Resolución 72
La Resolución No. 72 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de la concesión de explotación minera otorgada a Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda de Pinar del Río. Esta resolución se emite en virtud de la Ley 76 de Minas, que establece la política minera y regulaciones jurídicas en Cuba.
- Extinción de la concesión de explotación otorgada mediante Resolución No. 206 de 10 de diciembre de 1997.
- La entidad beneficiaria renunció a sus derechos de explotación en el área del yacimiento Guane.
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 72
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: La entidad Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda de Pinar del Río ha renunciado a sus derechos de explotación en el área del yacimiento Guane otorgados mediante la Resolución No. 206 de 10 de diciembre de 1997, del que resuelve.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
Re s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de explotación otorgada mediante la Resolución No. 206 de 10 de diciembre de 1997, del que resuelve, a Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda de Pinar del Río, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Guane.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de explotación, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda de Pinar del Río está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de explotación si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 206 de 10 de diciembre de 1997, del que resuelve, que otorgó la concesión de explotación a Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda de Pinar del Río sobre el área denominada Guane.
NOTIFIQUESE a Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda de Pinar del Río y a la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de febrero del 2004.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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