Resolución 609/2023

Sobre la vigencia de certificaciones de antecedentes penales

Organismo
Ministerio de Justicia
Fecha emisión
2023-11-28
Publicada en
Gaceta No. 81 Extraordinaria de 2023 (2023-11-30)
Páginas
3–4
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución 609/2023 del Ministerio de Justicia regula la vigencia de las certificaciones de antecedentes penales. Establece que estas certificaciones tienen un plazo de vigencia de un año a partir de su expedición. La norma fue emitida por el Ministro de Justicia.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 609/2023

POR CUANTO: La Ley 151, “Código Penal”, de 15 de mayo de 2022, dispone en el

Artículo 101 que el modo de proceder para la inscripción, la cancelación de oficio o ainstancia del interesado, la expedición de certificaciones de los antecedentes penales y laentrega de información y demás cuestiones relacionadas con el registro de antecedentespenales, se regula por disposiciones especiales dictadas por el ministro de Justicia.

POR CUANTO: La Resolución 1, “Reglamento Orgánico del Ministerio de Justi-cia”, del Primer Ministro de la República de Cuba, de 26 de diciembre de 2019, en el

Artículo 11, inciso c) define como función del Ministerio, ejercer la dirección técnica,normativa, metodológica y de control al sistema de registros públicos.

POR CUANTO: En la actualidad las certificaciones de antecedentes penales tienenuna vigencia de 6 meses, pero resulta necesario extender ese plazo en atención a las di-námicas de solución de los procesos penales y el aumento significativo de solicitudes deesas certificaciones por la población para diversos trámites, lo que provoca que se debensolicitar nuevamente las mismas certificaciones al transcurrir el plazo de vigencia, porlo que, es racional ampliar ese plazo hasta un año para evitar trámites a la población ysobrecarga de trabajo en el Registro Central de Sancionados del Ministerio de Justicia, loque fue consultado con criterios favorables al Presidente del Tribunal Supremo Popular,a la Fiscal General de la República, al ministro del Interior, a la presidenta de la Orga-nización Nacional de Bufetes Colectivos, al presidente del grupo societario “Servicios Legales S.A.”, a los directores provinciales de Justicia del país y a la directora municipalde Justicia de la Isla de la Juventud.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida en el Artícu-lo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Las certificaciones de antecedentes penales tienen un plazo de vigencia deun año, contando a partir de la fecha de su expedición.

536

SEGUNDO: La directora general de Notarías y Registros Públicos queda encargadadel cumplimiento de lo que por la presente se dispone.

TERCERO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

COMUNÍQUESE a las viceministras, a la directora general de Notarías y Registros Públicos, a la directora de Registros de Personas Naturales, al director de la Unidad Pre-supuestada Registros Centrales y de Atención a la Inversión Extranjera, a los directoresprovinciales de Justicia y del municipio especial Isla de la Juventud, a los jefes de depar-tamentos de Notarías y Registros, al presidente de la sociedad civil de servicios “Servi-cios Legales S.A.”, a la presidenta de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos ya cuantas otras personas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente disposición en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los veintiocho días del mes de noviembre de 2023.

Oscar Manuel Silvera Martínez

Ministro