Resolución 7
La Resolución 7/2023 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación y procesamiento La Canoa, otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de Las Tunas. La concesión, ubicada en el municipio y provincia de Las Tunas, tenía como objeto explotar y procesar minerales como caliza, arcillas arenosas y arena. La extinción se fundamenta en el vencimiento del término de 25 años otorgado y en la causal de extinción dispuesta en la Ley 76, "Ley de Minas".
- Se extingue la concesión de explotación y procesamiento La Canoa, otorgada por Resolución 27 de 16 de enero de 1998.
- La concesión estaba ubicada en el municipio y provincia de Las Tunas, y tenía como objeto explotar y procesar caliza, arcillas arenosas y arena.
- El área que abarcaba la concesión se declara franca para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La Empresa de Materiales de Construcción de Las Tunas debe cumplir con obligaciones pendientes, especialmente tributarias y ambientales.
- Se derogan las Resoluciones 27 de 1998 y 184 de 2018 que otorgaron y ampliaron la concesión.
Texto íntegro
GOC-2023-125-O13 RESOLUCIÓN 7/2023
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término de veinticinco (25) años otorgado por la Resolución 27, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica, a la Empresa de Materiales de la Construcción No. 2, posteriormente denominada Empresa de Materiales de Construcción de Las Tunas, en el área de la concesión de explotación y procesamiento denominada La Canoa, ubicada en el municipio y provincia de Las Tunas, con el objeto de explotar y procesar el mineral caliza para obtener piedra triturada y arena artificial para su utilización en la producción de hormigones para la construcción; autorizada posteriormente por la Resolución 184, de 2 de octubre de 2018, del Ministro de Energía y Minas, a ampliar la explotación y el uso a las arcillas arenosas y arena subyacentes del destape, para su utilización en la producción de ladrillos macizos; por lo que incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el Capítulo X,
Artículo 60, inciso a).
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación y procesamiento denominada La Canoa, ubicada en el municipio y provincia de Las Tunas, otorgada por la Resolución 27, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica, a la Empresa de Materiales de Construcción de Las Tunas.
208 GACETA OFICIAL 8 de febrero de 2023
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación y procesamiento, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa de Materiales de Construcción de Las Tunas, está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar las Resoluciones 27, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica y la 184, de 2 de octubre de 2018, del Ministro de Energía y Minas. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Materiales de Construcción de Las Tunas.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 6 días del mes de febrero de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro________________