Resolución 59/2023

Sobre la protección contra incendios forestales

Organismo
Ministerio del Interior
Fecha emisión
2023-12-29
Publicada en
Gaceta No. 1 Extraordinaria de 2024 (2024-01-22)
Páginas
2–8
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La Resolución No. 59/2023 del Ministerio del Interior regula la protección contra incendios forestales en Cuba. Establece las responsabilidades de los organismos de la Administración Central del Estado, entidades e instituciones que intervienen en la prevención y extinción de incendios forestales. La norma tiene como objetivo fortalecer el sistema de protección contra incendios forestales y regular las acciones de prevención, control y extinción.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 59/2023

POR CUANTO: La Ley No. 85 “Ley Forestal”, de 21 de julio de 1998, establece en el Capítulo II “Marco Institucional”, las funciones y atribuciones del Ministerio del Interior, respecto al patrimonio forestal.

POR CUANTO: La precitada Ley dispone en su Capítulo VII, Sección Segunda “De la protección contra incendios”,

Artículo 60, que el sistema de protección contra incendios forestales comprende las actividades de prevención, control y extinción, así como la investigación y la capacitación en esta materia y que dichas actividades son reguladas mediante un programa nacional, que se elabora por el Ministerio del Interior, en coordinación con los ministerios de la Agricultura y de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, así como el Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil.

POR CUANTO: La Ley Forestal faculta en su Disposición Final Tercera al Ministerio del Interior para dictar en el marco de su competencia las disposiciones complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de la Ley.

POR CUANTO: Resulta necesario fortalecer el sistema de protección contra incendios forestales y regular las responsabilidades de los organismos de la Administración Central del Estado, entidades e instituciones que intervienen en las actividades de prevención y extinción.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el inciso d) del

Artículo 145 de la Constitución de la República,

RESUELVOPRIMERO: Poner en vigor las regulaciones sobre la Dirección Operativa de la Campaña de Protección Contra Incendios Forestales, como se dispone a continuación:

CAPÍTULO IDE LA CAMPAÑA DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES

Artículo 1. La Campaña de Protección Contra Incendios Forestales, en lo adelante la Campaña, tiene como objetivo alcanzar mayores niveles de coordinación, planificacióny gestión para el funcionamiento integral del sistema de protección contra incendios forestales, en las actividades de prevención y extinción de estos siniestros.

Artículo 2. La Campaña se desarrolla con una regularidad anual, intensificándose entrelos meses de enero a mayo, período de alta peligrosidad de ocurrencia, donde intervienen Organismos de la Administración Central del Estado, en lo adelante OACE, entidades e instituciones y especialidades del Ministerio del Interior.

Artículo 3. La etapa preparatoria de la Campaña se enmarca en el período comprendido entre los meses de septiembre a diciembre, en la cual se desarrollan acciones de capacitación de las fuerzas y se alistan los medios y recursos disponibles. Estas acciones son coordinadas con otros organismos y entidades que participan en la prevención y extinción de incendios forestales. Durante la preparación de la Campaña, los OACE, entidades e instituciones, elaboran y actualizan los planes de protección contra incendios forestales, que incluyen la caracterización del área a proteger, el diagnóstico, el plan de medidas de prevención, detección y combate; así como la cooperación y los plazos de ejecución.

CAPÍTULO IIDE LA ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN OPERATIVA DE LA CAMPAÑA DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES

Artículo 4. Se entiende por Dirección Operativa de la Campaña al conjunto de acciones, tareas y procedimientos, que se realizan, por los grupos de trabajo nacional y territoriales, durante el período de alta peligrosidad de ocurrencia que transcurre de enero a mayo, con el objetivo de disminuir el impacto de estos siniestros.

Artículo 5. El Cuerpo de Guardabosques del Ministerio del Interior tiene la responsabilidad de coordinar el Grupo de Trabajo Nacional para la Dirección Operativa de la Campaña con la participación del Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil, los ministerios de la Agricultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, Transporte, las Fuerzas Armadas Revolucionarias, el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, el Instituto de Información y Comunicación Social y el Grupo Empresarial de Campismo Popular; además de otros representantes del Ministerio de Interior, como son las Direcciones de Operaciones, Tecnología y Sistemas, Logística, Transporte, Servicios Médicos y el Cuerpo de Bomberos.

Artículo 6. Los segundos jefes de las jefaturas provinciales y del municipio especial Isla de la Juventud del Ministerio del Interior, coordinan los grupos de trabajo territoriales para la Dirección Operativa de la Campaña, con la participación de los organismos, entidades e instituciones territoriales implicadas.

Artículo 7. Son responsabilidades de los grupos de trabajo nacional y territoriales para ejercer la Dirección Operativa de la Campaña, las siguientes: a) Responder por la organización, dirección y control de las medidas a tener en cuenta ante el impacto de los incendios forestales;

b) analizar los problemas y dificultades que surjan durante la Campaña para evaluar yproponer soluciones; c) mantener informadas a las autoridades del Gobierno y la jefatura del Minint a los diferentes niveles, sobre el comportamiento de los incendios forestales en cuanto a ocurrencia y afectaciones; d) realizar las valoraciones de los estudios de riesgo de desastre en interés de la protección del medio ambiente y los seres vivos, emitiendo sus consideraciones al respecto. e) aportar requerimientos de forma integral durante la apreciación inicial y sucesiva relacionada con el comportamiento de los incendios forestales; y f) tramitar por parte de los integrantes de los grupos, dentro de su organismo, entidad e institución, la información correspondiente al comportamiento de los incendios forestales.

Artículo 8. Los elementos que integran la Dirección Operativa de la Campaña, son los siguientes: a) Apreciación inicial de la situación: Permite valorar el estado actual de las condiciones medioambientales en que se inicia el período de alta peligrosidad de ocurrencia de incendios forestales y adoptar las medidas necesarias con las fuerzas y medios a emplear. La apreciación inicial se realiza por los grupos de trabajo nacional y territoriales para ejercer la Dirección Operativa de la campaña, con la colaboración de los OACE, entidades e instituciones, lo cual puede derivar en avisos de “Alerta Temprana” dirigidos a los decisores y de requerirse, a toda la población, con el objetivo de incrementar la atención sobre la evolución del evento y tomar las medidas consuficiente tiempo, ante el peligro que se aprecia.b) Apreciación sucesiva de la situación: Se ejecuta con el objetivo de apreciar el estado actual y comportamiento de los incendios forestales, durante el período de alta peligrosidad de ocurrencia de los mismos. Se realiza con una frecuencia semanal y mensual a todos los niveles. c) Determinación del índice de peligro: Se calcula a través del método de Monte Alegre, utilizando las variables de humedad relativa y la lluvia caída en un lugar dado, con el objetivo de orientar las acciones y tareas a realizar en función de la prevención y extinción de los incendios forestales, en correspondencia con las categorías de peligro.

Artículo 9. Las categorías de peligro a las que hace referencia el artículo anterior, son las siguientes: a) Categoría I o de No hay peligro: Cuando el valor del grado de peligro calculado oscila entre cero y uno. Su color de representación en un Sistema de Información Geográfica es azul.b) Categoría II o de Bajo peligro: Cuando el valor del grado de peligro calculado oscila entre uno punto uno y tres. Su color de representación en un Sistema de Infor-mación Geográfica es verde.c) Categoría III o de Medio peligro: Cuando el valor del grado de peligro calculado oscila entre tres punto uno y ocho. Su color de representación en un Sistema de Infor-mación Geográfica es amarillo.d) Categoría IV o de Alto peligro: Cuando el valor del grado de peligro calculado oscila entre ocho punto uno y veinte. Su color de representación en un Sistema de Informa-ción Geográfica es anaranjado.

e) Categoría V o de Muy Alto o extremo peligro: Cuando el valor del grado de peligro calculado es mayor que veinte. Su color de representación en un Sistema de Infor-mación Geográfica es rojo.

Artículo 10. En correspondencia con la categoría de peligro, los OACE, entidades e instituciones, desarrollan las acciones y tareas siguientes: 1- En las categorías I y II del índice de peligro: a) Se realizan actividades de prevención principalmente en las diferentes formas productivas, dígase Unidades Básicas de Producción Cooperativa, Cooperativas de Créditos y Servicios, Cooperativas de Producción Agropecuaria y Unidades Silvícolas;b) se intensifica la capacitación de las fuerzas que participan en la respuesta a losincendios forestales; c) se da mantenimiento a las herramientas manuales y equipos que se emplearán durante el combate de los incendios forestales; d) se puntualiza el estado de las comunicaciones; e) se ponen en funcionamiento los puntos de control de acceso a las áreas boscosas;f) se autoriza la realización de quemas para diferentes fines en áreas menores a unahectárea, para ello se debe tener en cuenta la situación meteorológica local; g) el personal dedicado a la detección de incendios forestales desde las torres opuntos de observación, intensifican la vigilancia a partir de las 13:00 y hasta las 18:00 horas; h) se mantienen localizadas las brigadas especializadas y voluntarias;i) se intensifica la preparación de los observadores aéreos; yj) se puntualiza el sistema de aviso y localización del personal. 2- En la categoría III del índice de peligro:a) Se intensifica el cumplimiento de las acciones y tareas descritas en los planes deprotección contra incendios forestales de los administradores y poseedores de patrimonio forestal; b) las brigadas profesionales del Cuerpo de Guardabosques pasan a completa disposición combativa; c) los medios, herramientas manuales y equipos estarán listos para el combate; d) los puntos de control de acceso a las áreas boscosas se activarán desde las 10:00 hasta las 18:00 horas; e) se comprueban las comunicaciones y se mantiene la atención a los avisos emitidos sobre la detección de algún foco de calor por cualquier vía; f) el personal dedicado a la detección de incendios forestales desde las torres o puntos de observación estará de manera permanente realizando la vigilancia entre las 10:00 y las 18:00 horas; y g) se incrementa la información a la población en las áreas de riesgo. 3- En las categorías IV y V del índice de peligro: a) El personal de las brigadas profesionales del Cuerpo de Guardabosques estará listo para el combate de los incendios forestales que surjan y se desplaza a puntos de avanzada en las áreas de alta prioridad de protección, con el objetivo de disminuir los tiempos de respuesta; b) los puntos de control de acceso a las áreas boscosas se activarán desde las 10:00 hasta las 18:00 horas;c) se prohíbe el uso del fuego para diferentes fines;

d) el personal dedicado a la detección de incendios forestales desde las torres o puntos de observación, estará de manera permanente realizando la vigilancia entre las 10:00 y las 18:00 horas; e) se puntualizará diariamente el sistema de aviso; yf) se intensifica la información a la población, trabajadores forestales, administradores y poseedores de patrimonio forestal.

Artículo 11. Los elementos para la organización y funcionamiento del flujo informativose establecen como quedan a continuación: a) El jefe del CGB, en su condición de coordinador del Grupo de Trabajo Nacional organiza el proceso de seguimiento, recopilación, procesamiento e integración de la información diaria sobre el comportamiento de los incendios forestales y de otras salidas informativas que se generan como: resúmenes mensuales, notas informativas, partes especiales o valoraciones temáticas, cuando la situación lo amerite; b) al concluir la Campaña, se realiza una evaluación integral del comportamiento de la misma, teniendo en cuenta los resultados y el impacto de las medidas aplicadas; yc) los organismos, entidades e instituciones garantizan el flujo de la información anteel surgimiento de un incendio forestal, la cual comprende: tramitación de decisiones y seguimiento de su cumplimiento, intercambio de información, así como la puntualización de la cooperación.

CAPÍTULO IIIRESPONSABILIDADES DE LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO, ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA DIRECCIÓN OPERATIVA DE LA CAMPAÑA

Artículo 12. Los OACE, entidades e instituciones que participan en la Dirección Operativa de la Campaña, desarrollan las acciones y tareas siguientes: 1- Ministerio del Interior a) Dirigir y coordinar las acciones y tareas a desarrollar durante la Campaña por los OACE, entidades e instituciones y especialidades del Ministerio del Interior que participan en la Dirección Operativa, a través de los grupos de trabajo nacional y territoriales creados a tales efectos. 2- Defensa Civila) Planificar de conjunto con el Cuerpo de Guardabosques ejercicios prácticos y deentrenamiento para cohesionar los grupos de trabajo temporales de los Consejos de Defensa provinciales y municipales, en el enfrentamiento a incendios forestales de grandes proporciones; b) realizar evaluación de los incendios de conjunto con el CGB, a partir de la cantidad de focos de calor detectados, condiciones meteorológicas, características del terreno, potencial de propagación y recursos disponibles para su control, con el objetivo de activar los grupos de trabajo temporales de los Consejos de Defensa provinciales y municipales en caso de ser necesario; y c) mantener el intercambio informativo y trasladar elementos útiles para la toma de decisiones. 3- Fuerzas Armadas Revolucionarias a) Participar con sus fuerzas y medios en la extinción de los incendios forestales cuando estos afecten unidades y objetivos económicos y mantener el intercambio de información operativa de interés;

b) realizar las coordinaciones necesarias sobre el empleo de la aviación de helicópteros, con el objetivo de transportar brigadas y apoyar en el combate de incendios forestales; c) organizar los entrenamientos de los tripulantes de los helicópteros Ml -17 en la lucha contra los incendios forestales, para ello realizar la preparación conjunta con las brigadas del CGB en los distintos territorios, prestando atención al empleo racional de las cubetas BAMBI durante la instrucción; yd) planificar la adquisición de bolsas flexibles de lanzamiento de agua, cubetasBAMBI, así como partes, piezas y agregados para su mantenimiento y reparación y sustancias retardantes para mezclar con agua. 4- Agricultura a) Elaborar y actualizar los planes de Protección Contra Incendios Forestales y compatibilizar los mismos con los planes de Vigilancia y Protección de los Circuitos de Protección; b) participar en las apreciaciones iniciales y sucesivas aportando información para la toma de decisiones; c) coordinar las acciones durante el combate de los incendios forestales, principalmente para el empleo de fuerzas de las brigadas especializadas y medios; d) mantener el intercambio informativo sobre la ocurrencia y propagación de los incendios forestales a partir del funcionamiento de los Puestos de Mando; e) ejecutar la construcción y mantenimiento de las medidas técnico-especializadas o cortafuegos, en correspondencia con los dictámenes realizados por el CGB; f) participar en la evaluación de las pérdidas y daños ocasionados por los incendios forestales y las medidas de rehabilitación de las áreas afectadas; g) coordinar con el Cuerpo de Guardabosques las acciones de divulgación, para prevenir la ocurrencia de incendios forestales; h) participar en el proceso de emisión de los avales de las medidas técnico-especializadas o cortafuegos, de conjunto con el CGB; i) ejecutar la construcción y mantenimiento de las torres de observación según el Plan elaborado; y j) organizar la capacitación de los activistas en las diferentes formas productivas sobre los métodos y procedimientos para hacer uso del fuego; así como la reali-zación de acciones preventivas-profilácticas dirigidas principalmente a los usufructuarios de tierras. 5- Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente a) Coordinar la evaluación de impacto y daños ambientales de situaciones de desastres relacionadas con los incendios forestales; b) contribuir, asesorar y ayudar con las acciones de divulgación de la Campaña desde sus medios de comunicación; c) solicitar proyectos de investigación, desarrollo e innovación, al Programa Sectorial del MINAG “Agroforestal y Desarrollo Sostenible”, relacionados con la ecología del fuego en los ecosistemas forestales cubanos; y d) aportar informaciones relacionadas con el clima y la meteorología con el objetivo de evaluar el peligro de incendios forestales. 6- Transporte a) Realizar inspecciones y controlar los vehículos de transportaciones por vía automotora y ferroviaria con acceso a las áreas de bosques y sus colindancias, con el objetivo de evitar la ocurrencia de incendios forestales por chispas;

b) coordinar el empleo efectivo de la aviación ligera en el reconocimiento y combate de los incendios forestales; y c) desarrollar la preparación por parte de las direcciones de transporte provinciales y municipales de especialistas, técnicos e inspectores del CGB en la inspección técnica de los vehículos que transitan colindantes o cercanos a los bosques. 7- Grupo Empresarial Campismo Popular a) Elaborar y actualizar los planes de Protección contra incendios forestales en las bases de Campismos Populares; y b) desarrollar actividades de educación ambiental dirigidas a las personas que realizan turismo de naturaleza en función de la prevención de incendios forestales. 8- Recursos Hidráulicos a) Elaborar y actualizar las actas de cooperación a nivel territorial para garantizar el abastecimiento de agua a través del empleo de pipas durante la respuesta a un incendio forestal; y b) coordinar con el Cuerpo de Guardabosques las fuentes de abasto de agua a utilizar durante la respuesta a los incendios forestales. 9- Información y Comunicación Social a) Promover la Campaña de Comunicación para la prevención de incendios fores-tales, con el objetivo de sensibilizar y alertar a la población en el beneficio deproteger la naturaleza e implementar acciones que permitan medir su impacto en el período de alta peligrosidad; y b) insertar los medios territoriales de difusión masiva en el sistema de alerta temprana y respuesta rápida, para dar a conocer a la población la posible ocurrencia de incendios forestales, y dar seguimiento a la información pública sobre las acciones realizadas por el resto de los órganos y organismos que forman parte de la Dirección Operativa de la Campaña.

SEGUNDO: El Cuerpo de Guardabosques evalúa con una frecuencia mensual el cumplimiento de las responsabilidades de los organismos implicados a los distintos niveles, durante la preparación y desarrollo de la Campaña de Protección Contra Incendios Forestales.

DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.COMUNÍQUESE a los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, Agricultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Transporte; al jefe del Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil; a los presidentes de los Institutos de Recursos Hidráulicos e Información y Comunicación Social y del Grupo Empresarial Campismo Popular.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica del Ministerio del Interior.

DADA en La Habana, a los 29 días del mes de diciembre de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Ministro del Interior General de División Lázaro Alberto Álvarez Casas