Resolución 66
La Resolución 66/2021 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión de sellos de correos conmemorativos del Primero de Mayo. La norma es emitida por el Ministro de Comunicaciones en ejercicio de sus atribuciones.
- Se emite una emisión postal para conmemorar el Primero de Mayo.
- La emisión consta de 8 177 sellos con valor de venta al público de 1.00 peso cubano.
- Los sellos muestran una manifestación del Primero de Mayo, una joven con la bandera cubana y una rueda dentada.
- El Grupo Empresarial Correos de Cuba se encarga de la distribución y circulación de los sellos.
- La presente resolución deroga tácitamente cualquier disposición anterior que se le oponga.
Texto íntegro
GOC-2021-395-O43 RESOLUCIÓN 66/2021
POR CUANTO: El Acuerdo 8151 del Consejo de Ministros, de 22 de mayo de 2017, en su apartado Primero, numeral 15, establece que el Ministerio de Comunicaciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.
POR CUANTO: La Resolución 7 del Ministro de Comunicaciones, de 21 de enero de 2021, aprueba el Plan de Emisiones Postales para el año 2021, entre las que se encuentra en el apartado Primero, numeral 15, la emisión postal destinada a conmemorar el Primero de Mayo.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,
1362 GACETA OFICIAL 23 de abril de 2021 RESUELVOPRIMERO: Que se confeccione y ponga en circulación una emisión de sellos de correos destinada a conmemorar el Primero de Mayo, con el siguiente valor y cantidad. 8 177 sellos de correos con el valor de venta al público de 1.00 peso cubano, impreso en multicolor, que muestra en su diseño la imagen de una manifestación del Primero de Mayo, una joven con la bandera cubana y una rueda dentada que representa el trabajo.
SEGUNDO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba señale el primer día de circulación y distribución de esta emisión en las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al Presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 15 días del mes de abril de 2021.Jorge Luis Perdomo Di-Lella Ministro