Resolución 609/2015

Autorización a la Cooperativa Multiservicios de la Construcción

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 57 Ordinaria de 2015 (2015-12-16)
Páginas
22–24
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 609/2015 del Ministerio de la Construcción autoriza a la Cooperativa Multiservicios de la Construcción (CMC) a registrarse y ejercer como Constructor en la República de Cuba. La resolución es emitida por el Ministro de la Construcción, Ing. René Mesa Villafaña, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 609/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptadopor el Consejo de Ministros, establece en-tre las funciones específicas del Ministeriode la Construcción, las de inscribir y otor-gar licencias a personas jurídicas, cubanasy extranjeras que pretendan actuar comocontratista, constructor, proyectista, con-sultor, administrador de proyectos, reali-zar investigaciones ingenieras, construir oparticipar en cualquier forma que material-mente signifique prestar servicios relacio-nados con la construcción en la Repúblicade Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modificadapor esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Co-misión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios dela Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Re-glamento.

POR CUANTO: La COOPERATIVAMULTISERVICIOS DE LA CONSTRUC-CIÓN, en forma abreviada CMC, con do-micilio social en la provincia de La Habana,ha solicitado autorización para Registrarsey poder ejercer como Constructor.

POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Pro-yectistas y Consultores de la República de

Cuba, establece que corresponde al Minis-tro de la Construcción, resolver sobre lassolicitudes de inscripción presentadas antedicho Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitacionesde Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Re-gistro Nacional de Constructores, Proyec-tistas y Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto enel artículo 16, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado,el que con sus recomendaciones, ha eleva-do al que resuelve, en virtud de la solicitudpresentada por la COOPERATIVA MULTI-SERVICIOS DE LA CONSTRUCCIÓN,en forma abreviada CMC, con domiciliosocial en la provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de lasfacultades que me están conferidas, en elartículo 100, inciso a) de la Constituciónde la República,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Autorizar la Inscripción dela COOPERATIVA MULTISERVICIOS DELA CONSTRUCCIÓN, en forma abreviadaCMC, con domicilio social en la provinciade La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultoresde la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Lici-taciones de Obras, Proyectos y Otros Ser-vicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Licencia quese otorgue, al amparo de la presente Reso-lución, la COOPERATIVA MULTISERVI-CIOS DE LA CONSTRUCCIÓN, en formaabreviada CMC, podrá ejercer como Cons-tructor autorizada para la realización de lossiguientes servicios:

Alcance de los servicios autorizados:

1. Servicios de Constructor:

a) Construcción civil, montaje, demolición,desmontaje, remodelación, restauración,reconstrucción, rehabilitación, decora-ción, reparación y mantenimiento cons-tructivo de los objetivos autorizados.

b) Trabajos de áreas verdes y jardineríaasociados al proceso constructivo.

c) Montaje hidráulico, eléctrico, sanitario eindustrial, incluye corrientes débiles.

d) Servicios integrales de impermeabiliza-ción, tratamiento superficial y recubri-miento químico en cubiertas, paredes ypisos.

e) Montaje de carpintería de madera y me-tálica, estructuras metálicas, cubiertasligeras, herrería, elementos modulares,falsos techos y panelería ligera.

f) Trabajos de construcción con técnicasde alpinismo.

g) Montaje industrial de equipos, redes téc-nicas e instalaciones, incluyendo climay refrigeración.

1.1. Tipos de Objetivos:

a) Obras de Arquitectura.

b) Viviendas hasta cinco niveles.

c) Obras Industriales.

d) Obras de Ingeniería.

e) Obras del Turismo.

f) Obras Sociales.

TERCERO: La Licencia que se otorgue,al amparo de la presente Resolución, se ex-pedirá por un término de dieciocho (18) me-ses, a partir de la vigencia de su inscripción.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servi-cios sin estar certificado su Sistema de Ges-tión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, que-da responsabilizado con el cumplimientode lo dispuesto.

SEXTO: Se concede un plazo de no-venta (90) días naturales, contados a partirde la fecha de notificación de la presente Resolución para que la entidad cuya ins-cripción se autoriza en el Apartado Prime-ro, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.

El incumplimiento del plazo estableci-do en este Apartado se interpretará comoel desistimiento de la entidad promoventepara lo que ha sido autorizada y, conse-cuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba pro-cederá al archivo del expediente incoado.

NOTIFÍQUESE la presente Resoluciónal Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultoresde la República de Cuba, quien queda res-ponsabilizado de notificar al interesado.

COMUNÍQUESE al Presidente y Vice-presidente Ejecutivo de la Comisión Nacio-nal de Contratación y Licitaciones de Obras,Proyectos y Otros Servicios de la Construc-ción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.

ARCHÍVESE el original en la Direcciónde Asesoría Jurídica de este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial dela República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 9 días delmes de noviembre de 2015.

Ing. René Mesa Villafaña

Ministro de la Construcción

________________