Resolución 66
La Resolución No. 66 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación en el área Pinares de Mayarí I, otorgada al Centro Nacional de Vialidad. La concesión, para explotar serpentina, fue otorgada en 2002 y renunció en 2023.
- Se extingue la concesión de explotación en Pinares de Mayarí I, municipio de Mayarí, provincia de Holguín.
- La concesión fue otorgada al Centro Nacional de Vialidad en 2002 para explotar serpentina.
- El área de concesión abarca 0.372 hectáreas y fue certificada sin afectaciones al medio ambiente.
- El Centro Nacional de Vialidad debe cumplir obligaciones pendientes, especialmente las tributarias.
- La Resolución 235 de 2002, que otorgó la concesión, es derogada.
Texto íntegro
GOC-2023-532-O57 RESOLUCIÓN 66/2023
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Por la Resolución 235, de 18 de junio de 2002, del Ministro de la Industria Básica, se otorgó al Centro Nacional de Vialidad, una concesión de explotación del mineral serpentina en el área denominada Pinares de Mayarí I, ubicada en el municipio de Mayarí de la provincia de Holguín, con un total de (0.372) hectáreas, con el objetivo de explotar dicho mineral para su utilización en la reconstrucción de viales, por un término de veinticinco años.
POR CUANTO: El Centro Nacional de Vialidad ha solicitado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales la renuncia de la concesión de explotación descrita en el Por Cuantoanterior, cuya área ha sido certificada sin afectaciones al medio ambiente, por la Dirección Territorial de Medio Ambiente de la provincia de Holguín.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue al concesionario dicha renuncia, oídos los criterios de los especialistas correspondientes.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,
1167 GACETA OFICIAL23 de j unio de 2023 RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación en el área denominada Pinares de Mayarí I, ubicada en el municipio de Mayarí de la provincia de Holguín, otorgada al Centro Nacional de Vialidad mediante la Resolución 235, de 18 de junio de 2002, del Ministro de la Industria Básica; como consecuencia de la renuncia a dicha concesión presentada por su titular.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: Derogar la Resolución 235, de 18 de junio de 2002, del Ministro de la Industria Básica
CUARTO: El Centro Nacional de Vialidad está obligado a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión, si no las hubiere aún ejecutado; especialmente las tributarias, así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales yal Director General del Centro Nacional de Vialidad.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 20 días del mes de junio de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro________________