Resolución 71

Precisar el Objeto de la Unidad Presupuestada de Servicios

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
2008-03-31
Publicada en
Gaceta No. 26 Ordinaria de 2008 (2008-05-12)
Páginas
13–16
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La Resolución No. 71 regula el objeto de la Unidad Presupuestada de Servicios del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. La norma es emitida por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Texto íntegro

Resolución No. 22/2008, se precise el Objeto de esta Unidad Presupuestada.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Precisar el Objeto de la Unidad Presupuestada de Servicios del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de Isla de la Juventud la que tiene su sede en la ciudad de Nueva Gerona, subordinada a la Delegación Territorial de este Ministerio en el municipio especial Isla de la Juventud, el objeto de esta Unidad Presupuestada es el siguiente:

- z Brindar servicios de mantenimiento constructivo a instalaciones, así como de ejecución de obras constructivas menores y medianas, a entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos.

- z Comercializar de forma mayorista equipos de oficina, de computación, climatización, refrigeración, audiovisuales y medios técnicos específicos de la actividad científica, muebles materiales de oficina, artículos de aseo y limpieza, de ferretería y productos varios, piezas de repuesto e instrumentos para la actividad científica a las entidades del Ministerio en la provincia, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Interior, en pesos cubanos.

- z Brindar servicios de alojamiento no turístico y de alimentación asociados a este, a entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología a y Medio Ambiente y a otras instituciones del sistema de la ciencia, en pesos cubanos.

- z Ofrecer servicios de organización de eventos y de alimentación asociada, gestión de local audio, video y equipos de cómputo para la muestra de diapositivas, en eventos a las entidades del sistema de ciencia en la provincia, en pesos cubanos.

- z Brindar servicios de transportación, distribución y entrega de cargas a partir de las capacidades disponibles, cumpliendo con las regulaciones del Ministerio del Transporte a las entidades del Ministerio Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos.

- z Prestar servicios de reparación, mantenimiento y remotorización de vehículos ligeros y pesados así como de servicios de chapistería, pintura, lavado y engrase a las entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia en pesos cubanos.

- z Ofrecer servicios administrativos a las entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos Cubanos.

- z Ofrecer servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores y a los de las entidades del Ministerio, en pesos cubanos.

- z Comercializar de forma minorista los excedentes del autoconsumo a los trabajadores de las entidades del Ministerio en la provincia, según nomenclatura aprobada, en pesos cubanos.

- z Brindar servicios de almacenaje, al sistema de ciencia, tecnología y medio ambiente en pesos cubanos.

- -

SEGUNDO: La dirección y administración de esta Unidad Presupuestada, está a cargo de su director, el que es nombrado y removido libremente por el Delegado Territorial de este Ministerio en el municipio especial Isla de la Juventud.

- Comuníquese la presente, con entrega de copia en todos los casos, al Viceministro que atiende el Area Económica, al Delegado Territorial de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en el municipio especial Isla de la Juventud, todos perteneciente a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a cuantas otras personas naturales corresponda conocer lo dispuesto. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en la sede central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 17 días del mes de abril del año 2008.

Dr. Fernando Mario González Bermúdez

Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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CONSTRUCCION

RESOLUCION MINISTERIAL No. 104/2008

POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 25 de noviembre de 1994, al amparo de las Disposiciones Finales Sexta y Séptima del Decreto-Ley No. 147 “De la reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de fecha 21 de abril de 1994, establece en su Apartado Tercero, inciso 4), que corresponde a los jefes de los organismos, dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones, instrucciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo que dirige y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de fecha 2 de julio de 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la Construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

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POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, del Ministro de la Construcción, dispuso la creación de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

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POR CUANTO: La EMPRESA DE TELECOMUNI- CACIONES DE CUBA, S.A. – ETECSA, con domicilio social en Ciudad de La Habana, ha solicitado la Renovación de las Licencias No. 122/99 y 079/99, para continuar ejerciendo como Constructor, Proyectista y Consultor.

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POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

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POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE CUBA, S.A. – ETECSA, con domicilio social en Ciudad de La Habana.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 9 de diciembre de 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Autorizar la Renovación de las Licencias solicitada por la EMPRESA DE TELECOMUNICA- CIONES DE CUBA, S.A. – ETECSA, con domicilio social en Ciudad de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

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SEGUNDO: Mediante la Renovación de las Licencias otorgadas, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE CUBA, S.A. – ETECSA, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios de Constructor:

- z Prestar servicios públicos de las telecomunicaciones al territorio nacional.

- z Construcción y reparación de edificaciones, soterrados, posterías y otras instalaciones propias de su objeto social.

- z Canalizaciones para instalaciones eléctricas y fibra óptica.

- z Sistemas de tierra e integrales de protección.

Tipos de Objetivos:

- z Bases y anclaje para torres, sistemas de climatización y transmisión.

- z Obras de Arquitectura.

- z Locales para transmisión.

- z Soterrados telefónicos y otros existentes.

- z Sistemas de climatización y transmisión.

Servicios Técnicos:

- z Servicios de diseño o proyección arquitectónica, ingeniera y tecnológica de nuevas inversiones, reparación, mantenimiento y demolición y/o desmontaje de objetivos o instalaciones existentes.

- z Servicios de consultoría en asistencia y asesoría técnico económica.

- z Servicios integrados de ingeniería en dirección integrada de proyectos de inversión y de la construcción.

- z Servicios de ingeniería de supervisión técnica, dirección facultativa de obras y levantamientos técnicos.

- z Servicios técnicos de investigación y desarrollo técnico de sistemas constructivos, ingenieros y tecnológicos.

Tipos de Objetivos:

- z Redes y Centrales Telefónicas y de Comunicaciones y sus Instalaciones.

- z Edificaciones, Sistemas, Instalaciones y Torres de Comunicaciones. Para ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.

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TERCERO: La Renovación de las Licencias que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de las Licencias anteriormente otorgadas.

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CUARTO: Esta entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO-9000 vigentes.

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QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los Viceministros a cargo de las Areas de Producción y Técnica del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 31 días del mes de marzo de 2008.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

RESOLUCION MINISTERIAL No. 105/2008

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POR CUANTO:

POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 25 de noviembre de 1994, al amparo de las Disposiciones Finales Sexta y Séptima del Decreto-Ley No. 147 “De la reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de fecha 21 de abril de 1994, establece en su Apartado Tercero, inciso 4), que corresponde a los jefes de los organismos, dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones, instrucciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo que dirige y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

-

POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de fecha 2 de julio de 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la Construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

-

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

-

POR CUANTO: La Empresa Productora de Prefabricado de Ciudad de La Habana, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia, ha solicitado la Renovación de las Licencias No. 052/98 y 094/00, para continuar ejerciendo como Constructor, Proyectista y Consultor.

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Productora de Prefabricado de Ciudad de La Habana, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia.

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 9 de diciembre de 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

-

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Autorizar la Renovación de las Licencias solicitada por la Empresa Productora de Prefabricado de Ciudad de La Habana, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las Licencias otorgadas, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Productora de Prefabricado de Ciudad de La Habana, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios de Constructor:

- z Construcción de viviendas para sus trabajadores.

- z Producción, transporte y comercialización de elementos prefabricados de hormigón y otros materiales para diferentes sistemas constructivos.

- z Producción de hormigón hidráulico premezclado y morteros.

- z Producción y aplicación de impermeabilizantes de base asfáltica y de productos para la terminación de superficies.

- z Producción de pinturas de bases cementosas y mejoradas, losas de falso techo, materiales alternativos, elementos separadores del acero y conos de hormigón para postensados.

- z Servicios de Post-venta.

Tipos de Objetivos:

- z Obras de Arquitectura de todo tipo.

- z Viviendas y Edificios.

- z Obras de Ingeniería. Incluye traviesas de FFCC.

- z Obras Industriales.

- z Obras de la Defensa.

- z Redes Eléctricas y Telefónicas.

Servicios Técnicos:

- z Servicios de proyección tecnológica de sus producciones de elementos y sistemas prefabricados de hormigón.

- z Servicios de consultoría de asistencia y asesoría de sus producciones en organización, tecnología y estimación económica de la construcción y montaje; dictámenes técnico económicos de elementos y sistemas prefabricados de hormigón.

- z Servicios de laboratorios de sus producciones de elementos y sistemas prefabricados de hormigón.

Tipos de Objetivos:

- z Obras de Arquitectura, Ingeniería e Industriales. Para ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.

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TERCERO: La Renovación de las Licencias que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de las Licencias anteriormente otorgadas.

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CUARTO: Esta entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO-9000 vigentes.

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QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los Viceministros a cargo de las Areas de Producción y Técnica del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 31 días del mes de marzo de 2008.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

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