Resolución 59
La Resolución No. 59 del Ministerio del Comercio Exterior regula la denegación de renovación de Licencia a TRE EMME ARREDA IMPORT-EXPORT. Fue emitida por el Ministro del Comercio Exterior, Raúl de la Nuez Ramírez, en virtud de las facultades conferidas por el Acuerdo No. 2821 de 1994 y el Decreto No. 206 de 1996.
- Se deniega la solicitud de renovación de Licencia a TRE EMME ARREDA IMPORT-EXPORT en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- La denegación se basa en el incumplimiento de lo establecido en el acápite III, inciso 1.e) de la Resolución No. 550 de 2001.
- El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de la presente Resolución.
- La Resolución debe ser comunicada a diversas entidades nacionales, incluyendo Viceministros, Directores del Ministerio del Comercio Exterior, y otros organismos estatales.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 59 de 2004
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.
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POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Regis-
- tro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
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POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, en cumplimiento del artículo 16 del precitado Decreto No. 206, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la firma italiana TRE EMME ARREDA IMPORT- EXPORT.
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POR CUANTO: Del análisis de la citada solicitud, así como de los demás documentos que obran en el expediente de la mencionada Sucursal, se ha comprobado que la referida compañía no cumple con lo establecido en el acápite III, inciso 1.e) de la Resolución No. 550 de fecha 13 de noviembre de 2001.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Denegar la solicitud de renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la firma italiana TRE EMME ARREDA IMPORT-EXPORT.
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SEGUNDO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
COMUNIQUESE la presente Resolución a los Viceministros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolución al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la Empresa para la Prestación de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veinte días del mes de febrero de dos mil cuatro.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro del Comercio Exterior
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