Resolución 18/03
La Resolución No. 18/03 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula la profesión técnica de Jurista de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Esta norma establece la creación de dicha profesión para atender las necesidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en materia jurídica.
- Se aprueba la profesión técnica de Jurista de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (Artículo Primero).
- El cargo se registrará en el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (Artículo Primero).
- El ejercicio de esta profesión debe financiarse con el fondo de salario aprobado para la entidad correspondiente (Artículo Segundo).
- Se elimina el cargo técnico de Especialista en Derecho de la Propiedad Industrial aprobado en la Resolución No. 25 de 1997 (Artículo Tercero).
- El Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está facultado para dictar disposiciones para la mejor aplicación de esta resolución (Artículo Cuarto).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 18/03
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POR CUANTO: Mediante el Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado el 22 de octubre de 1999, fue designado el que suscribe para desempeñar el cargo de Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
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POR CUANTO: A tenor de lo dispuesto en el Apartado Segundo, numeral 1 del Acuerdo No. 4085 de fecha 2 de julio del 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros es atribución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, proponer y controlar el perfeccionamiento de la política laboral y salarial del país.
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POR CUANTO: Con el propósito de dar respuesta a las nuevas funciones asignadas al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, resulta necesario sustituir un cargo técnico contenido en el Calificador de esta categoría ocupacional, propio del citado Ministerio, para atender la actividad jurídica del mismo.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas:
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar la profesión técnica de amplio perfil denominada: Jurista de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente que se registrará en el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente y cuyas funciones generales, grupos de complejidad, nivel de utilización y requisitos de conocimientos, aparecen en ANEXO a la presente formando parte integrante de la misma.
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SEGUNDO: La aplicación de esta profesión debe financiarse con el fondo de salario aprobado para la entidad de que se trate.
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TERCERO: Se deja sin efectos el cargo técnico deno-
- minado Especialista en Derecho de la Propiedad Industrial aprobado en la Resolución No. 25 de 17 de diciembre de 1997, de este Organismo.
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CUARTO: Se faculta al Viceministro correspondiente de este Ministerio para dictar las disposiciones que resulten necesarias para la mejor aplicación de lo que por la presente se establece.
NOTIFIQUESE a las partes interesadas y archívese el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en La Ciudad de La Habana, a los 8 días del mes de agosto del 2003.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social
ANEXO
PROFESION: JURISTA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
CATEGORIA OCUPACIONAL: TECNICO
NIVEL DE UTILIZACION: GRUPO XIV, MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
GRUPO XIII: GENERAL
GRUPOS: XIII y XIV
DESCRIPCION DEL CONTENIDO DE TRABAJO
(Funciones generales)
Estudia e interpreta la política del estado y del gobierno en materia que compete al Organismo y elabora las disposiciones y normas legales que las ampara; ejerce las funciones integrales de la actividad jurídica en las distintas ramas del Derecho; estudia, dictamina en los asuntos legales sometidos a su consideración; elabora o revisa proyectos de disposiciones jurídicas; estudia proyectos de convenciones de carácter internacional en lo referente a tratados multilaterales y bilaterales de los que Cuba es o puede ser parte en el ámbito de atención del organismo; realiza o participa en las inspecciones estatales a los organismos y entidades; elabora informes, estudios, ponencias; elabora y aplica trabajos metodológicos; representa al Organismo en los procesos judiciales; asesora a funcionarios y representantes de otros ministerios, empresas e instituciones; analiza y prepara acuerdos contractuales; participa en los órganos de arbitraje del sistema de ciencia y medio ambiente; imparte seminarios y conferencias; elabora y propone programas de capacitación; prepara materiales destinados a la divulgación y educación jurídica; asesora y orienta el trabajo de otros técnicos; participa en el procesamiento analítico de los indicadores estadísticos en las diversas materias que conforman la base jurídica del ministerio o la entidad subordinada a este según sea el caso y en la elaboración de las prospecciones; realiza otras funciones de similar naturaleza según se requiera.
REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS
Graduado de Nivel Superior en la especialidad de Derecho o Ciencias Jurídicas en centro de Educación Superior del país o del exterior, en este último caso acreditar la convalidación en Cuba del título correspondiente.