Resolución 6/2024

Extinguir concesión de explotación y procesamiento de mineral caliza

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2024-01-17
Publicada en
Gaceta No. 14 Ordinaria de 2024 (2024-02-14)
Páginas
12–13
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Resumen generado por IA

La Resolución 6/2024 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación y procesamiento de mineral caliza otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de Granma. La concesión, denominada La Manteca, estaba ubicada en el municipio de Bayamo de la provincia de Granma. La extinción se fundamenta en el vencimiento del término otorgado y en la legislación minera vigente.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 6/2024

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 329, de 14 de diciembre de 1998, del ministro de la Industria Básica, a la Empresa de Materiales de la Construcción No. 13 de Granma, hoy Empresa de Materiales de Construcción de

Granma, de una concesión de explotación y procesamiento del mineral caliza en el área denominada La Manteca, ubicada en el municipio de Bayamo de la provincia de Granma, por un término de veinticinco (25) años, para su uso en la construcción; por lo que incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el Capítulo X,

Artículo 60, inciso a).

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación y procesamiento denominada La Manteca, ubicada en el municipio de Bayamo de la provincia de Granma, otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de Granma.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación y procesamiento, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa de Materiales de Construcción de Granma está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación y procesamiento, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a indemnizar por los daños o perjuiciosa a que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Derogar la Resolución 329, de 14 de diciembre de 1998, del ministro de la Industria Básica.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa de Materiales de Construcción de Granma.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 17 días del mes de enero de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro