Resolución 63

Modificación de la Resolución No. 160/1993

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 7 Ordinaria de 2009 (2009-03-05)
Páginas
7–8
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La Resolución No. 63 modifica la Resolución No. 160/1993, emitida por la Presidenta de la Academia de Ciencias de Cuba. Esta modificación se refiere a la creación de la Unidad Presupuestada denominada Aseguramiento y Logística de Sancti Spíritus, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Texto íntegro

Resolución No. 160/1993.

-

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Modificar el Apartado PRIMERO de la Resolución No. 160/1993 de 2 de marzo de 1993, de la Presidenta de la Academia de Ciencias de Cuba, el cual queda redactado de la forma siguiente:

PRIMERO: Crear la Unidad Presupuestada denominada Aseguramiento y Logística de Sancti Spíritus, la cual tiene su sede en la ciudad de Sancti Spíritus, subordinada a la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en dicha provincia, y, cuyo objeto es el siguiente:

- 1. Brindar servicios de mantenimiento constructivo a instalaciones, así como de ejecución de obras constructivas menores y medianas, a entidades del sistema de Cien-

- cia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos.

- 2. Comercializar de forma mayorista equipos de oficina, computación, climatización, refrigeración, audiovisuales y medios técnicos específicos de la actividad científica, muebles, materiales de oficina, artículos de aseo y limpieza, de ferretería y productos varios, herramientas para la actividad de mantenimiento y transporte, artículos para la protección e higiene del trabajo, artículos para la seguridad y la protección del trabajo, artículos para la cocina, comedores y casas de visita, productos alimenticios, bebidas, piezas de repuesto, instrumentos de laboratorios y otras actividades científicas y materiales de la construcción a entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Interior, en pesos cubanos.

- 3. Brindar servicios de alojamiento no turístico y de alimentación asociados a éste, a entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a otras instituciones de la Ciencia, en pesos cubanos.

- 4. Ofrecer servicios de organización y aseguramiento de eventos a las entidades del sistema de Ciencia en la provincia, en pesos cubanos.

- 5. Ofrecer servicios de transportación, distribución y entrega de cargas a las entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos y a terceros cuando las capacidades lo permitan, cumpliendo las regulaciones establecidas en el país.

- 6. Brindar servicios de almacenaje, al sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en pesos cubanos.

- 7. Brindar servicios de transportación de trabajadores a entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos.

- 8. Prestar servicios de gestión y tramitación de documentación legal y de control técnico de la actividad del transporte automotor del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en pesos cubanos.

- 9. Ofrecer servicios de jardinería y de mantenimiento de áreas verdes, para entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos.

- 10. Brindar servicios de instalación, mantenimiento y reparación de sistemas y equipos informáticos, a entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos.

- 11. Ofrecer servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores y a los de las entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en pesos cubanos.

- 12. Comercializar de forma minorista excedentes del autoconsumo a los trabajadores de las entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la provincia, en pesos cubanos, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Interior. Dése cuenta al Director de la Oficina Nacional de Estadísticas.

Comuníquese la presente, con entrega de copia, a los viceministros, directores y jefes de Departamento de la Sede Central de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, al Delegado Territorial de este Ministerio en la provincia de Sancti Spíritus y, por su conducto, al Director de la Unidad Presupuestada de Aseguramiento y Logística de Sancti Spíritus, perteneciente a la Delegación Territorial.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA, en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de febrero del año 2009.

Dr. Fernando Mario González Bermúdez

Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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