Resolución 6

Sobre el receso laboral del viernes santo

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2015-03-24
Publicada en
Gaceta No. 12 Extraordinaria de 2015 (2015-03-26)
Páginas
1–3
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## Contents

ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBAMINISTERIO DE JUSTICIAInformación en este número MINISTERIO Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Resolución No. 6/2015

ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBAMINISTERIO DE JUSTICIAEXTRAORDINARIA LA HABANA, JUEVES 26 DE MARZO DE 2015 AÑO CXIIISitio Web: http://www.gacetaoficial.cu/—Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 878-3849, 878-4435 y 873-7962 Número 12 Página 265 Gaceta Oficial No. xx Ordinaria de x de xxx de 2011 MINISTERIO______TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALRESOLUCIÓN No. 6/2015

POR CUANTO: La Ley No. 116“Código de Trabajo”, de 20 de diciembrede 2013, en su artículo 100 declara el viernes santo como día de receso laboral con pago del salario, por lo que resulta necesario definir para el año 2015 el día, el alcance, así como el tratamiento laboral aplicable a los trabajadores.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer el día 3 de abril como receso laboral con pago del salario correspondiente al viernes santo de 2015, el que es de aplicación en todo el territorio nacional.SEGUNDO: Los empleadores de los centros de trabajo de las actividades que recesan sus labores, abonan a los trabajadores el salario de la escala del cargo que ocupan y los pagos adicionales establecidos legalmente, salvo que coincida con los de su descanso semanal o con aquellos en que disfrutan de vacaciones anuales pagadas, licencia no retribuida o subsidio de seguridad social.

TERCERO: Los trabajadores que están exceptuados de recesar según lo establecido en el artículo 100 de la Ley No. 116, Código de Trabajo, reciben su salario según las formas y sistemas de pago aplicados en su entidad.

ARCHÍVESE el original de esta Resolución en el protocolo de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Dada en La Habana, a los 24 días del mes de marzo de 2015.Margarita M. González Fernández Ministra de Trabajo y Seguridad Social