Resolución 264
La Resolución No. 264 del Ministerio de la Industria Básica prorroga el inicio de trabajos mineros en el yacimiento Beluca. La prórroga fue solicitada por la Empresa Minera de Occidente debido a retrasos en el mercado y negociaciones.
- Otorga prórroga al inicio de trabajos mineros en el yacimiento Beluca.
- La prórroga vence el 15 de marzo de 2004.
- La Empresa Minera de Occidente debe cumplir obligaciones contraídas y lo dispuesto en la Ley de Minas.
- La prórroga fue autorizada según la Ley 76 de 1995 y la legislación minera cubana.
- La Resolución modifica la Resolución No. 318 de 13 de diciembre de 2000.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 264
-
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la prórroga al inicio de las actividades mineras.
-
POR CUANTO: La Empresa Minera de Occidente ha solicitado autorización de prórroga al plazo de inicio a los trabajos mineros de explotación en el área del yacimiento Beluca, autorizados mediante la Resolución No. 318 de 13 de diciembre del 2000 del Ministro de la Industria Básica.
-
POR CUANTO: Los trabajos de explotación autorizados no han podido iniciarse por el comportamiento del mercado y la dilación en las negociaciones.
-
POR CUANTO: La Autoridad Minera recomienda otorgar la prórroga al inicio de los trabajos, atendiendo a que es una facultad de quien resuelve autorizar dicha prórroga de acuerdo a la legislación minera cubana cuando se encuentre justificada dicha paralización.
-
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
-
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Otorgar a la Empresa Minera de Occidente una prórroga al inicio de los trabajos mineros de explotación en el yacimiento Beluca, autorizados mediante la Resolución No. 318 de 13 de diciembre de 2000, del que resuelve.
-
SEGUNDO: La prórroga al inicio de los trabajos mineros que se otorga vencerá el 15 de marzo del 2004.
-
TERCERO: La Empresa Minera de Occidente está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas y lo dispuesto en la Ley de Minas y la legislación complementaria.
NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y a la Empresa Minera de Occidente.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 13 días del mes de octubre del 2003.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
_____________