Resolución 66

Renovación de licencias para la Empresa de Investigaciones y Proyectos Hidráulicos de Ciego de Ávila

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2015-03-09
Publicada en
Gaceta No. 16 Ordinaria de 2015 (2015-04-27)
Páginas
11–13
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La Resolución No. 66 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de licencias para la Empresa de Investigaciones y Proyectos Hidráulicos de Ciego de Ávila. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción, René Mesa Villafaña.

Texto íntegro

Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa de Investigaciones y Proyectos Hidráulicos de Ciego de Ávila, del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en la propia provincia, ha solicitado la Renovación de las licencias Nos. 602/07 y 298/07, vigentes hasta el 7 de abril de 2015, las que fueron anteriormente renovadas mediante la Resolución No. 56 de 25 de febrero de 2013,

GACETA OFICIAL 27 de abril de 2015514 para continuar ejerciendo como Constructor, Proyectista y Consultor.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Investigaciones y Proyectos Hidráulicos de Ciego de Ávila, del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en la propia provincia.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de las licencias solicitada por la Empresa de Investigaciones y Proyectos Hidráulicos de Ciego de Ávila, del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las licencias otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa de Investigaciones y Proyectos Hidráulicos de Ciego de Ávila, podrá ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Perforación rotaria aplicada para la construcción de pozos de pequeños diámetros. b) Mantenimiento constructivo.1.1. Tipos de Objetivos:a) Obras Hidráulicas y Sanitarias de Todo Tipo. b) Viviendas hasta dos niveles.2. Servicios Técnicos:a) Servicios de Investigaciones ingenieras aplicadas y de elaboración de las diferentes etapas de proyectos de sistemas hidráulicos, plantas, instalaciones y objetivos hidráulicos de todo tipo, incluyendo obras hidroenergéticas y obras asociadas a sistemas hidráulicos. b) Servicios de diseño sobre el mantenimiento reparación y/o reposición de hidráulica interior. c) Servicios de asesoría y consultoría en las actividades de investigaciones y proyectos hidráulicos. d) Estudios técnico-económicos, medioambientales y de línea base. e) Servicios de laboratorios de mecánica de suelos.2.1. Tipos de Objetivos:a) Obras Hidráulicas de todo tipo y Obras de Ingeniería asociadas a los Sistemas Hidráulicos.

TERCERO: La Renovación de las licencias que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de treinta y seis (36) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de las Licencias anteriormente otorgadas.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

27 de abril de 2015 GACETA OFICIAL 515

DADA en La Habana, a los 9 días del mes de marzo de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________RESOLUCIÓN No. 124/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la