Resolución 74
Texto íntegro
GOC-2018-664-O33 RAÚL CASTRO RUZ, presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93, inciso j), de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto Ley número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, De los Tratados Internacionales. SABED: Que el 20 de noviembre de 2017 fue firmado en La Habana, República de Cuba, el Convenio No. CCU 1003 01 K, Convenio de Crédito entre la Agencia Francesa de Desarrollo y la República de Cuba. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha 12 de febrero de 2018, acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Con-venio No. CCU 1003 01 K, Convenio de Crédito entre la Agencia Francesa de Desarrollo y la República de Cuba. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m), del artículo 90 de la Constitución de la República, el día 13 de febrero de 2018 acordó la ratificación de la República de Cuba al citado Convenio. QUE el día 22 de febrero de 2018, la República de Cuba le comunicó a la República Francesa el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor del referido Convenio y, a su vez, el día 27 de febrero de 2018, la República Francesa le co-municó a la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor ese propio día, conforme al Punto 18 del mismo.
POR TANTO: El presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMA en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectos procedentes.
DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 9 días del mes de marzo de 2018.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________