Resolución 65
La Resolución 65/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios elimina el cobro automático por el servicio de abasto de agua a las formas productivas agropecuarias. Esta norma es emitida por la Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, en virtud de las facultades conferidas por el Acuerdo 8301 del Consejo de Ministros y la Constitución de la República de Cuba.
- Elimina el cobro automático por el servicio de abasto de agua a formas productivas agropecuarias.
- El cobro se efectuará a cada productor según lo establecido.
- La Resolución 419/2020 establece tarifas máximas para servicios técnicos productivos de abasto de agua.
- Se faculta al Ministro de Finanzas y Precios para establecer política de contabilidad y costos en todos los sectores de la economía.
- La Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, emite esta resolución en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.
Texto íntegro
GOC-2021-346-EX26 RESOLUCIÓN 65/2021
POR CUANTO: El Acuerdo 8301 del Consejo de Ministros, de 26 de enero de 2018, aprueba las funciones específicas del Ministerio de Finanzas y Precios y en el Apartado Primero, numeral 8, faculta al Ministro a establecer la política de contabilidad y de costos para todos los sectores de la economía y el sistema de contabilidad gubernamental.
POR CUANTO: La Resolución 419, dictada por quien suscribe, de 29 de diciembre de 2020, establece las tarifas máximas en pesos cubanos para el cobro de los servicios técnicos productivos de abasto de agua, desobstrucciones en el interior de las edificaciones y otros servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendido y patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en el sector productivo.
POR CUANTO: Resulta necesario eliminar el cobro automático por el servicio de abasto de agua a las formas productivas agropecuarias.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOÚNICO: Eliminar el cobro automático por el servicio de abasto de agua a las formas productivas agropecuarias y efectuar su cobro a cada productor, según lo establecido.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 7 días de abril de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios
439 GACETA OFICIAL13 de abril de 2021