Resolución 61/2024

Extinguir permiso de reconocimiento en el área Vega Grande

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2024-05-09
Publicada en
Gaceta No. 52 Ordinaria de 2024 (2024-06-11)
Páginas
2–3
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Resumen generado por IA

La Resolución 61/2024 del Ministerio de Energía y Minas extingue el permiso de reconocimiento en el área Vega Grande, otorgado a Gold Caribbean Mining S.A. La norma es emitida por el Ministro de Energía y Minas, Vicente de la O Levy.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 61/2024

POR CUANTO: El Decreto 222, Reglamento de la “Ley de Minas”, de 16 de septiembre de 1997, establece la renuncia voluntaria del titular como causa de extinción de los permisos de reconocimiento.

POR CUANTO: Por la Resolución 71, de 20 de junio de 2023, del que resuelve, se le otorgó a la sociedad mercantil Gold Caribbean Mining S.A. un permiso de reconocimiento de los minerales oro, cobre, plata zinc, plomo y molibdeno en el área denominada Vega Grande, ubicada en los municipios de Buey Arriba, Guisa y Bartolomé Masó de la provincia de Granma, por el término de un año.

POR CUANTO: La sociedad mercantil Gold Caribbean Mining S.A. a través de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado la renuncia del citado permiso de reconocimiento, el que ha sido debidamente certificado por la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental de la provincia de Granma, en correspondencia con lo establecido en el

Artículo 34, inciso c), del Reglamento de la “Ley de Minas”.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVOPRIMERO: Extinguir el permiso de reconocimiento en el área denominada Vega Grande, ubicada en los municipios de Buey Arriba, Guisa y Bartolomé Masó de la provincia de Granma, otorgado a la sociedad mercantil Gold Caribbean Mining S.A.SEGUNDO: Declarar franca el área que abarca el área del permiso de reconocimiento,la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La sociedad mercantil Gold Caribbean Mining S.A. está obligada a cumplirlas obligaciones contraídas al serle otorgado dicho permiso, si no las hubiere aún ejecutado,especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indem-nizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.CUARTO: Derogar Resolución 71, de 20 de junio de 2023, del que resuelve.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y ala presidenta de la sociedad mercantil Gold Caribbean Mining S.A.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 9 días del mes de mayo de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro