Resolución 67/2007
La Resolución No. 67/2007 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente regula el otorgamiento del Reconocimiento 'Libre de Bromuro de Metilo' a entidades que no utilizan esta sustancia. El Ministerio emite esta resolución en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y cumplimiento del Protocolo de Montreal.
- Otorga el Reconocimiento 'Libre de Bromuro de Metilo' a la Unidad Empresarial de Base Cultivos Protegidos de la Empresa Citrícola Sola.
- La entidad reconocida se ubica en el municipio Sierra de Cubitas, provincia de Camagüey, y pertenece al Ministerio de la Agricultura.
- El reconocimiento se otorga por no utilizar Bromuro de Metilo en sus actividades.
- La solicitud fue verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Camagüey.
- El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de elaborar y proponer la política ambiental y controlar su cumplimiento.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 67/2007
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 19 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, “De la organización de la Administración Central del Estado” en su
Artículo 33 establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los viceministros primeros.
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POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817, establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.
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POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.
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POR CUANTO: La Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, estableció en su Apartado Primero inciso b), un sistema de reconocimientos en el ámbito na-
- cional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Bromuro de Metilo”.
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POR CUANTO: La Unidad Empresarial de Base Cultivos Protegidos de la Empresa Citrícola Sola ubicado en el municipio Sierra de Cubitas en la provincia de Camagüey, perteneciente al Ministerio de la Agricultura, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, no utiliza Bromuro de Metilo, todo lo cual evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.
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POR CUANTO: El Director de la entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Bromuro de Metilo”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia de Camagüey, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Bromuro de Metilo” a la Unidad Empresarial de Base Cultivos Protegidos de la Empresa Citrícola Sola ubicado en el municipio Sierra de Cubitas en la provincia de Camagüey, perteneciente al Ministerio de la Agricultura.
Comuníquese la presente al Director de la Unidad Empresarial de Base Cultivos Protegidos de la Empresa Citrícola Sola ubicado en el municipio Sierra de Cubitas en la provincia de Camagüey, perteneciente al Ministerio de la Agricultura; al Director de la Oficina Técnica de Ozono; al Viceministro que atiende la esfera de Medio Ambiente en nuestro Ministerio y a cuanta persona natural corresponda conocer de lo dispuesto.
Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 19 días del mes de abril de 2007.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
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