Resolución 65/2016
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 65/2016
POR CUANTO: La Resolución No. 451/12, de fecha 19 de diciembre de 2012, dela Ministra de Finanzas y Precios, faculta a la Ministra de la Industria Alimentaria y al Director General del Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria previa conciliacióncon terceros, a formar, fijar y modificar, con carácter de máximos, los precios y tarifasmayoristas, de los productos, producciones y servicios que se establecen en su anexo, enpesos cubanos (CUP) y su componente en pesos convertibles (CUC).
POR CUANTO:Mediante las resoluciones No. 330/08, No. 336/08, No. 347/08,No. 350/08, No. 351/08, No. 356 todas de fecha 1 ro. de septiembre de 2008;Resolución No. 384/08 de fecha 24 de octubre de 2008; resoluciones No. 401/08 y 402/08 ambas de 8 de octubre de 2008 dictadas todas por el Ministro del extinto Ministerio dela Industria Alimenticia y Resolución No. 71/09 de fecha 2 de abril de 2009 dictada porla Ministra de la Industria Alimentaria, se aprobaron los precios mayoristas máximos devarios productos elaborados por las Empresas de Bebidas y Refrescos, las que resultanecesario dejar sin efecto para que se pueda proceder al establecimiento de nuevos preciosmáximos por el Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria; disponiéndose lo que seexpresa en la parte resolutiva de la presente.
POR CUANTO:El artículo 33 del Decreto-Ley No. 67 autoriza a los viceministrosprimeros de los organismos de la Administración Central del Estado a suplir a los ministrosen sus ausencias.
POR CUANTO:El que resuelve ha sido designado Viceministro Primero del Ministeriode la Industria Alimentaria en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 27 deoctubre de 2009.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas en el Apartado Tercero, numeral 4 del Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 25 de noviembre de 1994;
R e s u e l v o :
ÚNICO: Dejar sin efecto las resoluciones No. 330/08, No. 336/08, No. 347, No. 350/08,No. 351/08, No. 356/08 todas de fecha 1 ro. de septiembre de 2008; Resolución No. 384/08 de fecha 24 de octubre de 2008; resoluciones No. 401/08 y 402/08 ambas de 8 de octubrede 2008 dictadas todas por el Ministro del extinto Ministerio de la Industria Alimenticia y Resolución No. 71/09 de fecha 2 de abril de 2009 dictada por la Ministra de la Industria Alimentaria, a las que se refiere el segundo Por Cuanto de la presente.
DESE CUENTA al Ministro de Finanzas y Precios.
COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del organismo y a la Presidenta del Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en el Departamento Independiente de Asesoría Jurídica deeste Ministerio.
DADAen La Habana, a los 27 días del mes de abril de 2016.
Luis Orlando Paz López
Viceministro Primero
de la Industria Alimentaria
INSTITUTO
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