Resolución 28
La Resolución No. 28 del Ministerio de Cultura regula el Premio Nacional de Crítica e Investigación Cinematográfica. Este premio tiene como objetivo reconocer y estimular la investigación en crítica e investigación cinematográfica en Cuba. El premio es emitido por el Ministerio de Cultura.
- El premio se otorga anualmente en dos categorías: Crítica e Investigación cinematográfica.
- Pueden participar críticos e investigadores cubanos residentes en el país.
- Los trabajos deben ser inéditos, no publicados o comprometidos con editorial alguna y con una extensión entre 120 y 200 cuartillas.
- El premio consiste en 5 000 pesos moneda nacional y la publicación de los cuadernos por la editorial Acana.
- El jurado está compuesto por 3 prestigiosas personalidades de la cultura cubana y su decisión es inapelable.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 28
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POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en uso de las facultades conferidas por el Decreto-Ley No. 147, “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de fecha 21 de abril de 1994, aprobó, mediante su Acuerdo No. 4024, de fecha 11 de mayo de 2001, con carácter provisional, el objetivo, las funciones y atribuciones específicas del Ministerio de Cultura como Organismo encargado de dirigir, orientar, controlar, y ejecutar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la política cultural del Estado y el gobierno, así como garantizar la defensa, preservación y enriquecimiento del patrimonio cultural de la nación cubana.
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POR CUANTO: El propio Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en su Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, aprobó provisionalmente en su Apartado Tercero, Numeral 4, entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar en el marco de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: Por Resolución No. 33, de fecha 11 de marzo de 1989, del Ministro de Cultura, se inserta al Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos, con personalidad jurídica propia, dentro del Sistema del Ministerio de Cultura.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4818, de fecha 10 de junio de 2003, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Primero, define como Premio, al estímulo que se otorga de forma regular o excepcional, por los órganos y organismos del Estado y del gobierno, nacionales y provinciales, a personas naturales y jurídicas, individual o en colectivo, en atención a relevantes resultados y méritos, laborales, profesionales o en determinada actividad; siempre que el estímulo tenga una expresión material, en dinero u otro bien.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 5170, de fecha 9 de junio de 2004, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Segundo, faculta al Ministerio de Cultura para que apruebe, con los requerimientos establecidos por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, los premios que otorgan los institutos, consejos y otras instituciones nacionales de su sistema.
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POR CUANTO: Por la importancia que reviste para el desarrollo de una cultura general integral, el reconocimiento a la actividad intelectual en materia de crítica e investigación cinematográfica, para su estímulo y promoción se determinó establecer el Premio Nacional de Crítica e Investigación Cinematográfica.
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POR CUANTO: Mediante Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 10 de febrero de 1997, fue designado quien suscribe como Ministro de Cultura.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
- PRIMERO Aprobar el Reglamento del Premio Nacional de Crítica e Investigación Cinematográfica, que se otorga con el objetivo de reconocer y estimular la investigación en estas temáticas a través del Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos, en ocasión del Taller Nacional de Crítica Cinematográfica de Camagüey, evento auspiciado por la Cátedra de Pensamiento Audiovisual "Tomás Gutiérrez Alea" .
REGLAMENTO DEL PREMIO NACIONAL
DE CRITICA E INVESTIGACION CINEMATOGRAFICA
ARTICULO 1.-El Premio Nacional de Crítica e Investigación Cinematográfica, que convoca la Cátedra de Pensamiento Audiovisual “ Tomás Gutiérrez Alea”, se confiere de forma anual en (2) dos categorías: Crítica e Investigación cinematográfica, entendiéndose en la primera categoría también las compilaciones de reseñas críticas.
ARTICULO 2.-Pueden participar todos los críticos e investigadores cubanos residentes en el país.
ARTICULO 3.-El tema es libre dentro de sus categorías y los trabajos deben ser inéditos y no publicados o comprometidos con editorial alguna.
ARTICULO 4.-Los trabajos se presentan bajo el sistema de seudónimo y en sobre aparte se consignan los datos del autor: nombre y apellidos, número del carné de identidad, dirección particular, centro de trabajo. Los trabajos se envían a la Cátedra de Pensamiento Audiovisual “Tomás Gutiérrez Alea”.
ARTICULO 5.-La extensión de los cuadernos debe tener un mínimo de 120 (ciento veinte) cuartillas y un máximo de 200 (doscientas). Cada cuartilla con 30 (treinta) líneas, mecanografiadas a 2 (dos) espacios y el puntaje de la letra debe ser de 12 (doce) en estilo Times New Roman.
ARTICULO 6.-El jurado, de 3 (tres) miembros, está compuesto por prestigiosas personalidades de la cultura cubana. La decisión del jurado se toma por mayoría de votos y será inapelable.
ARTICULO 7.-Se otorga un (1) premio único e indivisible para cada categoría, consistente en 5 000 (cinco mil) pesos moneda nacional y la publicación de los cuadernos por la editorial Acana. Los premiados se dan a conocer durante las actividades del Taller Nacional de la Crítica Cinematográfica, auspiciado por la Cátedra de Pensamiento Audiovisual “Tomás Gutiérrez Alea”. Los trabajos no premiados pueden ser recogidos durante los 60 (sesenta) días posteriores a la premiación.
NOTIFIQUESE al Presidente del Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos y a la Cátedra de Pensamiento Audiovisual “Tomás Gutiérrez Alea”.
COMUNIQUESE al viceministro primero de cultura, a los viceministros, a los presidentes de institutos y consejos, a los directores de instituciones nacionales y entidades del sistema de la cultura, a la Dirección de Legislación y Asesoría del Ministerio de Justicia y a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHIVESE el original de esta Resolución en la Dirección Jurídica del Ministerio de Cultura.
DADA en La Habana, a los 19 días del mes de marzo de 2008.
Abel E. Prieto Jiménez
Ministro de Cultura
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