Resolución 19/2002

Modificaciones al reglamento para la organización del salario

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 28 Ordinaria de 2002 (2002-06-06)
Páginas
8–17
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La Resolución No. 19/2002 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social modifica el reglamento para la organización del salario de los trabajadores Técnicos de la Docencia y de Dirección Administrativa, vinculados al Sistema Nacional de Educación. Esta modificación permite aplicar las Escuelas de Profesores de Educación Física.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 19/2002

POR CUANTO: Mediante el Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado el 22 de octubre de 1999, fue designado el que resuelve para desempeñar el cargo de Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

POR CUANTO: En virtud del Acuerdo 4085 de fecha 2 de julio del 2001, del Comité Ejecutivo del Consejo de

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 692 Ministros, Apartado Segundo, numeral 1, es atribución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, proponer y controlar el perfeccionamiento de la política laboral y salarial del país.

POR CUANTO: Se ha decidido, reabrir en las provincias las Escuelas de Profesores de Educación Física, como parte del programa de formación de profesores, para dar respuesta a los diferentes programas indicados por la dirección del país.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :UNICO: Autorizar la aplicación de las modificaciones al reglamento para la organización del salario de los trabajadores Técnicos de la Docencia y de Dirección Administrativa, vinculados al Sistema Nacional de Educación, puesta en vigor por la Resolución No. 7 de 13 de febrero de 1999, así como lo establecido en el apartado Noveno de la Resolución No. 7 de 7 de marzo del 2000, ambas de este Ministerio, a las Escuelas de Profesores de Educación Física, pertenecientes al Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación, que reabran en función de la formación de profesores.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en Ciudad de La Habana, a los 28 días del mes de mayo del 2002 Alfredo Morales Cartaya Ministro de Trabajo y Seguridad Social _____________RESOLUCION No. 20/2002

POR CUANTO: Mediante Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado el 22 de octubre de 1999, quien resuelve fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

POR CUANTO: A tenor de lo dispuesto en el Apartado Segundo, Numeral 1 del Acuerdo 4085 de fecha 2 de julio del 2002 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros es atribución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, proponer y controlar el perfeccionamiento de la política laboral y salarial del país.

POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 187, del 18 de agosto de 1998, puso en vigor las Bases Generales del Perfeccionamiento Empresarial, y la Resolución No. 12, del 3 de diciembre de l 998, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, puso en vigor el Reglamento para la Aplicación de la Política Laboral y Salarial en el Perfeccionamiento Empresarial.

POR CUANTO: La Resolución No. 6, de fecha 20 de febrero del 2001 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, estableció de modo general la metodología de categorización de las organizaciones superiores de dirección y de las empresas, incluidas en el Perfeccionamiento Empresarial, la cual es aprobada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a propuesta de los Jefes de Organismos de la Administración Central del Estado o los Presidentes de los Consejos de Administración Provincial y del Municipio Especial Isla de Juventud, según corresponda.

POR CUANTO: Por la Disposición Final Primera de la mentada Resolución No. 6 de fecha 20 de febrero del 2001 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se posibilitó la aprobación por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de las metodologías para la categorización de entidades autorizadas a aplicar el Perfeccionamiento Empresarial, pertenecientes a determinadas ramas de la economía, habiéndose omitido de dicho tratamiento diferenciado, a las que realizan la actividad de seguros y reaseguros pertenecientes al Ministerio de Finanzas y Precios.

POR CUANTO: En atención a las características específicas de las empresas que realizan las actividades de seguros y reaseguros, pertenecientes al Ministerio de Finanzas y Precios, y a propuesta de dicho organismo, se ha decidido establecer la metodología para la categorización de las mencionadas empresas.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas;

R e s u e l v o :PRIMERO: Aprobar y poner en vigor la siguiente:METODOLOGIA PARA LA CATEGORIZACION DE LAS ENTIDADES AUTORIZADAS A APLICAR EL PERFECCIONAMIENTO EMPRESARIAL EN LAS ACTIVIDADES DE SEGUROS Y REASEGUROSI. Para determinar la categoría de las entidades autorizadas a aplicar el Perfeccionamiento Empresarial, se establecen los indicadores siguientes:1. Papel estratégico en la economía e importancia económica y para la sociedad. 2. Eficiencia económica. 3. Ventas netas 4. Características técnicas organizativas 5. Ingresos por trabajador La categorización de las empresas se realiza a partir de los datos reales obtenidos en el año anterior al de su presentación. Sólo en los casos de nueva creación, división o fusión de empresas, se toman como referencia los indicadores planificados. II. Valoración de los indicadores 1. Papel estratégico en la economía e importancia económica y para la sociedad. Atendiendo al objeto social y al destino de sus servicios que tienen la mayor incidencia en la economía. (Hasta 33 puntos)GRUPO I: Seguros y reaseguros, empresas de seguros y/o reaseguros cuyos servicios protegen al comercio exterior del país, a la inversión extranjera y a otros objetivos económicos del país, sustituyendo o minimizando la necesidad de importar servicios de terceros países.

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 693 a) Si protegen al comercio exterior del país y/o a la inversión extranjera. b) Si protegen otros objetivos económicos del país. 33 puntos 30 puntosGRUPO II: Empresas servicios protegen intereses y propiedades de personas naturales nacionales o extranjeras. Ingresos anuales por conceptos de primas de seguros y reaseguros: (moneda nacional) Más de 30 MM Más de 15 MM y hasta 30 MM Hasta 15 MM 30 puntos 25 puntos 15 puntos 2. Eficiencia económica. (Hasta 20 puntos) Este indicador mide la eficiencia económica con que ha trabajado la empresa, expresada como la relación entre los gastos generales(gastos de administración más comisiones) y los ingresos por primas de seguros y reaseguros. Menos de 0.15 centavos por pesos 20 puntos De 0.15 hasta 0.20 centavos por pesos 16 puntos Más de 0.20 centavos por pesos 12 puntos 3. Ventas netas (Hasta 23 puntos) Para evaluar este indicador se deducen del nivel de ingresos por concepto de primas de seguros y reaseguros, las comisiones a intermediarios. (moneda nacional) Más de 50 MM 23 puntos Más de 20 MM y hasta 50 MM 20 puntos Más de 5 MM y hasta 20 MM 15 puntos Hasta 5 MM 8 puntos 4. Características técnicas organizativas. (Hasta 14 puntos) Para evaluar este indicador se toma la clasificación que establece el Decreto-Ley No 177 de fecha 2 de septiembre de 1997, sobre el ordenamiento del seguro y sus entidades. a) Empresas cuyos servicios clasifican en el Grupo I (seguros de vida) y Grupo V (reaseguradora) 14 puntos b) Empresas cuyos servicios clasifican en el Grupo II (seguros de bienes). 12 puntos c) Empresas cuyos servicios clasifican en el Grupo III (seguros de créditos, caución y responsabilidad civil) 9 puntos d) Empresas cuyos servicios clasifican en el Grupo IV (seguros de prestación de servicios) 6 puntos 5. Ingreso por trabajadores. (Hasta 10 puntos) Para evaluar este indicador se toman los datos reales obtenidos en el año anterior y se determinan teniendo en cuenta el nivel de ingresos promedio anual por concepto de primas de seguros obtenido por trabajador Más de 200.0 M 10 puntos Más de 150.0 M y hasta 200.0 M 7 puntos Hasta 150.0 M 4 puntos III. La categoría propuesta para la empresa se determina acorde a la puntuación total obtenida, según la siguiente tabla: CATEGORIA PUNTOSI 90 ó más II de 89 hasta 80 III de 79 hasta 70 IV menos de 70

SEGUNDO: La categoría se otorga a los efectos de fijar el salario del director general de la empresa u organización superior de perfeccionamiento empresarial, sobre la base de lo establecido en el artículo 141 de la Resolución No 12, de 3 de diciembre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

TERCERO: El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social evalúa las propuestas del Ministerio de Finanzas y Precios y aprueba la categoría de las entidades antes de ser presentado el expediente al Grupo Ejecutivo de Perfeccionamiento Empresarial.

CUARTO: La metodología de categorización que se aprueba por la presente, establece como indicadores fundamentales: papel estratégico en la economía e importancia económica y para la sociedad, eficiencia económica, ventas netas, ingresos por trabajador y características técnicas organizativas; los que representan el 100% del total de puntos a otorgar.

QUINTO: Las entidades autorizadas a aplicar el Perfeccionamiento Empresarial se recategorizan cuando en ellas haya tenido lugar cambios organizativos o tecnológicos, o ambos, que modifiquen significativamente la complejidad de dirección, así como incrementos o disminuciones importantes en los indicadores establecidos por la presente. A tales efectos, El Ministro de Finanzas y Precios, presentará al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la propuesta con la correspondiente fundamentación sobre la base de los cambios ocurridos. La recategorización de las empresas se presentan una vez finalizada la introducción de los cambios organizativos y tecnológicos cuando sea por esta causa, y transcurrido un año, cuando sea a consecuencia de la modificación sustancial de los indicadores.

SEXTO: El Ministro de Finanzas y recios puede proponer al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social un tratamiento salarial de excepción a empresas que por su elevada importancia estratégica lo requieran, pudiendo fijarse un salario de 640 pesos mensuales al director general de la misma. Este tratamiento salarial de excepción lo aprueba el Grupo Gubernamental para el Perfeccionamiento Empresarial.

SÉPTIMO: La documentación que certifica la categoría aprobada, así como los elementos contentivos de su fundamentación, se incluyen en el expediente de Perfeccionamiento Empresarial de cada entidad.

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: En los casos de empresas y organizaciones superiores empresariales donde estén aprobadas tarifas es-

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 694 peciales o escalas salariales específicas, el Grupo Ejecutivo de Perfeccionamiento Empresarial podrá proponer al Grupo Gubernamental, tomando en consideración los criterios del Ministerio de Finanzas y Precios, la adecuación de las mismas a la nueva escala, según corresponda.

SEGUNDA: Se faculta al Director de Organización y Retribución del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para aprobar la categoría de cada una de las entidades autorizadas a aplicar el Perfeccionamiento Empresarial, a partir de la propuesta formulada por el organismo correspondiente.

TERCERA: Se faculta al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para dictar las Instrucciones que resulten necesarias para la mejor aplicación de lo expuesto en la presente.

PUBLIQUESE, esta resolución en la Gaceta Oficial de la República, la que comenzará a regir a partir de su firma. Dado en Ciudad de La Habana, a los 28 días del mes de mayo del 2002.Alfredo Morales Cartaya Ministro de Trabajo y Seguridad Social _____________RESOLUCION No. 21/2002

POR CUANTO: Mediante el Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado el 22 de octubre de 1999, quien resuelve fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

POR CUANTO: El Acuerdo número 4085 de fecha 2 de julio del 2001, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Segundo, numeral 1, faculta al que resuelve para proponer, aprobar y controlar el perfeccionamiento de la política salarial del país.

POR CUANTO: Se ha detectado un error involuntario en el Apartado QUINTO de la Resolución No. 52 de fecha 26 de diciembre del 2001 de este Ministerio, referida a la aprobación de los salarios al personal dirigente de algunas Instituciones del Ministerio de Cultura, al disponer erróneamente que se aplican los incrementos dispuestos en el Apartado UNDECIMO, cuando lo correcto es el ApartadoDUODECIMO haciéndose necesario modificar el mencionado Apartado.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: El Apartado QUINTO de la Resolución No. 52 de 26 de diciembre del 2001 de quien resuelve queda redactado como sigue: “aplicar los incrementos dispuestos en el ApartadoDUODECIMO de la Resolución 21 de 11 de mayo del 2000 del que suscribe, para el personal docente de las instituciones relacionadas anteriormente y que no forman parte del anexo de la misma”

SEGUNDO: Aprobar para los restantes trabajadores del sistema presupuestado del sector de la Cultura, en correspondencia con la categoría ocupacional, los incrementos al salario básico mensual siguientes:CARGOS U OCUPACIONES PAGO ADICIONAL MENSUALPropios del Ministerio de Cultura $ 50.00 Comunes o de otros organismos 30.00 Obreros, Trabajadores Administrativos y de Servicios 20.00

PUBLIQUESE: Esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República, la que comenzará a regir a partir de su fecha y archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio. Dada en Ciudad de La Habana, a los 31 días del mes de mayo del 2002.Alfredo Morales Cartaya Ministro de Trabajo y Seguridad Social _____________RESOLUCION No. 22/2002

POR CUANTO: Por acuerdo del Consejo de Estado del 22 de octubre de 1999, fue designado el que resuelve para desempeñar el cargo de Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

POR CUANTO: El Acuerdo número 4085 de fecha 2 de julio del 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en su Apartado Segundo, numeral 1, faculta al que resuelve para proponer, aprobar y controlar el perfeccionamiento de la política salarial del país.

POR CUANTO: Los calificadores constituyen el elemento del sistema salarial donde se agrupan las distintas ocupaciones o cargos existentes en la economía nacional, según los grados de complejidad, describen el procedimiento de trabajo, los requisitos de conocimientos necesarios para desempeñarlos y el grupo que les corresponde en la escala salarial.

POR CUANTO: Han concluido los estudios que se venían realizando por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la propuesta presentada por el Ministerio de la Industria Ligera, sobre el Calificador de Ocupaciones de Obreros Propios de la Empresa Texoro, perteneciente a la Unión Textil, como resultado de la revisión del existente.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas:

R e s u e l v o :PRIMERO: Aprobar y poner en vigor el Calificador de Ocupaciones de Obreros Propios de la Empresa Texoro, perteneciente a la Unión Textil, del Ministerio de la Industria Ligera, el que constará de las ocupaciones y grupos de calificación siguientes:NOMENCLATURA DE LA OCUPACIÓN GRUPOAuxiliar de Fibras Duras o Liberianas IV-V Preparador de Apresto y Emulsión VI Cortador con Guillotina V Clasificador Reprocesador IV-V-VI Mezclador Batanero Cardador VI

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 695 Operario de Manuares VI Tejedor VII-VI Conformador de Sacos de Fibras Duras o Liberianas V Revisador – Metrador IV-V-VI Urdidor – Engomador VI-VII Mecánico para la Industria de Fibras Duras o Liberianas V-VI-VIII-IX Operador de Máquina Impresora de sacos de Fibra Dura o Liberiana VI Operario de Calandria IV Suavizador de Fibras Duras o Liberianas VI Entendedor Empalmador de Fibras Duras o Liberianas VI Operario de Prensa de Fibras Duras o Liberianas V-VI Hilador VI-VII Operario de Máquina Enconadora VII Humidificador VI

SEGUNDO: Su aplicación se realizará en la medida que puedan autofinanciarse, con el incremento de la productividad y la disminución del costo del salario por peso de producción mercantil.

TERCERO: Las denominaciones, descripciones del procedimiento de trabajo, los conocimientos y los grupos de calificación que aparecen en el anexo de la presente Resolución, formando parte de la misma, no podrán ser modificados en forma alguna sin la aprobación de este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

CUARTO: En los casos de trabajadores cuyos salarios actuales sean superiores a los que fijaba el anterior Calificador, y, que como producto de la reevaluación efectuada, las ocupaciones que desempeñan hayan resultado elevadas de grupo de calificación, se procederá a reducir la remuneración adicional que venían percibiendo, hasta el total del importe del aumento salarial que les corresponda. Si persistiese alguna diferencia sobre el nuevo salario básico, se les continuará pagando en forma de plus salarial, y del mismo modo deben hacerse en las plantillas, nóminas y expedientes laborales, los ajustes correspondientes.

QUINTO: A los efectos de la aplicación de este Calificador se ajustará a lo establecido para la evaluación del trabajador en la legislación vigente.

SEXTO: Las ocupaciones que anteceden y los grupos de calificación que les corresponden podrán ser utilizados por la Empresa Texoro, siempre y cuando no se deteriore la relación salario medio/productividad planificada para el año; de ocurrir lo contrario mantendrán las ocupaciones que se relacionan a continuación con el grupo y que aparecen en el anterior Calificador, cuyos contenidos de trabajo obran en nuestros archivos.NOMENCLATURA DE LAS OCUPACIONES GRUPO ESCALAAyudante II Anudador III Montador para Tejeduría III Preparador de Colorante apresto y Productos Auxiliares IV Cortador con Guillotina III Auxiliar de Procesos Textiles III Clasificador Reprocesador III-IV-V Mezclador Batanero Cardador III Reunidor - Peinador III Tejedor V Operario de Agregado de Género no Tejido IV Costurera “B” III Revisador-Metrador III-IV Metrador Cortador Prensero III Urdidor IV-V Engomador IV-VI Mecánico para la Industria Textil VI-VII-VIII-IX Engrasador “A” IV Impresor Textil IV Operario de Calandria de Acabado III Suavizador III Entendedor Empalmador IV Hilador Torcedor IV-V Devanador III Humidificador V

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Se faculta al Viceministro correspondiente de este Ministerio para dictar las disposiciones que resulten necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en la presente.

SEGUNDA: Se dejan sin efecto para la Empresa Texoro, perteneciente a la Unión de Confecciones del Ministerio de la Industria Ligera, las ocupaciones y grupos de calificación que aparecen en la Instrucción No. 71.18 de fecha 31 de agosto de 1973 de la entonces Dirección de Salarios del Ministerio de Trabajo, así como las demás disposiciones legales de menor e igual jerarquía que se opongan a lo dispuesto por la presente que se aprueba.

TERCERA: Publíquese la presente en la Gaceta Oficial de la República. Dada en Ciudad de La Habana, a los 31 días del mes de mayo del 2002.Alfredo Morales Cartaya Ministro de Trabajo y Seguridad SocialNOMENCLATURA DEL CARGO: AUXILIAR DE FIBRAS DURAS O LIBERIANAS CONTENIDO DE TRABAJO:Realiza trabajos de apoyo en todos los procesos de fibras duras o liberianas; forma o agrupa productos o semiproductos; selecciona y distribuye materias primas y materiales; desamarra, abre y ripia las fibras, limpia, recoge desperdicios, rollos de fibras y tejidos; trasiega materias primas, materiales auxiliares, desperdicios y productos terminados; ayuda al operario del equipo en algunas operaciones no complejas; clasifica; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 696 REQUISITOS DE CONOCIMIENTOSConocer las características de los equipos con que trabaja. Funcionamiento de los equipos y medios que manipula. Tener nociones de la tecnología que apoya y su importancia. Conocer las normas de Seguridad y Salud de su profesión y puesto de trabajo.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPOAuxiliar los procesos de Cardado, Suavizado y Anudado V Montar Plegadores en Telares V Auxiliar el resto de los procesos de Fibras duras o liberianas, realiza cualquier otra labor de similar complejidad IVNOMENCLATURA DEL CARGO: OPERARIO PREPARADOR DE APRESTO Y EMULSION CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: VIRealiza trabajos de preparación de apresto y emulsión; hace combinación en las fórmulas de diseño; manipula llaves; determina, fija y regula los distintos volúmenes, temperatura, viscosidad, densidad y concentración; realiza cálculos y correcciones de las mezclas preparadas; opera bombas; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer el correcto funcionamiento y manipulación de los utensilios y equipos con que trabaja. Las características de las materias primas y materiales con que trabaja. Las reacciones de los productos que utiliza. Interpretar fórmulas. Espesor de la mezcla. Tener nociones de la tecnología del proceso. Conocer las normas de Seguridad y Salud de su profesión y área de trabajo.NOMENCLATURA DEL CARGO: CORTADOR CON GUILLOTINA CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: VCorta tejidos y fibras duras o liberianas; traslada y tiende el tejido teniendo en cuenta sus características; revisa el material; realiza mediciones según el material a cortar; revisa corte: separa los bloques de material o tejido; manipula el equipo y observa su funcionamiento; mantiene ordenado y limpio su puesto de trabajo; cumple con las normas de Seguridad y Salud del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer el correcto funcionamiento y manipulación del equipo con que trabaja, mediciones lineales. Conocer las características de los tejidos y materiales con que trabaja e identificarlos. Saber graduar y ajustar la guillotina de acuerdo al tipo de corte a realizar. Saber grado de presión a aplicar para realizar el corte parejo. Tener nociones de la tecnología del proceso. Conocer las normas de Seguridad y Salud del Trabajo.NOMENCLATURA DEL CARGO: CLASIFICADOR REPROCESADOR CONTENIDO DE TRABAJOClasifica, recolecciona, pesa, reprocesa, recupera, distribuye y envasa, materias primas, semiproductos, productos terminados, desperdicios y materiales auxiliares en todos los procesos de fibras duras o liberianas; elimina objetos extraños; marca; anota; controla; revisa; saca rollos; enfarda; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer el correcto funcionamiento y manipulación de los equipos con que trabaja. Las características de los materiales que clasifica o procesa. Saber identificar los distintos tipos de desperdicios, productos, materiales auxiliares, semiproductos con que trabaja y el envase requerido. Saber las especificaciones de calidad de los productos o semiproductos que manipula. Tener nociones de la tecnología del proceso. Conocer las normas de Seguridad y Salud de su profesión y área de Trabajo.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPORevisar, controlar, clasificar y/o envasar productos o semiproductos según los parámetros de calidad exigidos. V Recoger, reprocesar, clasificar, controlar, recuperar fibrillas y trasegar fibras V Pesar desperdicios de fibras duras o liberianas, trasegar conos, rollos, cubos, clasificar tejidos y envases; enfardelar y otras de similar complejidad. IV Pesar productos intermedios en el proceso VINOMENCLATURA DEL CARGO: MEZCLADOR BATANERO CARDADOR CONTENIDO DE TRABAJOOpera equipos para mezclar, eliminar impureza y formar rollos y cintas de fibras duras o liberianas y de algodón para el proceso de género no tejido; mezcla y combina los diferentes tipos de algodón en las proporciones adecuadas para lograr los requerimientos de calidad según las fichas técnicas; regula el espesor de la cinta, presión y temperatura de los equipos con que trabaja; pone y ajusta rollos; vela por la uniformidad de las cintas; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer el correcto funcionamiento y manipulación de los utensilios y equipos con que trabaja. Las características de las materias primas y materiales que utiliza. Conocer las proporciones según las fichas técnicas. Conocer causas de interrupciones o roturas en los equipos y como eliminarlas. Conocer los parámetros de presión y temperatura requeridos para obtener la calidad óptima. Conocer las normas de Seguridad y Salud de su profesión y área de Trabajo.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPOOperar equipos de mezclar fibras de algodón, batán y carda para formar rollos para el proceso de género no tejido. VI

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 697 Operar cardas abridoras, intermedias y finales para procesar fibras duras o liberianas VINOMENCLATURA DEL CARGO: OPERARIO DE MANUARES CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: VIOpera equipos de peinado de fibras duras o liberianas para reunir cintas y formar mechas en procesos abridores, intermedios y finales; alimenta y chequea el equipo velando por la uniformidad de la cinta; realiza empalmes; elimina enredos; realiza sacadas; sustituye cubos; chequea el cumplimiento de los parámetros de calidad exigidos según las fichas técnicas; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOSConocer el correcto funcionamiento y manipulación del equipo con que trabaja. Conocer las características de las cintas y su correcto uso. Patrullaje de las máquinas. Tener nociones de la tecnología del proceso. Conocer los parámetros de calidad según las fichas técnicas. Conocer las normas de Seguridad y Salud para su profesión y área de Trabajo.NOMENCLATURA DEL CARGO: TEJEDOR CONTENIDO DE TRABAJOOpera equipos de telares y género no tejido; interpreta diseños, realiza empalmes de hilos y velos y elimina desperfectos que se producen; patrulla los equipos; revisa los parámetros de calidad según las fichas técnicas y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer el correcto funcionamiento y manipulación del equipo con que trabaja. Conocer las características de la materia prima, así como las especificaciones de calidad. Eliminar las roturas y los defectos que se presenten. Tener nociones de la tecnología del proceso. Conocer las normas de Seguridad y Salud de su profesión y área de Trabajo.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPOOperar telares SA y SB de fibras duras o liberianas. VII Opera equipos de género no tejido VINOMENCLATURA DEL CARGO: CONFORMADOR DE SACOS DE FIBRAS DURAS O LIBERIANAS CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: VOpera equipos especializados para la fabricación de sacos de fibras duras o liberianas; ensarta el equipo; cambia accesorios; vela por el cumplimiento de los parámetros de calidad establecidos en las fichas técnicas; acciona pedal; encentra y alinea tejido para lograr uniformidad; separa piezas; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer el correcto funcionamiento y manipulación del equipo con que trabaja, saber ensartar y cambiar accesorios. Conocer las características de la materia prima, materiales y herramientas con que labora. Tener nociones de la tecnología del proceso. Conocer los parámetros de calidad exigidos en las fichas técnicas. Conocer las normas de Seguridad y Salud de su profesión y área de Trabajo.NOMENCLATURA DEL CARGO: REVISADOR-METRADOR CONTENIDO DE TRABAJORealiza trabajos de revisión, clasificación y metraje de tejidos de acuerdo a los parámetros técnicos normalizativos, clasifica y detecta defectos; señala los defectos que no tiene arreglo; determina las causas de éstos y valora los mismos según tablas; mide; cuenta; registra irregularidades; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer las medidas de Seguridad y Salud de su profesión y área de trabajo. El correcto funcionamiento y manipulación de la máquina. Características del tejido o artículo que revisa. Causas que originan los defectos. Conocer las normas de defectos y la de clasificación en clases de calidad de los tejidos crudos y terminados, clasificación de los artículos por su uso y dimensiones, tener nociones de la tecnología del proceso y la organización de la producción.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPORevisar tejidos en máquinas revisadoras, cortar y empalmar cuando elimine defectos VI Revisar productos Terminados de fibras duras o liberianas V Operar equipos de medir, cortar y empacar productos de género no tejido V Revisar productos terminados de género no tejido y otros procesos intermedios IV Realizar trabajos de metraje a tejidos cruzados o terminados en máquinas metradoras IVNOMENCLATURA DEL CARGO: URDIDOR-ENGOMADOR CONTENIDO DE TRABAJORealiza trabajos para la formación de plegadores de hilos de fibras duras o liberianas; cambia conos y carretes; liquida roturas; empata cabos de hilos; distribuye los hilos por su orden en las filetas y el peine; coloca el dispositivo de parada; gradúa el ancho del peine, revisa la máquina y pone en marcha el equipo; regula la velocidad y la tensión de los hilos; elimina mogollas y roturas de hilos; realiza anudados, corta sobrantes; busca la uniformidad de todos los carretes; acciona llaves; gradúa temperaturas; regula controles; chequea Humedad; monta y desmonta plegadores; vigila la aplicación de aprestos; cumple con los parámetros de calidad establecidos; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConoce las medidas de protección y salud para su profesión y área de trabajo. Importancia del engomado en el proceso de la Tejeduría. La tecnología de la producción. El correcto funcionamiento y manipulación de la máquina.

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 698 Distintos estilos o referencias que se trabajan. Temperatura que debe existir en la fuente y en los cilindros secadores. Humedad relativa que debe tener el hilo engomado. Característica de cada tipo de goma empleada. Cantidad de hilos que lleva cada plegador. Correcta graduación del estiraje de la máquina. Interpretar los diseños y estilos a producir, graduar correctamente las llaves de vapor y de líquido. Nociones de física y química, así como de la organización de su área.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPOOperar equipos de urdido y engomado para conformar plegadores VII Auxiliar a los operarios de urdido y engomado en el proceso de Conformación de plegadores VINOMENCLATURA DEL CARGO: MECANICO PARA LA INDUSTRIA DE FIBRAS DURAS O LIBERIANAS CONTENIDO DE TRABAJOEjecuta trabajos de mecánica en máquinas, equipos, accesorios y mecanismos de la tecnología destinada a la producción en los distintos procesos de fibras duras o liberianas; interpreta planos, catálogos y esquemas; efectúa mantenimiento y reparaciones planificadas e imprevistas de todo tipo; realiza trabajos de banco o directamente en la línea de producción; elimina los defectos y roturas de los mecanismos de las máquinas; observa y mantiene la calidad del producto que depende de la parte mecánica; desmonta y monta; revisa, repara, ajusta, regula, centra y nivela partes y conjuntos o mecanismos y equipos de la industria; indica en el tipo de trabajo a realizar a todas las piezas que se traslada al taller de mecánica o de apoyo; confecciona y monta equipos de dibujo; limpia o sopletea; lubrica, engrasa de forma parcial o total; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según corresponda. REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer el correcto funcionamiento y manipulación de los equipos, herramientas y útiles con que trabaja. Conocer la tecnología del proceso. Tolerancia y ajuste. Aspereza de las superficies que se acoplan. Instrumentos de medición y control, plantillas, dispositivos auxiliares y calibres. Conocer principio de elaboración de los metales. Causas principales de las averías de los equipos. Aprovechamiento económico de las herramientas, dispositivos, materiales, energía y materiales auxiliares. Tener dominio de los mecanismos de las máquinas que trabaja. Despieces, propósitos del equipo y sus parámetros de funcionamiento, defectos de producción que ocasionan sus desperfectos mecánicos. Ciclos, tipos de mantenimientos. Concepto tecnológico de la reparación de cada pieza, su vida útil y efectos de su nivel de funcionamiento. Tipos de limpiezas. Puntos vitales de engrase de los equipos que atiende. Conocer las normas de seguridad y salud de su puesto de trabajo.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPORealizar diagnósticos, reparaciones generales, medianas y otras que por su envergadura sean planificadas o imprevistas a batanes, cardas hiladoras enconadoras, telares, suavizadora entendedoras y otros de similar complejidad a los equipos de proceso de fibra duras y liberianas. Orientar a mecánicos de menor calificación. IX Realizar reparaciones y cambiar dispositivos a los equipos de la línea durante el turno de trabajo imprevistas cuya duración no sobrepase la jornada laboral y cuya solución no requiera de una reparación general. VIII Realiza reparaciones ligeras y participa con el mecánico en operaciones de mayor complejidad. VI Limpiar, sopletear, engrasar, lubricar y otras tareas de similar complejidad. VNOMENCLATURA DEL CARGO: OPERADOR DE MAQUINA IMPRESORA DE SACOS DE FIBRAS DURAS O LIBERIANAS CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: VIEfectúa trabajos en máquinas destinadas a la impresión de sacos de fibras duras o liberianas; regula los dispositivos de impresión, regula el cliché; gradúa dispositivo de tintas en los tinteros, combina colores, monta rolletes; chequea la impresión, mantiene la fluidez de la tinta; observa la calidad de la impresión; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer el correcto funcionamiento y manipulación de los equipos con que trabaja. Tener nociones de diseño. Saber combinar colores. Saber realizar todos los tipos de ajustes. Identificar las referencias del tipo de saco a imprimir. Tener nociones de la tecnología del proceso. Conocer las características y uso de los materiales que utiliza. Conocer las normas de Seguridad y Salud para su profesión y puesto de trabajo.NOMENCLATURA DEL CARGO: OPERARIO DE CALANDRIA CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: IVEfectúa trabajos en las máquinas planchadoras de fibras duras o liberianas, realiza el ensarte del tejido en la máquina; chequea el correcto funcionamiento del equipo y la calidad requerida; controla la materia prima; revisa la presión y temperatura del equipo; humedece tejidos; cumple las normas de Protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer las medidas de Seguridad y Salud para su profesión y puesto de trabajo. El correcto funcionamiento y manipulación de la máquina. Diferenciar tipo de tejidos que se procesan y manipulación de los mismos, así como tiempo de proceso de cada tejido. Tener nociones de la tecnología del proceso de producción, así como la organización de su puesto de trabajo y taller; conocer la humedad presión y temperatura que requiere el tejido que se plancha.

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 699 NOMENCLATURA DEL CARGO: SUAVIZADOR DE FIBRAS DURAS O LIBERIANAS CONOCIMIENTO DE TRABAJO GRUPO: VIRealiza trabajos en la máquina suavizadora de fibras duras o liberianas; pone en marcha el equipo; alimenta la estera de forma uniforme; destuerce gavilla; regula los manómetros de la emulsión, chequea los rociadores; dobla la fibra y aplica una pequeña torsión; revisa el estado de la producción; llena y pesa los corros de fibras y los sitúa en el lugar indicado; controla la producción y consumo de materias primas y materiales; clasifica fibras; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer las medidas de Seguridad y Salud en su profesión y área de trabajo. El correcto funcionamiento y manipulación de la máquina. La cantidad de fibra que debe situar en la estera para que esta salga perfectamente emulsionada; la correcta colocación de la fibra en la estera y en los carros; los índices o normas que clasifican las fibras. La cantidad de emulsión que debe aplicarse a las fibras; determinar las fibras que no están en condiciones de ser procesada. Tener nociones de la tecnología del proceso de producción, así como de la organización del trabajo de su taller.NOMENCLATURA DEL CARGO: EXTENDEDOR EMPALMADOR DE FIBRAS DURAS O LIBERIANAS CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: VILleva a cabo el extendido y empalme de las fibras textiles duras o liberianas para la elaboración de las cintas que requiere el proceso; verifica la acertada incorporación de la fibra proveniente de los rollos guías que determinan la calidad del proceso; determina cantidad de fibras que debe colocar sobre la estera; regala las válvulas que controlan los manómetros indicadores de la emulsión; chequea los mecanismos de la máquina; manipula y traslada fibras y rollos de fibra; regula la presión del rollo; mantiene ordenado y limpio su puesto de trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer las medidas de seguridad y salud de su profesión y de su área de trabajo. El correcto funcionamiento y manipulación del equipo. Conocer el correcto extendido y el empalme de la fibra en la estera de alimentación del equipo para que el peso de la cinta sea el indicado en las fichas técnicas. Identificar las distintas clases de fibra con que se trabaja. Identificar las características de los mismos. Conocer la tecnología y las normas del proceso.NOMENCLATURA DEL CARGO: OPERARIO DE PRENSA DE PRODUCTOS DE FIBRAS DURAS O LIBERIANAS CONTENIDO DE TRABAJOOpera prensa de todo tipo en los procesos de fibras duras o liberianas; prepara prensa; echa o coloca los productos en la prensa; prensa; amarra pacas; coloca sogas; alambres o flejes dentro de la prensa para el amarrado; hace nudos; inspecciona la uniformidad del prensado; observa y regula la presión en caso necesario; observa y regula el nivel de aceite del equipo; desmonta pacas; saca y traslada las pacas; marca y controla; mantiene limpio y ordenado el puesto de trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer las medidas de seguridad y salud de su profesión y de su área de trabajo. El correcto funcionamiento y manipulación del equipo. Identificar los distintos tipos de materiales y productos con que trabaja. Identificar las características de los mismos. Conocer tipos de envase para cada producto o semiproducto. Conocer las normas de Seguridad y Salud del Trabajo.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPOPrensar productos terminados de fibras duras o liberianas. VI Prensar semiproductos o desperdicios de fibras duras o liberianas VNOMENCLATURA DEL CARGO: HILADOR CONTENIDO DE TRABAJORealiza trabajos en máquinas textiles hiladoras, hiladoras torcedoras o torcedoras de hilos de fibras duras o liberianas; mantiene la alimentación del equipo; realiza ensartes a través de las diferentes guías o aditamentos; gradúa las tensiones; elimina roturas; realiza sacadas; realiza empalmes o empates de hilos; observa la calidad del hilado o torcido; cambia carretes vacíos; clasifica desperdicios; patrulla el equipo; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer las reglas de Seguridad y Salud del trabajo para su profesión y área de trabajo. El correcto funcionamiento y manipulación del equipo. Distintos tipos y calibres de los productos con que trabaja. Correcto patrullaje de las máquinas. Nociones de la tecnología de producción. Dominio de las normas de proceso y la ejecución de ensartar, amarrar y empalmar. Conocer las características de la materia prima que utiliza.EJEMPLOS DE TRABAJO GRUPOOperar todos los equipos que realizan todos los procesos de hilado, torcido o Retorcido de fibras duras o liberianas VII Efectúa sacadas en las hiladoras, torcedoras o retorcedoras VINOMENCLATURA DEL CARGO: OPERARIO DE MAQUINA ENCONADORA CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: VIIRealiza trabajos en máquinas enconadora de hilos de fibras duras o liberianas en forma de conos; ensarta la máquina; pone en marcha el equipo; observa su funcionamiento, liquida roturas de hilos; realiza empalmes y elimina sobrantes de hilos; mantiene el abastecimiento constante de la máquina; saca conos; revisa calidad del enconado según las fichas técnicas; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.

6 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 700 REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConoce las Medidas de Seguridad y Salud para su profesión y área de trabajo. El correcto funcionamiento y manipulación del equipo. Las características del material que elabora. Conocer los parámetros de calidad según las fichas técnicas. La tecnología del proceso de producción. Las normas del proceso. Identificar los distintos calibres del hilo.NOMENCLATURA DEL CARGO: HUMIDIFICADOR CONTENIDO DE TRABAJO GRUPO: VIEjecuta trabajos en las instalaciones de humidificación de la industria de fibras duras o liberianas; revisa los diferentes aparatos y mecanismos que la conforman; repara las roturas y deficiencias que detectan; engrasan, limpia y repara aparatos humidificadores; manipula las llaves de control de aire y humedad; regula y controla la salida de aire comprimido y agua; chequea e informa el grado de humedad existente; realiza lectura de relojes y gráficos interpreta la lectura de relojes; cumple las normas de protección e higiene del trabajo y realiza otras tareas según se requiera.REQUISITOS DE CONOCIMIENTOConocer las medidas de Seguridad y Salud de su profesión y área de trabajo. El correcto funcionamiento manipulación de equipos humidificadores. Las normas de humidificación. Deficiencias que pueden ocasionare, sus orígenes. La presión de aire y humedad requerida en las salas o talleres. Interpretar la lectura de relojes y gráficos para detectar la humedad. Tener nociones de la tecnología del proceso de producción, así como la organización del trabajo de su taller.