

Julio Antonio Mella Las Tunas

Calixto García Holguín

Mártires de Barbados Granma

Guillermón Moncada Santiago de Cuba

Nguyen Van Troi Guantánamo

Cristóbal Labra Isla de la Juventud

Categoría II

Estadio Provincia

Héroes de Mayabeque La Habana

Categoría III

Estadio Provincia

Victoria de Girón Sancti Spíritus

Trinidad Sancti Spíritus

Yaguajay Sancti Spíritus

Fomento Sancti Spíritus

Paquito Espinosa Ciego de Avila

Angel López Las Tunas

Yara Granma

Tirso Wilians Hidalgo Granma

Mártires del Cauto Granma

Francisco Salsedo Moreno Granma

Palma Soriano Santiago de Cuba

Songo la Maya Santiago de Cuba

II Frente Santiago de Cuba

III Frente Santiago de Cuba