Resolución 67/2016

Rebaja temporal del precio de la Frazada de Piso

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2016-02-10
Publicada en
Gaceta No. 15 Ordinaria de 2016 (2016-03-21)
Páginas
49
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La Resolución No. 67/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios establece una rebaja temporal en el precio de la Frazada de Piso en pesos convertibles (CUC). La Ministra de Finanzas y Precios, Lina O. Pedraza Rodríguez, emite esta resolución para movilizar los altos inventarios de este producto.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 67/2016

POR CUANTO: El Decreto No. 300, de 11 de octubre de 2012, “Facultades para laaprobación de precios y tarifas”, establece en su Disposición Especial Segunda que, losprecios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Úni-co, se aprueban por el Ministro de Finanzas y Precios o por quien este delegue; y median-te la Resolución No. 38, de 31 de enero de 2013, dictada por quien suscribe, se apruebanlos productos y servicios cuyos precios y tarifas corresponde fijar centralmente por este Ministerio.

POR CUANTO: La Resolución No. 151, de 20 de abril de 2015, firmada por quiensuscribe, establece el precio de rebaja a la población en pesos convertibles (CUC), a unlote de frazadas de piso importadas, en lento movimiento, para su venta en la Cadena detiendas TRD Caribe, a través de un código centralizado.

POR CUANTO: La Resolución No. 534, de 17 de agosto de 2015, firmada por quiensuscribe, establece los precios a la población en pesos convertibles (CUC), de una selec-ción de productos, entre los que se encuentra la Frazada de Piso, para la venta en las Tien-das Recaudadoras de Divisas y otras entidades autorizadas a realizar comercio minoristaen esa moneda.

POR CUANTO: La Ministra del Comercio Interior ha solicitado a este Organismo,que se autorice la rebaja temporal del precio a la población en pesos convertibles (CUC),de la Frazada de Piso, para la venta en las Tiendas Recaudadoras de Divisas y otras enti-dades autorizadas a realizar comercio minorista en esa moneda, con el objetivo de movili-zar los altos inventarios de ese producto, lo que se ha decidido aceptar y en consecuenciano aplicar temporalmente el precio a la población en pesos convertibles (CUC) de eseproducto, establecido en la Resolución No. 534 de 2015 y derogar la Resolución No. 151 de 2015, ambas disposiciones referidas en los Por Cuanto precedentes.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Rebajar temporalmente a sesenta centavos de pesos convertibles (0,60 CUC),el precio a la población de la Frazada de Piso, que se comercializa en las cadenas de Tiendas Recaudadoras de Divisas y otras entidades autorizadas a realizar comercio minorista en esamoneda, el que se aplica hasta el 30 de abril de 2016.

SEGUNDO: Derogar la Resolución No. 151 de 2015 y no aplicar temporalmente enlos términos que por la presente se establece, el precio a la población en pesos conver-tibles (CUC) para el producto Frazada de Piso, establecido en la Resolución No. 534 de 2015, ambas normas dictadas por quien resuelve.

PUBLÍQUESE la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

Dada en La Habana, a los 10 días del mes de febrero de 2016.

Lina O. Pedraza Rodríguez

Ministra de Finanzas y Precios