Resolución 51

Otorgar la Distinción Por la Cultura Nacional

Organismo
Ministerio de Cultura
Fecha emisión
2004-06-03
Publicada en
Gaceta No. 45 Ordinaria de 2004 (2004-07-29)
Páginas
15–16
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La Resolución No. 51 del Ministerio de Cultura regula el otorgamiento de la Distinción 'Por la Cultura Nacional' a personas que se destacan en la promoción cultural. Esta distinción fue creada por el Decreto-Ley No. 30 de 1979 y es emitida por el Ministro de Cultura.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 51

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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante el Decreto-Ley No. 30 “Sobre Condecoraciones”, de fecha 10 de diciembre de 1979, creó, entre otras, la Distinción "Por la Cultura Nacional", facultando al Ministro de Cultura para su otorgamiento.

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POR CUANTO: Es de interés del Ministerio de Cultura reconocer la destacada labor realizada por el Excelentísimo Señor Francisco Suescum Ottati, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Ecuador en la República de Cuba, doctor en jurisprudencia, escritor que se ha destacado por sus colecciones “Poemas de amistad y solidaridad con Cuba” y ferviente promotor cultural, ha logrado estrechar vínculos entre nuestros países en las diferentes manifestaciones artísticas, lo que ha patentizado a través del

- intercambio en el ámbito del cine, la música, las artes plásticas y la danza.

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POR CUANTO: Mediante Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 10 de febrero de 1997, fue designado el que suscribe como Ministro de Cultura.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas;

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Otorgar la Distinción "Por la Cultura Nacional" al Excelentísimo Señor Francisco Suescum Ottati, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Ecuador en la República de Cuba, por la fidelidad a sus principios, el respeto y la admiración por la Revolución Cubana, que lo han convertido en un probado defensor de nuestros más genuinos valores y logros.

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SEGUNDO: Disponer que la insignia representativa les sea otorgada en acto solemne convocado al efecto.

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TERCERO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

NOTIFIQUESE a la Dirección de Cuadros de este Ministerio.

COMUNIQUESE a los viceministros, a la Dirección de Cuadros de este Ministerio y por su conducto, al interesado y a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda .

ARCHIVESE el original de esta Resolución en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en la ciudad de La Habana, a los 3 días del mes de junio de 2004.

Abel E. Prieto Jiménez

Ministro de Cultura

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