Resolución 680
La Resolución No. 680 del Ministerio de Finanzas y Precios regula el pago de derechos en euros para extranjeros residentes temporales en Cuba y aquellos que residen fuera del país. Esta resolución modifica la Resolución No. 52 de 1997.
- Se autoriza el pago de derechos en euros para extranjeros residentes temporales en Cuba y para los que residen fuera del territorio nacional.
- El pago en euros se adiciona al pago en pesos convertibles ya establecidos.
- La Aduana General de la República establecerá procedimientos para garantizar que el ingreso al Presupuesto del Estado se realice en pesos convertibles.
- La resolución se comunica a personas naturales y jurídicas y se publica en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
Resolución No. 52, de fecha 10 de noviembre de 1997, de este Ministerio, autorizando el pago de los derechos en euros a los extranjeros residentes temporales en el territorio cubano y a los que residen fuera del territorio nacional, adicional al pago en pesos convertibles ya establecidos.
La Aduana General de la República establecerá los procedimientos pertinentes para garantizar que el ingreso al Presupuesto del Estado se realice en pesos convertibles.
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SEGUNDO: Comuníquese a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento y archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Dada en la ciudad de La Habana a los 12 días del mes de agosto del 2002.
Manuel Millares Rodríguez
Ministro de Finanzas y Precios