Resolución 65

Sobre emisiones postales para conmemorar el Día de los Padres

Organismo
Ministerio de Comunicaciones
Fecha emisión
2021-04-15
Publicada en
Gaceta No. 43 Ordinaria de 2021 (2021-04-23)
Páginas
5
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La Resolución 65/2021 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión de postales para conmemorar el Día de los Padres. Establece la creación y circulación de 500 000 tarjetas postales franqueadas con motivos alegóricos y un valor de venta de 1.75 pesos cubanos. La emisión es exclusiva para territorio nacional.

Texto íntegro

GOC-2021-394-O43 RESOLUCIÓN 65/2021

POR CUANTO: El Acuerdo 8151 del Consejo de Ministros, de 22 de mayo de 2017, en su apartado Primero, numeral Quince, establece que el Ministerio de Comunicaciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.

POR CUANTO: La Resolución 7 del Ministro de Comunicaciones, de 21 de enero de 2021, aprobó el Plan de Emisiones Postales para el año 2021, entre las que se encuentra en el apartado Segundo, numeral 3, el entero postal destinado a conmemorar el Día de los Padres.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Que se confeccionen y pongan en circulación 500 000 tarjetas postales franqueadas de felicitación por el Día de los Padres, que representan motivos alegóricos a la fecha, con valor de venta al público de 1.75 pesos cubanos, las que se realizan con un sello impreso para las 10 vistas multicolores.

SEGUNDO: Estos enteros postales son válidos para su entrega especial, única y exclusivamente en el territorio nacional; en caso de ser utilizadas para otros países, deben llevar la cantidad complementaria hasta completar la tarifa vigente para el lugar de destino.

TERCERO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba señale el primer día de circulación y distribución de esta emisión postal en las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al Presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y Jurídicas deban conocerla.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 15 días del mes de abril de 2021.Jorge Luis Perdomo Di-Lella Ministro________________